Panamá
Tribunal Electoral oficializa convocatoria para las elecciones generales del 5 de mayo de 2024
Del martes 23 de abril al jueves 2 de mayo de 2024 es el periodo de votación adelantada por internet para el cargo de presidente de la República tanto para los panameños residentes en el extranjero inscritos en el RERE, como para los demás ciudadanos que se hayan inscrito en el REVA
- Alberto Pinto
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- - Actualizado: 31/5/2022 - 07:41 pm
Mediante Decreto 29 del 30 de mayo de 2022, publicado en el Boletín 5065, el Tribunal Electoral convoca a las elecciones generales para el 5 de mayo de 2024 y aprueba su reglamentación.
En el boletín se convoca al pueblo panameño a la Elección General el domingo 5 de mayo de 2024, para elegir al presidente y vicepresidente de la República, 20 diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen), 71 diputados a la Asamblea Nacional, 81 alcaldes, 701 representantes de corregimiento y 11 concejales, todos con su respectivo suplente, para el periodo constitucional del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2029.
Con la convocatoria a las elecciones generales se inicia el periodo de trámite para la libre postulación este miércoles 1 de junio al domingo 31 de julio de 2022.
Del miércoles 1 de junio al viernes 30 de septiembre de 2022 es el periodo que tienen las agencias de publicidad para registrarse en el Tribunal Electoral si desean proveer a los candidatos y partidos políticos, de los servicios previstos en el Título V, Capítulo III del Código Electoral, sobre propaganda electoral.
Se establece que del miércoles 1 de junio al viernes 15 de diciembre de 2023 es el periodo para elm registro de las personas con discapacidad. En este periodo, las personas que necesiten atención especial en los centros de votación deberán comunicarlo al Tribunal Electoral y presencialmete en cualquiera oficina, el el Centro de Atención al Usuario (CAU), el el sitio web www.tribunalcontigo.com o a través del sitio web www.verifi cate.pa.
El calendario electoral contempla que del miércoles 1 de junio al domingo 5 de mayo de 2024 se prohibe participar en eventos de inauguración de obras públicas o en actividades financiadas con fondos públicos para los precandidatos y candidatos por libre postulación.
Durante este periodo todos los precandidatos y candidatos por libre postulación tienen prohibido participar en eventos de inauguración de obras públicas o en actividades financiadas con fondos públicos, que incluye las obras fi nanciadas por el Estado bajo la modalidad de llave en mano. De comprobarse su participación serán inhabilitados conforme al procedimiento establecido en el artículo 35 del Código Electoral.
El domingo 31 de julio de 2022 es el último día para la presentación de solicitudes de reconocimiento de aspirantes a precandidatos por libre postulación.
Aquellos precandidatos por libre postulación que hayan completado la capacitación de sus instructores iniciales, recojan una cantidad mínima de firmas de respaldo equivalente al 2 % de losvotos válidos emitidos en la última elección, según el cargo y circunscripción que corresponda, tendrán del lunes 15 de agosto de 2022 al mediodía hasta el lunes 31 de julio de 2023 para recoger firmas en respaldo a sus candiudaturas. Se deja claro que en el caso de candidatos presidenciales de libre postulación solamente, los tres podrán aparecer en la papeleta de votación el día de las elecciones, serán los tres que más firmas recojan.
El viernes 30 de septiembre de 2022 es el último día para el registro en el Tribunal Electoral de las agencias de publicidad que desean proveer a los candidatos y partidos políticos, los servicios previstos en el Título V, Capítulo III del Código Electoral, sobre propaganda electoral.
Del lunes 3 de octubre de 2022 al viernes 15 de diciembre de 2023 será el periodo para la formación del nuevo registro de electores de panameños residentes en el extranjero (RERE). Todos los ciudadanos panameños residentes en el extranjero que deseen votar desde el exterior, por internet, para el cargo de presidente de la República, de conformidad con el artículo 12 del Código
Electoral, deberán inscribirse en el RERE a través de las siguientes opciones:
1. En el CAU, en el sitio web www.tribunalcontigo.com.
2. Presencialmente, en alguna de las ofi cinas distritales o regionales de cedulación u organización electoral.
3. A través de otros medios tecnológicos que desarrolle el Tribunal Electoral para brindar más opciones en línea a los interesados en inscribirse y que anunciará en su oportunidad.
