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Partidos políticos deben convocar a elecciones primarias desde el 1 de febrero próximo

El calendario electoral establecido indica que el 1 de febrero de 2023 inicia el periodo que tienen los partidos políticos para convocar a sus procesos internos partidarios, para escoger a sus candidatos a cargos de elección popular; ya sea por primaria, las cuales deben celebrarse entre el 1 de junio al 31 de julio de 2023.

Alberto Pinto - Actualizado:

Los partidos que tienen de 100 mil adherentes en adelante están obligados a realizar primarias para escoger su candidato presidencial. Foto: Grupo Epasa

En menos de cinco meses los partidos políticos deben convocar a elecciones primarias para escoger sus candidatos de elección popular para los comicios del 5 de mayo de 2024.

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El calendario electoral establecido indica que el 1 de febrero de 2023 inicia el periodo que tienen los partidos políticos para convocar a sus procesos internos partidarios, para escoger a sus candidatos a cargos de elección popular; ya sea por primaria, las cuales deben celebrarse entre el 1 de junio al 31 de julio de 2023.

Para esos comicios internos se utilizará el padrón del partido con los adherentes inscritos al 31 de enero de 2023.

En caso de que algún partido político decida realizar dos  primarias, deberá comunicarlo al Tribunal Electoral, cuatro meses antes del primer evento. La convocatoria será publicada por un día en el Boletín Electoral y debe hacerla el ente electoral partidario, en coordinación con el Tribunal Electoral con un mínimo de cuatro  meses de anticipación a la fecha del evento respectivo.

El Tribunal Electoral deja claro que el costo de estos eventos será cubierto por el Tribunal Electoral con base en un presupuesto que elaborará previa consulta con el referido ente electoral Artículo 78.

En detalle se explica que los partidos políticos escogerán a sus candidatos para los diversos cargos de elección popular, mediante votación secreta, cuando se trate de candidatos a presidente de la República, por elecciones primarias, en cuyo caso el candidato a vicepresidente será designado por el candidato presidencial y ratificado por el directorio nacional.

También podrán celebrarse elecciones primarias entre miembros de partidos aliados para elegir a los candidatos a presidente y vicepresidente de la República, de acuerdo con el procedimiento que aprobará cada partido político y el Tribunal Electoral.

En el caso de los partidos con una membrecía menor a cien mil adherentes al 31 de enero de 2023 escogerán a su candidato presidencial en una convención o congreso nacional. Si alguno de estos partidos desea organizar primarias para este cargo, deberá pagarle al Tribunal Electoral la diferencia entre el costo que se tendría presupuestado para la convención y el costo para organizar una elección primaria.

VEA TAMBIÉN: ¿Cómo favorece el fallo del Tribunal Electoral a Yanibel Ábrego y afecta a Rómulo Roux?

Cuando se trate de candidato principal y suplente a diputado al Parlacen, diputado de la República, alcalde, representante de corregimiento y concejal, la postulación se hará de conformidad con lo previsto en los estatutos de cada partido. Las primarias son opcionales para los cargos a diputados, alcaldes, concejales y representantes de corregimiento.

En caso de alianzas, se podrá postular a candidatos que hayan sido postulados por un partido aliado, de conformidad con las normas establecidas en los estatutos de cada partido. La nómina respectiva podrá estar integrada por un miembro de cada partido aliado.

Los partidos políticos deben garantizar la paridad en la postulación de las mujeres, con la aplicación efectiva de lo dispuesto en el Código Electoral. 

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