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Opinión / Iniciativa ciudadana y nuestra Constitución Política

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Constituyente / Reforma constitucional / Tribunal Electoral

Propuesta

Iniciativa ciudadana y nuestra Constitución Política

Publicado 2019/01/18 00:00:00
  • Sebastián Calderón Concha
  •   /  
  • opinion@epasa.com
  •   /  

Los ciudadanos tenemos el derecho y la responsabilidad de "solicitar" al Tribunal Electoral una nueva Constitución y anexar a esa solicitud el 20% de firmas respecto al total de los integrantes del Registro Electoral correspondiente al 31 de diciembre del año anterior a dicha solicitud.

Los ciudadanos deben presentar la solicitud al Tribunal Electoral.

Los ciudadanos deben presentar la solicitud al Tribunal Electoral.

En este artículo abordaré el mecanismo para adoptar una nueva Constitución Política permitido para la ciudadanía y el Tribunal Electoral, según el artículo 314 de nuestra Constitución Política.

Debemos preguntarnos antes: ¿por qué queremos una nueva Constitución Política?

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Una nueva Constitución no le va a dar mejor calidad de vida.

El papel aguanta todo.

Para prueba de ello: todos los días se vulnera la Constitución y en ella hay cosas escritas que son muy bonitas.

Las personas que nos gobiernan son las que pueden darnos una mejor calidad de vida.

VEA TAMBIÉN: El rol del presidente en una reforma parcial o total de nuestra Constitución Política

Los ciudadanos tenemos el derecho y la responsabilidad de "solicitar" al Tribunal Electoral una nueva Constitución y anexar a esa solicitud el 20% de firmas respecto al total de los integrantes del Registro Electoral correspondiente al 31 de diciembre del año anterior a dicha solicitud.

No sé el número exacto, pero deben ser miles de firmas que recoger en los 6 meses que obliga nuestra Constitución.

Mucha mayoría desorganizada, como refirió el famoso Ferdinand Lassalle en su famoso discurso aquel abril de 1862 que aprendemos en las facultades de Derecho y Ciencias Políticas.

Luego de esa maratón de recolecta de firmas, el Tribunal Electoral convoca a una Asamblea Constituyente Paralela.

Todo lo demás está en el artículo 314 de nuestra Constitución.

Mis propuestas para el país sin que se tenga que reformar parcial o totalmente nuestra Constitución Política:

1. Menos usos de planillas tipo "080": al sol de hoy no sabemos qué funciones tenían las personas de dichas planillas.

2. Buenas dosis permanentes de "no a la reelección": no se necesita explicarlo.

VEA TAMBIÉN: Cómo adoptar una nueva Constitución Política en Panamá

3. Mejorar el presupuesto para la Justicia: la Asamblea Nacional debe comprometerse a no aprobar el presupuesto estatal propuesto por el Ejecutivo si en él no se respeta como mínimo el porcentaje del 2% que ordena el artículo 214 de nuestra Constitución Política para el Órgano Judicial y el Ministerio Público.

4. Suspender el privilegio del secreto bancario a los funcionarios: así detectaríamos más fácil cuando el funcionario entra limpio y sale millonario o multimillonario.

Entendamos que funcionarios con salarios de 7 mil dólares mensuales, no pueden generar por su posición más de 84 mil dólares anuales menos deducciones, y que si tienen bienes lujosos sin en su vida haber trabajado en la empresa privada, o sin tener una herencia familiar, es que algo no cuadra.

5. Expulsar a Odebrecht de Panamá por un tiempo: los dueños de Odebrecht no se van a morir de hambre y son mundialmente conocidos por los procesos por corrupción.

Y respecto a sus trabajadores, que busquen trabajo en la empresa privada o que el Estado les dé trabajo.

Abogados.

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