En este periodo, los ciudadanos que estén de servicio en la Fuerza Pública, en el Ministerio Público, el Órgano Judicial, en el Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, en el Sistema Nacional de Protección Civil, la Cruz Roja Panameña, el personal médico y de enfermería, así como los fotógrafos de prensa, los camarógrafos de televisión y los periodistas, delegados electorales, servidores del Tribunal Electoral y de la Fiscalía General Electoral; los electores panameños residentesm en el territorio nacional que el día de la Elección General estarán en el extranjero y las personas que hayan comprobado tener algún tipo de discapacidad, que deseen ejercer el sufragio mediante el voto adelantado, por Internet, solo para la nómina presidencial, deberán inscribirse en el REVA a través de los mismos medios descritos para el RERE.
Siguiendo con el calendario electoral del lunes 3 de octubre de 2022 al miércoles 27 de diciembre de 2023 los ciudadanos que hayan solicitado su inclusión en el RERE y en el REVA podrán
consultar en la página web del Tribunal Electoral, en el sitio VERIFÍCATE-RERE y VERIFÍCATE-REVA que han quedado debidamente registrados con la opción de poder imprimir la información obtenida en el sitio.
Si no aparecen registrados, durante el mismo periodo podrán hacer su reclamación a través del:
1. CAU: www.tribunalcontigo.com.
2. Departamento de Registro Electoral, a los siguientes correos electrónicos según el caso:
[email protected] y [email protected]
El sábado 31 de cieknre de 2022 es el último día para que los partidos en formación estén debidamente reconocidos por el Tribunal Electoral como legalmente constituidos, para que puedan participar en la Elección General del 5 de mayo de 2024.
Luego el lunes 2 de enero de 2023 se realizará la divulgación de instructivo para orientar a los interesados en presentar impugnaciones al Padrón Electoral Preliminar. A partir del lunes 2 de enero de 2023, el Tribunal Electoral, en su página web, colocará un instructivo para orientar a los interesados a presentar impugnaciones al Padrón Electoral Preliminar.
Del lunes 2 al martes 31 de enero de 2023 es el periodo dentro del cual el Tribunal Electoral publicará en el Boletín del Tribunal Electoral la distribución del fi nanciamiento público preelectoral
entre los partidos políticos y los candidatos por libre postulación.
En este periodo, el Tribunal Electoral publicará en el Boletín Electoral la distribución del fi nanciamiento público preelectoral entre los partidos políticos y los candidatos por libre postulación, de conformidad con lo establecido en el Código Electoral: 93 % para los partidos políticos (con el monto correspondiente a cada partido) y 7 % para los candidatos por libre postulación (el monto correspondiente a cada candidato se publicará el 10 de enero de 2024).
El jueves 5 de enero de 2023 es el cierre del Registro Electoral. Es el último día para efectuar cambios de residencia.
En el periodo del viernes 6 de enero al miércoles 5 de julio de 2023 se incluirá en el Padrón Electoral de los naturalizados panameños y de los mayores de edad con inscripción tardía de nacimiento. El Tribunal Electoral incluirá en el Padrón Electoral Preliminar a los panameños por naturalización y a los mayores de edad con inscripción tardía de nacimiento, que hayan obtenido su cédula de identidad personal en este periodo.
Par el vienrs 20 de enero de 2023 se efectuará la publicación del Padrón Electoral Preliminar en el Boletín Electoral y su distribución. Es el último día para la publicación del Padrón Electoral Preliminar fotográfico en el Boletín Electoral y entrega de una copia en medio digital a los partidos políticos legalmente constituidos, a los precandidatos por libre postulación reconocidos por el Tribunal Electoral y a las ofi cinas respectivas del Tribunal Electoral.
Además, para su debida divulgación será distribuido a los alcaldes, concejales, representantes de corregimiento y jueces de paz de todo el país, quienes están obligados a exhibir dicho padrón en susm respectivas oficinas.
