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Lo que mal comienza...

Para quienes propusimos un verdadero proceso de regulación de precios que, junto a un incremento general de salarios y el definitivo desmantelamiento del poder especulador de los

Juan Jované (Economista) - Publicado:

Para quienes propusimos un verdadero proceso de regulación de precios que, junto a un incremento general de salarios y el definitivo desmantelamiento del poder especulador de los oligopolios enquistados en la cadena de abastecimiento de los bienes alimenticios básicos, el Decreto Ejecutivo 165 de 1 de julio de 2014 no puede menos que ser interpretado como una maniobra mediática. Su objetivo sería intentar salvar la cara del nuevo mandatario en relación con sus promesas de campaña, a la vez que aleja la real posibilidad de introducir una forma institucional capaz de proteger efectivamente a la población frente a los poderes oligopólicos-especuladores.

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EL DECRETO EJECUTIVO DEJA CONSCIENTEMENTE POR FUERA VEINTIOCHO IMPORTANTES PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA, ENTRE LOS QUE SE ENCUENTRAN, ENTRE OTROS, EL ACEITE VEGETAL, EL AZÚCAR Y EL CAFÉ. EN ESTOS PRODUCTOS, LOS COMERCIANTES ESPECULADORES SOLO TENDRÁN QUE NOTIFICAR A LA ACODECO CON CINCO DÍAS DE ANTICIPACIÓN SU DECISIÓN DE ELEVAR LOS PRECIOS.

El primer problema del Decreto bajo análisis está en su temporalidad. Mientras que en el plan de gobierno de la Alianza el Pueblo Primero se proponían “controles de precios de emergencia”, en la realidad se optó, con la finalidad de hacer más potable la medida para los sectores económicamente dominantes, por un control temporal, el cual en el mejor de los casos estaría vigente por seis meses y existe, además, la posibilidad de una revisión al alza a partir del segundo mes de vigencia de dicho decreto. Teniendo en cuenta que la especulación se basa en una estructura de mercado concentrada, que como sabe cualquiera que haya estudiado el curso de Economía 100a, se sostiene en buena parte en la presencia de economías de escala y la diferenciación de los productos, se entiende fácilmente que el cambio estructural precisaría un periodo más largo que el propuesto, así como una acción decidida del Gobierno de participar en el proceso de distribución de los productos.

En segundo lugar, el Decreto Ejecutivo deja conscientemente por fuera veintiocho importantes productos de la canasta básica, entre los que se encuentran, entre otros, el aceite vegetal, el azúcar y el café. En estos productos, de acuerdo al artículo 8, los comerciantes especuladores solo tendrán que notificar a la Acodeco con cinco días de anticipación su decisión de elevar los precios. ¡Crónica de una especulación anunciada!

En tercer lugar, para los veintidós artículos objeto de fijación de precios, existen nueve productos en los que la especulación sigue siendo muy posible, gracias a lo que los economistas llaman discriminación de precios, la que opera asignando precios diferentes a un mismo bien acorde a distintos parámetros, lo cual sirve para maximizar espuriamente los beneficios de las empresas. En efecto, el artículo 2 del Decreto 165 solo obliga a las empresas que vendan estos productos a que solo una marca de los mismos, que bien puede ser la de peor calidad y más aborrecida por los consumidores, sea ofertada al precio máximo fijado, las otras marcas podrán ser vendidas a precios que tendrán, según el caso, entre el 10% y el 15% de margen de comercialización “calculado sobre el precio de costo para el minorista” (sic). En este contexto los mayoristas, por ejemplo los importadores, que también pueden ser abastecedores minoristas, mantienen en la práctica su capacidad especulativa. ¡Crónica de la sobrefacturación anunciada!

En cuarto lugar, pese a que en el discurso inaugural el nuevo mandatario se comprometió frente a los productores agropecuarios a que se “les dará todo el respaldo que requieren, estabilidad de precios y de mercado para aumentar nuestra producción de alimentos y garantizar nuestra seguridad alimentaria”, lo cierto es que el Decreto 165 dista mucho de avalar esta promesa. Esto es claro si se observa que para los trece productos en los que los precios máximos simplemente se fijan, tales como el arroz y otros, no existe ninguna indicación de cuál debe ser el precio al productor. En estas condiciones se trata de una situación en la que el poder de monopsonio, es decir de dominio del mercado que tienen los intermediarios sobre la cadena, le permitirá a los especuladores trasladar cualquier efecto de baja de precios hacia los productores. ¡Crónica de la desaparición anunciada del productor agropecuario!

En quinto lugar, llama la atención cómo el Decreto 165 enmascara el interés de hacer la supuesta regulación de la forma más liviana posible. Así, por ejemplo, la única forma en que el pollo tiene precio regulado es en su presentación: pollo entero con patas y cabeza. No menos llamativa es la situación en la que se elimina de la Comisión de Ajuste a cualquier representación de los consumidores y los trabajadores del país. A final de cuentas estamos frente a una institución perversa, que lejos de apoyar sus objetivos declarados, los niega. La lucha por reducir el alto costo de la canasta básica seguirá siendo un objetivo.

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