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Nación / Fiestas en San Miguelito no podrán exceder las 3:00 de la madrugada

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Fiestas en San Miguelito no podrán exceder las 3:00 de la madrugada

Actualizado 2016/01/20 17:25:27
  • REDACCIÓN/@PANAMAAMERICA

El alcalde Cumberbatch modificó el decreto que regula las actividades festivas. A la media noche deberán bajar el volumen, y no podrán extenderse más de las 3:00 de la madrugada.

Hasta $1,000 deberán pagar las personas que insistan en celebrar fiestas nocturnas sin contar con los permisos correspondientes, que entre otros requisitos, no podrán  excederse de las 3:00 de la madrugada, y sin ruido excesivo,  advirtió hoy alcalde de San Miguelito, Gerald Cumberbatch.
 
Explicó que debido a la gran cantidad de quejas que presentan los residentes del distrito, se ha modificado el Decreto Alcaldicio  1 del 4 de febrero de 1994, quedando vigente el decreto Alcaldicio DALJ-012-15 donde se dictan disposiciones relacionadas a las actividades bailables y actos festivos que involucran el expendio y consumo de bebidas alcohólicas.
 
Anteriormente las multas no pasaban de los cien dólares,  lo que ahora ha motivado su  incremento.
 
“No estamos en contra de que las personas realicen sus fiestas, siempre y cuando cumplan con la normativa y no perturbe la paz y tranquilidad del vecino”, manifestó el Alcalde.
 
La medida se toma ante el incremento de fiestas y actividades bailables, donde el expendio y consumo de bebidas alcohólicas ha elevado los niveles de violencia en este populoso distrito.
 
Rumbas definidas

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El Decreto determina que sólo se permitirán las festividades públicas en las siguientes fechas: primero de enero, carnavales, día del Santo Patrono del distrito, primero de mayo, aniversario del distrito, aniversario de los corregimientos, fiestas patrias, día de la madre, Navidad y Año Nuevo.
 
Tales actividades  sólo se podrán celebrar en lugares donde no perturbe la paz y tranquilidad de los vecinos, y podrán realizarse en un horario máximo hasta las 3:00 de la madrugada; con un volumen que no exceda los 60 decibeles hasta las 12:00 medianoche, cuando deberá bajar a treinta decibeles.
 
Las personas interesadas en realizar estas fiestas nocturnas, deberán solicitar los permisos ante la alcaldía.
 
Para realizar fiestas de carácter familiares o privadas, ya sea cumpleaños, matrimonios, aniversarios, entre otras,  se deberá solicitar por escrito el permiso correspondiente ante el Alcalde del distrito. Estas sólo están permitidas hasta las 2:00 a.m.
 
Sanciones
Quien violente las disposiciones contenidas en este decreto, será sancionado, en el caso de actividades públicas con una multa de 500 a 1,000 dólares. Mientras que en  las privadas o familiares, la sanción será de  100 a 500 dólares.
 
Y en caso de reincidencia, la sanción será doblada.
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