El Padrón Electoral Preliminar estará desglosado por circunscripción (provincia, comarca, circuito, distrito y corregimiento) y por centro de votación, distinguiendo los que contarán con equipos de reproducción para las actas de aquellos que continuarán utilizando el sistema de papel carbón. La información del número de mesa se establecerá en el Padrón Electoral Final. Los precandidatos por libre postulación tendrán derecho a una copia del Padrón Electoral Preliminar de su circunscripción.
En esta fecha, en la página web del Tribunal Electoral se establecerá un sistema de consulta individual al Padrón Preliminar por número de cédula; y un aplicativo para celular desarrollado por el Tribunal. El Padrón Electoral Preliminar incluirá a todos los menores de edad que cumplan 18 años hasta el 5 de nmayo de 2024.
A partir de este día, en la página web del Tribunal Electoral se publicará la lista de los electores que han sido excluidos del Padrón Electoral Preliminar, por no haber ejercido el derecho al sufragio en tres elecciones generales consecutivas y que, además, en ese periodo no hayan hecho ningún trámite ante las dependencias del Tribunal Electoral, de conformidad con el artículo 25 del Código Electoral.
Los electores así excluidos tendrán hasta el 5 de julio de 2023 para solicitar su reinscripción en el Padrón, y puedan ejercer el sufragio en las elecciones del 5 de mayo de 2024.
Para el sábado 21 de enero de 2023 se publicará los topes defi nitivos de ingresos y gastos del financiamiento privado para la precampaña y campaña. Día en que el Tribunal Electoral publicará, mediante resolución, los topes defi nitivos de ingresos y gastos del financiamiento privado para la precampaña y campaña, aplicables a los precandidatos y candidatos a los cargos de alcalde, representante de corregimiento y concejal; sean de partidos políticos o por libre postulación.
Del 21 de enero al miércoles 15 de febrero de 2023 es el proceso de impuganciones y reclamaciones del Padrón Electoral Preliminar que incluye:
1. Periodo para impugnar el Padrón Electoral Preliminar con el fi n de anular:
a. Los cambios de residencia de electores hacia un corregimiento donde no residen.
b. Las inclusiones de nuevos ciudadanos en corregimientos donde no residen.
c. Las inclusiones de ciudadanos que no gocen plenamente de sus derechos ciudadanos.
d. Las inclusiones de ciudadanos que estén en interdicción judicial.
e. La inclusión de ciudadanos que hayan renunciado expresamente a la nacionalidad panameña o, de forma tácita, al haber adquirido otra nacionalidad a la que no tenían derecho a reclamar por nacimiento, siempre que conste en la Dirección Nacional de Registro Civil, la correspondiente anotación marginal en la inscripción de nacimiento de la persona.
f. La inclusión de ciudadanos que han entrado al servicio de un Estado enemigo.
g. La inclusión de ciudadanos que tengan suspendidos los derechos ciudadanos por sentencia ejecutoriada.
h. La inclusión de ciudadanos que tengan suspendidos los derechos políticos por sentencia
ejecutoriada.
2. En este mismo periodo podrán reclamar contra dicho Padrón, en la DNOE:
a. Los ciudadanos que hayan obtenido su cédula de identidad personal o tramitado su inclusión o cambio de residencia hasta el 5 de enero de 2023 y que no hayan aparecido o aparezcan incorrectamente.
b. Los ciudadanos que hayan sido excluidos por no gozar de sus derechos ciudadanos, pero cuya sanción se hubiera cumplido.
c. Los menores de edad que no hayan sido incluidos en el Padrón Electoral Preliminar.
d. Los ciudadanos que hayan sido reubicados como producto de la creación de nuevos corregimientos.
El Tribunal Electoral corregirá de oficio los errores u omisiones que detecte.
Las impugnaciones se tramitarán ante los juzgados administrativos electorales, por intermedio de abogado, mediante el procedimiento sumario especial reglamentado en este Decreto con fundamento en el artículo 30 del Código Electoral, mientras que las reclamaciones podrán hacerse directamente por el ciudadano afectado ante la DNOE.
