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Opinión / Constitución de 1972 y sus enmiendas

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Constitución de 1972 y sus enmiendas

Publicado 2004/03/29 00:00:00
  • Fernando Manfredo, Jr.
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A mediados de 1969, el General Omar Torrijos declaró: "Esta no es una revolución de fechas, sino de objetivos; las elecciones se realizarán cuando se hayan logrado esos objetivos." Con esto, Torrijos se apartaba del compromiso adquirido después de la intervención militar de 11 de octubre de 1968 de realizar elecciones generales a mediados de 1970.
Los ideólogos y más cercanos asesores le dijeron que los objetivos de la revolución no se podían lograr con la Constitución de 1946 vigente. Aun cuando reconocían que se trataba, en muchos aspectos, de una Constitución de avanzada, mantenía el régimen capitalista y respondía a las estructuras oligárquicas que venían desde antes de la separación de Colombia que les permitía tener el control político a través del económico. Esas estructuras apenas le daban una pequeña participación a las clases medias, mientras que se le negaba a la mayoría del pueblo panameño.
El gobierno de entonces nombró una Comisión de Reformas Constitucionales, donde estaban representados los grupos de izquierda y de derecha. Entre los primeros recuerdo a Adolfo Ahumada, Ricardo Rodríguez, Rafael Murgas; y en los segundos, Augusto Samuel Boyd, Arturo Donaldo Melo, Eduardo de la Guardia y Rodrigo González.
La Constitución de 1972 conservó una gran cantidad de artículos de la de 1946. Los cambios más significativos fueron la definición del Estado panameño cuando hicieron parte a los militares del Poder Público, a la par que los órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Elevaron a Torrijos a la categoría de Líder de la Revolución, con poderes que excedían los del Presidente de la República.
Las funciones de la Asamblea Legislativa eran compartidas por una Asamblea Nacional de Corregimientos y una Comisión Nacional de Legislación. Esta última era la que tenía el poder legislativo y estaba compuesta por el Presidente, los ministros de Estado y los miembros de la Comisión de Legislación. Es decir, la función legislativa le correspondía al Ejecutivo. La nueva Constitución le daba prelación al sistema social sobre el económico, dentro de la filosofía de la época, de Estado de Bienestar Social y le permitía al Estado incursionar en la economía mediante inversiones en actividades comerciales dentro del concepto de Estado Desarrollista.
No hay dudas de que en la Constitución nueva mejoró la legislación social. Aun cuando los cambios que se hicieron a la Constitución de 1946 fueron dramáticos, la mayoría de su articulado quedó igual en la de 1972.
En 1977, tras la firma del Tratado del Canal, Torrijos empezó a cumplir con su promesa de regresar al régimen anterior y se modificó la Constitución para permitir la existencia de partidos políticos, los cuales habían sido abolidos en 1969 y anunció elecciones directas para 1984. En esos años, el sistema político cayó en una crisis que algunos atribuyen a la no-resolución de la crisis oligárquica, a través de los intentos populistas, reformistas, desarrollistas y otros. Se advertía que los propios fundamentos del populismo habían traído consigo el germen de la crisis política.
Durante los años 70, el Estado, que se convirtió en eje impulsador del desarrollo, como tal experimentó una sed insaciable de recursos para continuar ampliando los programas industriales e infraestructura y, sobre todos los de bienestar social. El modelo de Estado Desarrollista creó severas dificultades e inestabilidades económicas, con graves repercusiones políticas.
El 19 de septiembre de 1982, estando cerca el período para las elecciones directas, el gobierno decidió introducir reformas a la Constitución de 1972, considerando las experiencias ganadas y para responder a lo que eran aspiraciones legitimas del pueblo. Para ello, creó una comisión revisora, con participación de todos los partidos políticos inscritos y personas independientes, entre las cuales quedé incluido.
Tomando en cuenta el tiempo para las elecciones, decidimos establecer prioridades. Examinaríamos los artículos que considerábamos de mayor importancia para las elecciones venideras, dejando el resto para segundo.
Las modificaciones fueron profundas: se eliminó esa aberración de haber incluido a la fuerza pública como parte del Poder Público; reforzamos los derechos y deberes individuales; incorporamos las disposiciones suficientes para garantizar la libertad y la honradez en el sufragio; proporcionamos autonomía al Tribunal Electoral; reestablecimos la Asamblea Legislativa como el representante de dicho Órgano, su composición y forma de ser electos; fortalecimos el poder de los partidos político al punto de reconocerles el derecho a la revocatoria del mandato (algo de lo cual nos arrepentimos); sustituimos íntegramente el Título sobre el Órgano Ejecutivo, lo mismo con la Administración de Justicia; mantuvimos la figura de los representantes de corregimiento para apoyar las iniciativas de las comunidades, pero sin mayores poderes; sustituimos parcialmente el Título sobre Régimen Municipal y Provincial. Me correspondió presentar los cambios en el capítulo relativo al Presupuesto General del Estado donde se incluyó el concepto de presupuesto balanceado; y le dimos mayor poder y autonomía a la Contraloría General.
El Dr. César Quintero consideró el acto como una nueva Constitución. En 1993 y 1994 se introdujeron algunas enmiendas, sin tocar lo señalado, lo más importante fue agregar un Título sobre el Canal de Panamá.
Entre lo que dejamos para segunda oportunidad estaba el fortalecimiento municipal para darle más funciones, autoridad y asegurarle recursos suficientes; la obligatoriedad del gobierno de realizar estudios de impacto ambiental; el numero y la forma de elección de los legisladores. Desde entonces, han aparecido otras disposiciones que deben ser identificadas y otras que pueden se incorporadas. Ahora se han vuelto a sugerir cambios a la Constitución, muchos de los cuales identificados como pendientes por la Comisión de Reformas de 1983. Pero, hay quienes sostienen que se necesita una Carta Magna nueva y piden que se convoque a Asamblea Constituyente. Eso no se justifica, es innecesario, costoso y peligroso. Busquemos la forma de repetir la exitosa experiencia de 1983.
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