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Derecho penal y defensa social

... reconducir el Estado de derecho sin que ello signifique dar cauce a la impunidad y menos a la indiferencia. Por el contrario, que los procesos penales sean transparentes, objetivos, límpidos, cónsonos con la premisa constitucional del "debido proceso"

Silvio Guerra Morales | opinion@epasa.com | - Publicado:

Derecho penal y defensa social

He manifestado en muchas ocasiones creer seriamente en el Estado de derecho.

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O defendemos la plena vigencia de este tipo de Estado o nos llevará candanga.

Y los primeros en ser los llamados a esa defensa somos los abogados.

Creemos, del mismo modo, en la necesidad de su fortalecimiento y una de sus primeras opciones lo es el combate frontal a toda manifestación de la corrupción que socava los cimientos y pilares sobre los cuales se ha construido el diseño de la nación panameña.

Sin voz de profeta o ínfulas de ello, hace no pocos meses, señalé que el nuevo modelo de juzgamiento penal si no era objeto de reformas sustanciales, que le devolvieran la esencia inicial que le imprimimos los codificadores, corría el riesgo de quedar atrapado en la maraña perversa de la corrupción.

La reciente denuncia hecha pública por los altos personeros del Ministerio Público, relativa a actos de corrupción en fiscalías del interior del país, aquilata y acredita nuestra advertencia.

Y es que debe entenderse, una vez más lo digo, el proyecto de código por nosotros elaborado recibió en el seno de la Asamblea, en sus discusiones y reformas, propuestas que llegaron a ser aprobadas, pero que en el fondo matizaron a un Ministerio Público con muchos más poderes de los que disponía en el antiguo sistema inquisitivo.

Los abogados que a diario litigan en este sistema no podrían negarlo.

No me creo un experto en la materia, pues, sin duda alguna, existen teóricos que rebasan el marco de mis aportes, no obstante, creo que en lo medular conceptuamos todos, como idea basal, que sin el Estado de derecho el derecho penal y el derecho procesal corren el riesgo enorme de quedar atrapados por los abusos del poder político y qué tristeza cuando estas importantes ramas del derecho quedan amarradas en las manos de los políticos y se convierten en herramientas para someter, subyugar y silenciar.

No tengo la menor duda de que los fiscales, sobre todo los que ejercen el objetivo de la anticorrupción, saben a ciencia cierta qué hacen y qué no hacen conforme al Estado de derecho.

No dudo, en lo mínimo, de la alta capacidad jurídica que tienen cada una de esas fiscalías.

Y no es el suscrito quien pretenderá decirles a los fiscales qué es jurídico y qué no lo es.

Esto sería lastimar la alta formación profesional de ellos y máxime cuando me han dado muestras de alta estima y respeto profesional, cosa que es recíproco, amén de haber tenido el enorme honor de, en épocas lejanas, tener a no pocos fiscales como muy distinguidos alumnos.

No hablaré de procesos de adecuación típica, menos de acciones atípicas y excluyentes de antijuridicidad, no, no es la idea; no obstante, destacamos el hecho de que deben sopesarse más los atributos de la libertad ambulatoria y con ello considerar la aplicación de subrogados penales que no pierden el fundamento del derecho a punir del Estado y menos la función del derecho procesal penal en cuanto a sus fines generales y específicos.

Hablo de la prevención general y especial del derecho, básicamente, el penal y procesal penal.

Creo que quienes han cometido delitos y se les prueba, correcto, que paguen sus penas, pero no creo en la necesidad de imponer penas mediáticas en los medios de comunicación, sobre todo, cuando a los acusados se les somete al escarnio público y a la denigración social.

Y qué si, al final de cuentas, son declarados absueltos por la justicia ordinaria como ha sucedido en muchos casos.

Deben ser considerados los antecedentes de la persona, su comportamiento social, su perfil moral, su conducta, su religiosidad, su modo de vida y manera de conducirse, y es por ello por lo que no creemos en el discurso de "a la chirola" y menos en la idea de que el proceso penal es una pena para el acusado.

Creo que esta idea, la del proceso como pena, ha sido superada con creces y el proceso penal es visto como una herramienta de la democracia, del Estado de derecho, para la defensa de la integridad y la dignidad de toda persona a quien se le acusa de haber cometido un delito.

Se ha profundizado una brecha, de efectos invaluables, que distingue ahora entre perseguidos y perseguidores; entre cazadores y cazados; entre beneficiados con medidas cautelares distintas a la detención preventiva y entre quienes nunca pondrán un pie en la cárcel.

Tristemente es la percepción social.

Se requiere, "prima facie", reconducir el Estado de derecho sin que ello signifique dar cauce a la impunidad y menos a la indiferencia.

Por el contrario, que los procesos penales sean transparentes, objetivos, límpidos, cónsonos con la premisa constitucional del "debido proceso" y que la dignidad humana oriente la aplicación de la ley penal y procesal penal.

Dios bendiga a la patria.

Abogado.

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