El martes 31 de enero de 2023 es la fecha de cierre del padrón electoral de los partidos políticos para efecto de los procesos de primarias.
El miercoles 1 de febrero 1 de 2023 es la convocatoria y apertura de los procesos internos partidarios para la escogencia de sus candidatos a cargos de elección popular. En esta fecha, todos los partidos políticos deberán convocar a sus procesos internos partidarios paraescoger a sus candidatos a cargos de elección popular; ya sea por primaria u otro proceso interno partidario.
Del 1 de febrero al sábado 4 de mayo de 2024 es el periodo que tienen los partidos políticos para la presentación de los gastos incurridos con el 70 % del fi nanciamiento público preelectoral. En este periodo, los partidos políticos deberán presentar la documentación que sustenta los gastos de propaganda electoral, que corresponden al 70 % del fi nanciamiento público preelectoral.
Ya para el miércoles 1 de febrerp de 2023 al domingo 5 de mayo de 2024 se prohibe participar en eventos de inauguración de obras públicas o en actividades financiadas con fondos públicos para los precandidatos y candidatos de partidos políticos.
En este periodo, todos los precandidatos y candidatos de partidos políticos tienen prohibido participar en eventos de inauguración de obras públicas, o en actividades fi nanciadas con fondos públicos, que incluye las obras fi nanciadas por el Estado bajo la modalidad de llave en mano; y de hacerlo, será inhabilitado conforme al procedimiento establecido en el artículo 35 del Código Electoral.
Los partidos políticos tienen del 1 de febrero de 2023 al 4 de jnuo de 2024 para presentar el informe de los gastos incurridos con el 30 % del financiamiento público preelectoral. En este periodo, los partidos políticos deberán presentar la documentación que sustenta los otros gastos de campaña que corresponden al 30 % del fi nanciamiento público preelectoral.
El miércoles 1 de marzo de 2023 es la fecha de registro de apoderados de los partidos políticos que participarán en la Elección General del 5 de mayo de 2024. Último día para que los partidos políticos registren en la Secretaría General del Tribunal Electoral el nombre, domicilio y demás generales del apoderado judicial que asumirá su representación en los
procesos de impugnación de postulaciones y proclamaciones. Los apoderados judiciales deberán contar con una dirección física en la ciudad de Panamá, sede de la Secretaría General del Tribunal Electoral, para recibir las notifi caciones que correspondan; sin perjuicio de que, en adición, se puedan acreditar apoderados judiciales en las Direcciones Regionales de Organización Electoral para apoyar en los trámites pertinentes.
El viernes 3 de marzo de 2023 es el último día para que los partidos políticos comuniquen al Tribunal Electoral su decisión de participar en el proceso electoral y de recibir el fi nanciamiento público preelectoral
Para el viernes 5 de mayo de 2023 Tribunal Electoral coordinará con el Sistema Penitenciario para iniciar un proceso gradual para cedular gratuitamente a los ciudadanos que se encuentren privados de libertad en los centros penitenciarios.
Del jueves 1 de junio al lunes 31 de julio de 2023 es el periodo que tienen los partidos políticos para escoger a sus candidatos a cargos de elección popular, a través de elecciones primarias
Del periodo que comprende viernes 2 de junio al mediodía hasta el 31 de julio de 2023 los precandidatos por libre postulación pueden hacer precampaña. En este periodo, los precandidatos por libre postulación tendrán como tope de ingresos y gastos un tercio del tope establecido para la campaña, del cual hasta un tercio podrá ser utilizado en propaganda electoral.
Del sábado 1 al lunes 31 de julio de 2023 los partidos políticos para escoger sus candidatos a cargos de elección popular a través de eventos partidarios distintos a las primarias. Periodo que tienen los candidatos por libre postulación para completar sus nóminas, designando a sus suplentes para los diferentes cargos de elección, con excepción de la nómina presidencial; salvo que al momento de solicitar su reconocimiento lo haya escogido.
El miércoles 5 de julio de 2023 es el último día para realizar las inclusiones al Padrón Electoral Preliminar.
