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Nación / La ley que permite congelar el saldo

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La regulación es poco conocida y los bancos no la divulgan

La ley que permite congelar el saldo

Publicado 2013/01/22 01:02:00

Los tarjetahabientes que excedan su capacidad de pago pueden acogerse a esta legislación, la cual impide que el monto adeudado siga creciendo con intereses y otras tasas.

Karelia Asprilla (karelia.asprilla@epasa.com) / PANAMA AMERICA

La frase

En 2009, el problema del endeudamiento con tarjetas de crédito ya era evidente. Esta fue la razón por la que surgió la Ley 81 del 31 de diciembre de 2009, la cual estableció las reglas para la solución de controversias que se originen por medio del uso de este tipo de préstamo. El objetivo es garantizarle al consumidor sus derechos frente al desenvolvimiento de dicho financiamiento.

Según lo decretado en esta ley, los emisores financieros deberán establecer límites máximos a la cuantía general que puede utilizar un tarjetahabiente mediante la tarjeta de crédito.

El máximo del crédito no podrá ser superior a una cantidad igual a tres veces el ingreso mensual demostrado por el tarjetahabiente, a menos que el cliente demuestre suficiente capacidad de pago en su historial crediticio o tenga ingresos adicionales.

Sin embargo, el punto que más interés puede tener en esta ley es que le permite a un consumidor congelar su deuda si llega a sobrepasar su límite de pago.

La ley establece que cuando un tarjetahabiente notifique o compruebe su incapacidad de pago, el banco o la entidad financiera solo podrá hacer cargos y recargos a la cuenta del cliente hasta por los próximos noventa días.

A partir de la notificación, el emisor de la tarjeta y el cliente deberán llegar a una acuerdo para pagar en varias cuotas la deuda acumulada.

El emisor no podrá cobrarle al cliente el costo de póliza de seguro de vida, fraude u otros riesgos, salvo que el tarjetahabiente acepte con su firma el documento anexo al contrato.

Tampoco se podrá realizar ningún tipo de cargo de esta naturaleza cuando no exista constancia de que el tarjetahabiente haya retirado de la entidad bancaria su tarjeta o la renovación de esta.

La ley también especifica que los emisores de tarjetas están obligados a mantener informados, orientar y educar a los tarjetahabientes de las características de los productos.


Meilán: modificación permitirá otros beneficios

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Pedro Meilán, administrador de la Acodeco, anunció  que presentará algunas modificaciones a  la ley 45 de 2007, con el objetivo de proteger aún más los derechos de los consumidores.

Según Meilán, la Acodeco preparará una tabla de las faltas más comunes en el mercado de consumo del país, con el fin garantizar aún más los derechos de los usuarios.

Sin embargo, señaló que el empresario tendrá la oportunidad de apelar contra el acta. Pero contrario a la ley actual que se puede apelar varias veces, con la modificación solo podrá hacerlo una vez. Hoy día un trámite para sancionar a un proveedor dura entre 12 a 18 meses.


TIPS

Control:

Recuerde que una tarjeta de crédito es dinero prestado con intereses.

Vínculo:

Programe los pagos  junto con la factura de servicios del hogar.

Recorte:

Si es posible, pague el doble del mínimo requerido.

Medida: 

asegurarse de tener un seguro contra fraude para la tarjeta.


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