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Política / Proyectos del Legislativo para proteger a menores son detenidos por el Ejecutivo

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Adopción / Asamblea Nacional / Laurentino Cortizo / Menores / Panamá / Proyecto de ley / Zulay Rodríguez

Panamá

Proyectos del Legislativo para proteger a menores son detenidos por el Ejecutivo

Actualizado 2021/05/21 06:34:04
  • Francisco Paz
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Estos proyectos forman parte de las acciones del Legislativo por buscar mecanismos de protección a menores en riesgo social, pero varios artículos fueron considerados inexequibles por el presidente Laurentino Cortizo.

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El proyecto de adopciones no tuvo pase directo en la Asamblea y después de ser bajado a segundo debate, fue aprobado el 3 de marzo. Foto: Archivo

El proyecto de adopciones no tuvo pase directo en la Asamblea y después de ser bajado a segundo debate, fue aprobado el 3 de marzo. Foto: Archivo

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Dos proyectos de ley aprobados con celeridad por el Órgano Legislativo para adoptar mecanismos de protección a menores en riesgo social, una vez se revelaron supuestos abusos contra estos en albergues, fueron frenados por el Órgano Ejecutivo al objetarlos parcialmente.

Se trata del proyecto 121, que regula el sistema de acogimiento como medida de protección de carácter temporal para niños, niñas y adolescentes privados del cuidado parental, y el 120, general de adopciones.

Ambos proyectos fueron presentados por la diputada Zulay Rodríguez a inicios de este gobierno, y fueron tomados en cuenta, luego que un informe elaborado por una subcomisión de la Comisión de la Niñez, Mujer y Familia, que ella preside, registrara el hallazgo de casos de abuso sexual contra menores, incluyendo con discapacidad, en albergues del Estado administrados por organizaciones no gubernamentales y fundaciones.

El primer proyecto fue aprobado el 24 de febrero en tercer debate y recibió el veto parcial el 13 de abril.

El presidente Laurentino Cortizo objetó por inconvenientes 18 artículos y cinco por inexequibles.

Sobre los artículos en los que pide corrección total, la mayoría contravienen, a su consideración, el artículo 19 de la Constitución, que establece que no habrá fueros o privilegios.

En este sentido, el mandatario considera que no puede prohibirse a funcionarios de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf), Órgano Judicial y Ministerio Público, calificar para acogimiento familiar de menores en riesgo.'


En el proyecto sobre adopciones se buscaba agilizar estos procesos que, a criterio de su proponente, se estancan en los tribunales, pero esta economía procesal no le pareció constitucional al presidente Laurentino Cortizo.

Aunque organizaciones internacionales de derechos humanos advertían que no se puede prohibir a personas del mismo sexo adoptar, este punto no fue considerado por el mandatario en la objeción parcial.

El ámbito de aplicación del sistema de acogimiento familiar que indica el artículo 1 del proyecto de ley 120, es discriminatorio por razón de raza y nacimiento para el presidente Laurentino Cortizo, ya que se refiere a familias con una misma identidad cultural que el menor.

"Excluir, de manera general, a los servidores de estas instituciones representa a mi juicio, un tipo de discriminación", dijo.

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Adopciones

El proyecto 120, de adopciones, fue aprobado en tercer debate el 3 de marzo y objetado por Cortizo el 19 de abril, al plantear que 15 artículos son inconvenientes y cinco inexequibles.

En el artículo 6, por ejemplo, en el cual se autoriza a la Senniaf a tomar acciones cuando un niño requiera la separación de sus padres, el presidente advierte que esta es una función que le compete a la administración de justicia.

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"Pudiera crear un conflicto de competencia con los juzgados seccionales de Familia y los de Niñez y Adolescencia", precisa Cortizo.

También, está en contra del artículo 73 que se refiere a la audiencia de adopción, al considerar inconstitucional que estas se reprogramen y celebren sin la presencia de fiscales del Ministerio Público.

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"Considero que la presencia de los representantes del Ministerio Público y/o Defensor del Niño, Niña y Adolescente, en los actos de audiencia de un proceso de adopción, debe revestir el carácter de obligatoria", planteó el mandatario.

A su vez, se opone a que entre las limitaciones para poder adoptar, se incorpore la diferencia de edad entre los adoptantes y la persona adoptada, ya que representaría una situación de desventaja en cuanto a la posibilidad de un menor de ser integrado a un núcleo familiar.

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