Para el jueves 20 de julio de 2023 es el último día para la publicación en el Boletín Electoral de la totalidad de las inclusiones realizadas entre el 6 de enero y el 5 de julio de 2023.
Ya el lunes 31 de julio de 2023 al mediodía (12:00 m.), concluye la recolección de firmas de respaldo por parte de los precandidatos por libre postulación. Último día para que los partidos políticos escojan a sus candidatos a cargos de elección popular a través de primarias u otros eventos partidarios. También último día para presentar a los candidatos suplentes para los diferentes cargos de elección.
Además se publicará la cantidad de firmas de respaldo que obtuvo cada uno de los precandidatos por libre postulación. Al final de este día, la DNOE publicará en un Boletín Electoral especial la cantidad de fi rmas de respaldo que obtuvo cada uno de los precandidatos por libre postulación a todos los cargos de elección popular, y los tres (3) que más fi rmas tengan, quedarán reconocidos como postulados para la Elección General. Esta publicación se hará por circunscripción, cargo y orden descendente de fi rmas, a efecto de que se puedan presentar las impugnaciones conforme al punto siguiente.
El mares 1 al jueves 3 de agosto de 2023 es el periodo para impugnar a los precandidatos por libre postulación por razón del requisito del tiempo de residencia electoral si no tiene el tiempo requerido. Periodo para impugnar ante los juzgados administrativos electorales, solo por razón del requisito de residencia del precandidato, si no tiene el tiempo requerido por razón del cargo al que aspira. Pueden impugnar el fiscal administrativo electoral, cualquier ciudadano, partido político, candidato o quien los represente.
Del martes 1 al martes 15 de agosto de 2023 es el periodo para la entrega y publicación del informe fi nal de ingresos y gastos de los precandidatos por libre postulación. Periodo en el cual los precandidatos por libre postulación, sin excepción, deberán presentar su informe de ingresos y gastos de fi nanciamiento privado relacionado con su proceso de recolección de fi rmas. De no presentarlo se procederá con la sanción establecida en los artículos 558 y 559 del Código Electoral, y se concederá una prórroga hasta el 30 de agosto de 2023 para la entrega del informe. De no
presentarlo en esta prórroga, la DNOE procederá a reconocer como candidato al siguiente precandidato que más firmas de respaldo le hayan sido reconocidas y que presentó oportunamente el informe de ingresos y gastos.
Este informe deberá ser presentado a la Dirección de Fiscalización de Financiamiento Político del Tribunal Electoral (DIFFPOL) en el formato aprobado por ésta, aun cuando el precandidato haya sufragado su recolección de fi rmas con sus propios medios. Dicha dirección publicará en la página electrónica del Tribunal los informes en la medida en que sean entregados por los precandidatos.
El exceso en el tope de ingresos y gastos es causal de impugnación a la postulación ante los juzgados administrativos electorales, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación del informe de ingresos y gastos del precandidato en la página electrónica del Tribunal Electoral, ya sea que el informe se haya presentado dentro de este periodo o dentro de la prórroga que vence el 30 de agosto de 2023, tal y como lo prescribe el artículo 365 del Código Electoral.
Del marte 1 al jueves 31 de agosto de 2023 se dará impugnación a las inclusiones y reclamaciones a las omisiones de inclusiones hechas entre el 6 de enero hasta el 5 de julio de 2023
Periodo dentro del cual se podrá:
1. Impugnar las inclusiones realizadas entre el 6 de enero y el 5 de julio de 2023, de:
a. Nuevos ciudadanos registrados en un corregimiento donde no residan.
b. Los ciudadanos que no gocen plenamente de sus derechos ciudadanos.
c. Los ciudadanos que estén en interdicción judicial.
d. Los ciudadanos que tengan suspendidos sus derechos ciudadanos.
e. Los ciudadanos que fueron reinscritos en el Padrón Electoral, según lo dispuesto en el artículo 25 del Código Electoral.
2. Reclamar las omisiones de inclusiones efectuadas entre el 6 de enero y el 5 de julio de 2023 y que no hayan aparecido en la publicación del Tribunal Electoral del 20 de julio de 2023.
