La libertad religiosa como derecho humano
- Paulino Romero C. (opinion@epasa.com)
Nos motiva escribir esta nota, la intención manifiesta del pastor evangélico Terry Jones y sus seguidores en el Estado de Florida, Estados Unidos de América, de “quemar” ejemplares del libro sagrado del Islam; intento que reconsideró después de la condena unánime del mundo civilizado a su malhadado despropósito. Ahora bien, no solo los conflictos entre individuos y grupos, sino también los de nivel internacional tienen su causa, y muy frecuentemente, en las diferencias de concepciones del mundo. Allí donde aparentemente se trata solamente de puro poder, o de ganar territorios o influencias políticas, hay a menudo algo más en juego: la religión. No pocos opinan que las creencias religiosas pueden ser también una causa para poner en juego la paz entre los pueblos.
La paz es uno de los conceptos directrices en opinión de los más caracterizados expertos en derecho internacional y experimentados diplomáticos contemporáneos. Análogamente a la expresión acerca de la función pacificadora del derecho, se encuentra, en relación al plano internacional, la “función pacificadora de los derechos humanos”. Parece provechoso entonces, ocuparse de modo detallado y pormenorizado de aquel derecho humano cuya falta de atención condujo, en otros tiempos, a las primeras oleadas de refugiados. Se puede agregar, además, que el primer tratado de derecho internacional de la modernidad, la Paz de Westfalia, fue firmado luego de una guerra hecha en nombre de la religión. Los Estados Unidos de América deben su existencia y su actual hegemonía, en gran medida, a movimientos de refugiados por razones religiosas y a un espíritu pionero que nació también allí.
El mundo árabe busca afirmar su capacidad civilizadora y cultural, que, en la Edad Media, bajo la bandera del Islam, se desarrolló y luego se apagó, para imponer, por sobre las fronteras de los Estados rivales la verdadera fe; esta tarea, según el punto de vista del buen mahometano, le corresponde en este mundo, o por lo menos en los territorios de donde proviene. La importancia de la religión y de la libertad religiosa para la convivencia pacífica de las naciones y para el derecho internacional es, por lo tanto, evidente y es, sin embargo, muchas veces subestimada. Esto debe ser entendido como indispensable para la consideración de la libertad religiosa como derecho humano, y como fundamento de una libertad que tenga el carácter de una garantía internacionalmente válida.
El concepto y la idea de la libertad religiosa no pueden desligarse de las corrientes de pensamiento de aquellas instituciones que, no solo litúrgicamente sino también normativamente, ejercen, junto con el Estado, una influencia esencial sobre la condición espiritual y mental de los seres humanos, quienes, no solamente son destinatarios de esa libertad, sino que también cooperan considerablemente, en los diversos niveles, para su conformación jurídica y práctica.

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