Skip to main content
Trending
Alejandro Pérez cuestiona independencia de Rubén Blades y pide a Blandón no meterse en los asuntos de RMIfarhu espera luz verde de la CA para permitir a becados de concurso y excelencia retirar dineroIMHPA advierte sobre desenfreno en perforación de pozos y el riesgo de desabastecimiento en el río La VillaHospital en México reconoce intercambio de recién nacidas Mbappé estará fuera entre 10 y 12 días debido a lesión en la rodilla izquierda
Trending
Alejandro Pérez cuestiona independencia de Rubén Blades y pide a Blandón no meterse en los asuntos de RMIfarhu espera luz verde de la CA para permitir a becados de concurso y excelencia retirar dineroIMHPA advierte sobre desenfreno en perforación de pozos y el riesgo de desabastecimiento en el río La VillaHospital en México reconoce intercambio de recién nacidas Mbappé estará fuera entre 10 y 12 días debido a lesión en la rodilla izquierda
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Opinión / Debido proceso y la perversa manipulación de la norma

1
Panamá América Panamá América Sábado 26 de Septiembre de 2026
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Bienes jurídicos / Calumnia / Debido proceso / Delitos / Injuria / Ministerio Público / Normas / Perversa manipulación / Seguridad jurídica

Debido proceso y la perversa manipulación de la norma

Publicado 2021/04/30 00:00:00
  • Silvio Guerra Morales
  •   /  
  • Seguir

... si el particular que ha sido víctima de uno de estos delitos, no acciona mediante la presentación de una querella penal, el fiscal jamás podrá iniciar una investigación, dada la especial circunstancia de que él no es el titular de la acción penal, queda en manos del particular. De allí la denominación de que se trata de hechos punibles de exclusivo ejercicio privado.

  • facebook messenger
  • Compartir en WhatsApp
  • x twitter
  • facebook messenger
  • facebook messenger

Noticias Relacionadas

  • 1

    La libre competencia y competencia desleal

  • 2

    Pedagogía digital, para conectar a los estudiantes

  • 3

    Amor por los más pobres

El ejercicio de la acción penal, según las leyes, está atribuido al Ministerio Público. Se dice, en consecuencia, que el Ministerio Público es el titular de la acción penal. La excepción, a este postulado, la constituyen aquellos delitos de exclusivo ejercicio privado y en los que el titular de la acción penal está o radica en el poder dispositivo de un particular o ciudadano.

Es el caso de los delitos de calumnia, injuria, de cheque sin suficiente provisión de fondos, competencia desleal.

Encuentra más noticias de Panamá América en Google

Elígenos como fuente preferida y accede más fácilmente a nuestras noticias cuando busques información en Google.

Todo lo cual viene a significar que, si el particular que ha sido víctima de uno de estos delitos que he señalado, no acciona mediante la presentación de una querella penal, el fiscal jamás podrá iniciar una investigación, esto es que jamás desarrollará un procedimiento investigativo, dada la especial circunstancia de que él no es el titular de la acción penal en estos delitos en los que la acción penal queda en manos del particular. De allí la denominación de que se trata de hechos punibles de exclusivo ejercicio privado.

Habrá que decir también que el Estado, al ser el titular de la acción procesal penal de la mayor parte de los hechos delictivos, y quedar consiguientemente facultado para ejercitar una acción penal, no significa otra cosa que el deber y obligatoriedad del Estado es velar por la preservación de los bienes jurídicos que tutela la norma penal, sea que se trate de los delitos contra la administración pública, delitos contra el patrimonio, los delitos contra la fe pública, contra la administración de justicia, contra la salud, contra el orden jurídico familiar, la integridad y el pudor sexual.

En fin, el Estado es tutor, observador, cuidador de esos bienes jurídicos. Es un permanente custodio de los tales. Y ello porque se parte de la premisa de que se trata de bienes jurídicos necesarios para la vida en sociedad, su justo equilibrio y armonía social.

Ahora bien, surge un problema y es el siguiente: ¿De qué tiempo dispone el Ministerio Público para que, habiendo dado inicio al ejercicio de la acción penal en contra de un ciudadano o más, en contra de una persona jurídica o más, pueda concluir o dar por terminada su investigación?

En el antiguo sistema Inquisitivo, esto es el Código Judicial, Libro III, del Procedimiento Penal, que data del año 1987, la Acción Penal estaba irrogada al Ministerio Público y debían concluir su investigación, cuando se trataba de una persona o de un solo hecho punible en el término de cuatro meses (Tt.2033) y cuando se trata de más de una persona o varios hechos punibles se le permitía prorrogarse hasta seis meses, es decir, dos meses más. Habían otras excepciones para ciertos hechos y bajo ciertas circunstancias y que no es el objeto del presente artículo tratar.

