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Opinión / Intervenciones en aseguradoras

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Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá / Ministerio de Comercio e Industrias

Causa y efectos

Intervenciones en aseguradoras

Publicado 2018/12/04 00:00:00
  • Víctor Ariel Morán V.
  •   /  
  • opinion@epasa.com
  •   /  

...el término de intervención, se nos viene a la mente de inmediato un incumplimiento, falla en algún proceso, infringir alguna norma, ley o un pacto, en el que un ente regulador toma el control administrativo y operativo de una organización para salvaguardar los bienes e intereses...

Las pólizas de seguro se adquieren para hacerle frente a cualquier desastre, daño o situación de determinados riesgos económicos.

Las pólizas de seguro se adquieren para hacerle frente a cualquier desastre, daño o situación de determinados riesgos económicos.

Durante los últimos cinco años, el país se ha visto involucrado en escándalos públicos, y entre estos los casos de intervención de cuatro aseguradoras y tres reaseguradoras por problemas de deficiencias de capital u otras irregularidades

Cuando escuchamos el término de intervención, se nos viene a la mente de inmediato un incumplimiento, falla en algún proceso, infringir alguna norma, ley o un pacto, en el que un ente regulador toma el control administrativo y operativo de una organización para salvaguardar los bienes e intereses, así también darle a la empresa un tiempo estipulado para que pueda subsanar esta situación lo antes posible, dándonos a entender que sus directivos no han cumplido con los objetivos, ni la buena administración de la misma.

Esto es lo que se ha venido dando en Panamá en estos últimos cinco años en los mercados de seguros y reaseguros, en donde se han aplicado sanciones para corregir incumplimientos de acuerdos de la ley o deficiencias administrativas.

En un inicio, la entidad encargada de la vigilancia de la actividad de la aseguradora estaba en manos del Ministerio de Comercio e Industrias, es de esta manera que para el año de 1996 se crea la Ley 59 del 29 de julio en donde se le da autonomía para realizar una adecuada supervisión y vigilancia del sector seguros, a la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, con esto se abre un nuevo capítulo en la historia aseguradora.

Es entonces cuando aumentan los controles, seguimiento y vigilancia para exigir mayor transparencia a las empresas a través de un instrumento legal regulatorio moderno para fortalecer el crecimiento de la industria de seguros, de reaseguros y aseguradoras en el país.

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El negocio de seguro crece cada vez más, en la actualidad el país cuenta con un total de 23 compañías de seguros y 4 reaseguradoras autorizadas de las cuales muchas no son conocidas por el público por no ser renombradas en el mercado, creando esto una indecisión al cliente a la hora de hacer una buena elección de una póliza, ya sea para adquirir algún producto para su vida, casa, auto y negocio, en donde le brinden grandes beneficios que garanticen la seguridad de los suyos, que generalmente se decide por las reconocidas, a pesar de sus elevados costos, solo por el hecho de sentirse seguro y cubierto en caso de algún siniestro.

¿Para qué adquirimos un seguro? Un seguro es la producción de un servicio de seguridad, lo adquirimos para hacerle frente ante cualquier desastre, daño o situación de determinados riesgos económicos (riesgos asegurables). ¿Pero cómo nos sentiríamos si tenemos que recurrir a ellos y la compañía aseguradora con la cual firmamos un contrato no puede cumplir para hacerle frente al compromiso adquirido? Este es el caso de cuatro aseguradoras y tres reaseguradoras en nuestro país que no pudieron cumplirla sus asegurados por deficientes manejos administrativos.

Al detectar estos fallos, la Superintendencia toma el control de estas aseguradoras, por incumplimiento a la Ley 12 del 3 de abril de 2013, como medida de salvaguardar los intereses de los asegurados y acreedores.

Dentro de las anomalías encontradas durante la intervención de estas aseguradoras podemos mencionar: infracción consistente en insuficiencia de patrimonio mínimo requerido para ejercer el negocio de seguro, discrepancia en registros contables, la inexistencia de un adecuado respaldo de reaseguro, insuficiencia en reserva para siniestros, situación crítica de liquidez y otras.

Cuando una aseguradora es intervenida por un ente regulador, esta no puede ser secuestrada ni embargada, durante este periodo se suspende la prescripción de los créditos y deudas, tampoco podrá realizar nuevos negocios mientras la misma está administrada por la Superintendencia.

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Si durante la intervención las fallas son subsanadas, se le solicita la suspensión de dicha intervención, pero en caso de incumplir, la Superintendencia de Seguros y Reaseguros, mediante informe presentado por administradores designados ordena la liquidación forzosa.

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Esta información nos sirve de guía sobre los procesos y operaciones que existen en las compañías aseguradoras.

En estos tiempos debemos estar seguros siempre antes de hacer alguna inversión o adquirir algún servicio, evaluando a quién deseamos darle la confianza de que custodien nuestros bienes y patrimonios.

Además de concientizar a los empresarios a que lleven sus negocios de la manera más transparente posible, teniendo buenos controles en sus operaciones administrativas, fortaleciendo de esta manera sus valores ante la sociedad.

Estudiante de Maestría de la Universidad Interamericana de Panamá (UIP)

 

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