Panamá
Promotores del interior aprueban suspensión del interés preferencial
- Vivian Jiménez
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Sugieren que las modificaciones al proyecto se centren en 3 pilares: la derogación del artículo No. 12 y confirmación de su entrada en vigencia.

Pese a la entrada en rigor de la nueva normativa, los proyectos siguen paralizados. Foto: Cortesía
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La Asociación de Promotores de Chiriquí (Aprochi) respalda la decisión del Ejecutivo de suspender la entrada en vigencia de la ley No. 468 que establece un nuevo régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios mientras se analiza su viabilidad en la Asamblea Nacional.
Los promotores del interior del país recibieron con “optimismo” el anuncio, ya que, la nueva normativa en lugar de reactivar el sector causó el efecto contrario, algunos bancos se opusieron a financiar créditos de interés preferencial debido a sus inconsistencias.
Señalan que las modificaciones introducidas a la ley No. 468, lejos de estimular el desarrollo, han provocado la paralización del financiamiento bancario y detenido numerosos proyectos habitacionales en la región, afectando al sector de la construcción, su cadena productiva, y a los panameños que sueñan con tener una vivienda propia.
Por ello, consideran que esta suspensión es una oportunidad para realizar los ajustes técnicos urgentes y viables que requiere la ley para garantizar la generación de empleos y desarrollo habitacional del país, por ello, solicitan a los diputados de la Asamblea Nacional evaluar con profundidad los cambios a dicha ley.
El gremio sugiere que las modificaciones al proyecto se centren en 3 pilares: la derogación del artículo No. 12, confirmación de su entrada en vigencia y eliminación de la restricción de ocupación.
Destacan que la eliminación del mencionado artículo es “indispensable” para restablecer la confianza en el sistema y permitir que la banca continúe siendo aliada, dado que, la normativa actual los obliga a renegociar los créditos seis meses antes de finalizar el subsidio.
Los promotores reiteran que la nueva ley debe establecer claramente su entrada en vigencia para eliminar cualquier “incertidumbre jurídica” que pueda existir con respecto a aquellos clientes que fueron beneficiados con la disposición anterior y se logre una transición ordenada y justa tanto para los compradores como para los promotores y entidades financieras, por ello, respaldarán la propuesta del Ejecutivo que dispone que será válida a partir del 1 de enero de 2026.
Además, solicitan que se elimine la restricción de ocupación porque reduce el subsidio a familias cuya fecha de apropiación es el 1 de agosto de 2025, obviando a quienes adquieran sus viviendas en meses posteriores.
“Proponemos reemplazar este requisito por la fecha de escritura pública al 31 de diciembre de 2025, criterio ya avalado por las autoridades competentes, que evita castigar a las familias por tecnicismos”, afirman.
Se espera que en los próximos días, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) regrese a la Asamblea el proyecto de ley No. 468 para realizar los cambios correspondientes.
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