Ahora bien, en el Código Procesal Penal, de corte acusatorio, el término para investigar generalmente hasta de seis (6) meses para los Fiscales, pero estos seis meses empiezan a correr desde el momento que ante un Juez de Garantías se hace la imputación penal, es decir, se tiene a una persona como incriminada de ser la autora, cómplice primario o secundario o partícipe de un hecho criminal (Imputación, del Latín imputatio onis, atribuir o adjudicar un acto o hecho).

VEA TAMBIÉN: Pasan los años y San Miguelito carece aún de un buen plan de protección civil

Pero, qué está sucediendo, en no pocos casos en este país? Pues acontece que no pocos fiscales también tienen investigaciones y al no hacer la imputación penal, van pasando los meses y hasta años, y existiendo una investigación en curso, se toman o adoptan medidas cautelares personales y reales, como orden de detención provisional, aprehensión de bienes, cautelación de bienes, cautelación de cuentas bancarias, etcétera.

Y el fiscal, quien simplemente no ha hecho la imputación, a pesar del grave riesgo y estado de incertidumbre en que mantiene al ciudadano, mantiene una carpetilla sin definición legal. Esto es un grave atentado al principio de la seguridad jurídica y de la certeza propia del Derecho.

En ese orden, debo manifestar, que lo que persigue el Anteproyecto de Ley (No.325) y que busca modificar o reformar el artículo 271 del Código Procesal Penal, no es otra cosa que ponerle un término fijo y estable al Ministerio Público para la investigación, dando por sentado que seis (6) meses es un término más que suficiente para que se investigue un delito.

Dicho término debe empezar a contarse desde el día en que es emitida la denuncia o querella o se dispone la apertura de una investigación de oficio (es la antigua Diligencia o Auto Cabeza del Proceso).

Yo adicionaría a ese Proyecto de Ley que modifica el artículo 271 del CPP., algunas excepciones y se trata de algunos casos o tipos penales que, de manera excepcional, demandan o exigen investigaciones más extensas o prolijas; sin embargo, se trata de casos muy excepcionales.

Ejemplo: Un caso en donde hayan no pocos ciudadanos involucrados o hayan redes criminales. Un fiscal necesitaría más tiempo, pero para eso existen los mecanismos y remedios de la Ley, en el sentido que puede justificar el pedido de la prórroga que solicita o desea (Causas de tramitación compleja).

Lo que sí tiene bien claro el Derecho es que no puede haber investigaciones Ad Calendas Grecas -para el día del juicio final-, o investigaciones que nunca terminan y son utilizadas para manipular, perseguir o sembrar pánico en medio de la ciudadanía sin que haya una imputación.

¡Dios Bendiga a la Patria!

Abogado.

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía

Contenido Patrocinado

Cuatro iconos en bucle circular: cédula, base de datos, escudo y formulario de denuncia

Cuando sus datos salen de una base ajena: qué le reconoce la ley panameña

Aimeé Sentmat de Grimaldo, presidente de Banistmo y Federico Nasser Facussé, presidente de Grupo Financiero BSC.

Banistmo renueva su identidad y reafirma su compromiso con Panamá

Logo de la marca país que fue presentado en la tarde de este miércoles, en una actividad realizada en el Panamá Convention Center de Amador.  Cortesía

Marca País que representa la identidad de la nación

Ahora que el minimalismo terminó, cuando llega la hora de salir, ya no es lo mismo.

Síndrome Post-Mundial: ¿Qué hacemos con nuestras vidas ahora? De la fiesta al silencio

 El gerente Andrés Farrugia durante la ceremonia de presentación.

Caja de Ahorros estrena una banca en línea más moderna que conecta con todos

Últimas noticias

Alejandro Pérez cuestiona independencia de Rubén Blades y pide a Blandón no meterse en los asuntos de RM

Carlos Godoy dijo que con las tarjetas se puede hacer una trazabilidad de los usos.

Ifarhu espera luz verde de la CA para permitir a becados de concurso y excelencia retirar dinero

Luz Graciela de Calzadilla sustentó el presupuesto del IMHPA para el 2027.

IMHPA advierte sobre desenfreno en perforación de pozos y el riesgo de desabastecimiento en el río La Villa

La institución protegerá los datos de los afectados. Foto: EFE

Hospital en México reconoce intercambio de recién nacidas

Kylian Mbappé se perderá los próximos juegos de Francia. Foto: EFE

Mbappé estará fuera entre 10 y 12 días debido a lesión en la rodilla izquierda




Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2026.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".