Establecimientos de uso público o privado deben cumplir con los requisitos sanitarios autorizados por el Ministerio de Salud
Publicado 2003/12/27 00:00:00
- REDACCION
El Ministerio de Salud es la entidad encargada de expedir el permiso de operación sanitario tal como lo establece la Ley 66 de 1974 y el Decreto Ejecutivo N. 169 de 13 de octubre de 1998, sin embargo, ésta debe coordinar sus actividades con el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), para brindar un mejor servicio. Así lo señaló la procuradora de la Administración, en consulta elevada por el ministro de Salud, Fernando Gracia, respecto a la competencia o no, del Ministerio de Salud de otorgar el permiso de operación sanitario.
Las normas relativas a la salud animal son de competencia del MIDA, pero la facultad de determinar si los establecimientos de uso público o privado, cualquiera que sea su uso, naturaleza o destino, cumplen con los requisitos sanitarios para preservar la salud de los trabajadores, consumidores y usuarios de los servicios que se presten, es competencia privativa del Ministerio de Salud aunque "debe existir coordinación entre ambas dependencias del Estado, en cuanto a establecer y operar un programa nacional de vigilancia epizootiológica, sustentado en el control de procesadoras y unidades de producción animal.
Las normas relativas a la salud animal son de competencia del MIDA, pero la facultad de determinar si los establecimientos de uso público o privado, cualquiera que sea su uso, naturaleza o destino, cumplen con los requisitos sanitarios para preservar la salud de los trabajadores, consumidores y usuarios de los servicios que se presten, es competencia privativa del Ministerio de Salud aunque "debe existir coordinación entre ambas dependencias del Estado, en cuanto a establecer y operar un programa nacional de vigilancia epizootiológica, sustentado en el control de procesadoras y unidades de producción animal.

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