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Diputados incluyen en reformas electorales facilitar proceso para que directivas de los partidos sean renovadas

Con las modificaciones solo la mitad más uno de convencionales de un partido será suficiente para convocar a una convención extraordinaria y el TE solo deberá hacer el recuento de firmas.

Francisco Paz - Actualizado:

En el debate estuvo presente el presidente de la Asamblea, Crispiano Adames, y el secretario general del PRD, Pedro Miguel González. Foto: Francisco Paz

Dentro de las modificaciones al Código Electoral, los diputados de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional aprobaron reformas para simplificar los procesos de renovación de las autoridades de los partidos políticos o los llamados a congresos extraordinarios de estos colectivos.

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Un artículo nuevo propone que las sesiones extraordinarias de los organismos de los partidos políticos pueden ser convocadas por la mitad más uno de los delegados o convencionales.

Una vez sea presentada la solicitud, el presidente del organismo deberá convocar la reunión en las siguientes tres semanas, luego de presentada esta.

De no ser así, los solicitantes podrán convocarla directamente, mediante anuncio en un diario de la localidad. La reunión extraordinaria se celebrará 30 días después de la última publicación.

En el caso de convenciones nacionales, si se niega la solicitud, los peticionarios tendrán derecho a asistir al Tribunal Electoral, entidad que solo verificará el número de los solicitantes y procederá a convocarla en un plazo máximo de 30 días.

Esta reforma electoral se aprueba justo cuando en estos momentos, el Tribunal Electoral debe resolver una impugnación de convencionales de Cambio Democrático, liderados por la mayoría de los diputados de ese partido, contra la decisión de la junta directiva de rechazar la convocatoria a una convención nacional para renovar las estructuras de mando.

En otro artículo nuevo, se aprobó que será obligación de los partidos políticos renovar sus organismos o autoridades de decisión según lo establecido en el estatuto.

Una vez vencida la vigencia de los cargos y de no existir la elección de los nuevos integrantes, el Tribunal Electoral concederá un plazo de seis meses para renovarlas.

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El incumplimiento de la obligación conlleva la suspensión del financiamiento público al partido político.

Retroceso

Estos fueron algunos de los artículos nuevos aprobados ayer junto al primer bloque de las reformas electorales y que agarró de sorpresa a los magistrados del Tribunal Electoral (TE) que los conocieron después de aprobado.

Según el magistrado presidente del TE, Heriberto Araúz, la eliminación de 17 artículos por parte de los diputados significa un retroceso con respecto a lo aprobado en 2017.

"Hay temas que guardan relación con el tema de la libre postulación, que se ve afectada, y una distribución más equitativa entre partidos políticos y la libre postulación", dijo.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Gobierno, Víctor Castillo, planteó que los artículos que se eliminaron fueron presentados por el Tribunal Electoral y no alteran el actual Código Electoral.

"Si hubiera habido un retroceso en el tema, ellos (los magistrados) desde el día uno hubieran estado presentes, incluso diputados les preguntaron si creían en sus propuestas y no contestaron", expresó el diputado.

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