El Tribunal Electoral podrá corregir de ofi cio los errores u omisiones que detecte. Las impugnaciones se tramitarán ante los juzgados administrativos electorales, por intermedio de
abogado, mediante procedimiento sumario, mientras que las reclamaciones podrán hacerse directamente por el ciudadano afectado ante la DNOE.
El sábado 5 de agosto de 2023 es el último día para impugnar las firmas de respaldo a los precandidatos por libre postulación, ante los juzgados administrativos electorales, por las causales que establece el artículo 395 del Código Electoral. La impugnación se puede hacer desde el inicio del proceso de recolección de fi rmas del precandidato que se desea impugnar.
Pueden impugnar el fiscal administrativo electoral, cualquier ciudadano, partido político, candidato o representante de éstos.
El miércoles 30 de agosto de 2023 es el último día de la prórroga contemplada para la entrega de los informes de ingresos y gastos por parte de los precandidatos por libre postulación.
El viernes 1 al sábado 30 de septiembre 2023 es el periodo que tienen los partidos políticos para formalizar ante el Tribunal Electoral sus alianzas electorales. En el memorial en el que se formalicen las alianzas, los partidos políticos deberán cumplir con los requisitos establecidos en el último párrafo del artículo 124 del Código Electoral.
Del viernes 1 de septiembre al martes 31 de octubre de 2023 es el periodo dentro del cual la DNOE anunciará la fecha del sorteo de posiciones para loscandidatos por libre postulación con cinco días calendario de anticipación
Periodo para que los candidatos principales postulados por los partidos políticos entreguen la fotografía con la que desean aparecer en la boleta única de votación. En este periodo los candidatos principales postulados por los partidos políticos deberán entregar al Tribunal Electoral la fotografía con la que desean aparecer en la boleta única de votación. De no hacerlo, el Tribunal Electoral utilizará la fotografía del ciudadano que aparezca en la base de datos de Cedulación.
El sábado 30 de septiembre de 2023 es el último día que tienen los partidos políticos para formalizar ante el Tribunal Electoral sus alianzas electorales
Del domingo 1 de octubre hasta las 11:59 p.m. del domingo 29 de octubre de 2023 es el periodo que tendrán los partidos políticos para hacer sus últimas postulaciones a través del módulo informático. Periodo en el que los partidos políticos podrán acceder, desde sus sedes, al módulo informático del Tribunal Electoral para presentar las postulaciones por los casos excepcionales establecidos en los numerales 1, 2 (literal c) y 3 del artículo 359 del Código Electoral.
El domingo 1 de octubre hasta las 10 a.m. del martes 31 de cotubre de 2023 es el periodo que tendrán los partidos políticos para hacer sus últimas postulaciones en papel. Periodo en el que los partidos políticos podrán presentar ante el Tribunal Electoral las postulaciones en papel por los casos excepcionales establecidos en el artículo 359 del Código Electoral.
Además es el periodo para que los partidos políticos y los candidatos presidenciales por libre postulación formalicen ante el Tribunal Electoral su lista de candidatos principales y suplentes al cargo de diputado al Parlacen.
Los funcionarios públicos que ocupen los cargos identifi cados en el artículo 33 del Código Electoral o equivalentes, que sean postulados en este periodo y al amparo de la norma aquí indicada, deberán renunciar a más tardar el día en que sean postulados.
El domingo 29 de octubre de 2023 29 hasta las 11.59 p.m. de este día, los partidos políticos podrán hacer sus últimas postulaciones a través del módulo informático.
El martes 31 de octubre de 2023 hasta las 10:00 a.m. de este día, los partidos políticos podrán hacer sus últimas postulaciones en papel. Publicación en el Boletín Electoral del nombre de los candidatos proclamados en las primarias y demás eventos internos partidarios, así como los casos previstos en el artículo 359 del Código Electoral.
En este día, el Tribunal Electoral publicará un aviso en el Boletín Electoral que contendrá el nombre de los candidatos proclamados en las primarias y demás eventos internos partidarios, así como los casos previstos en el artículo 359 del Código Electoral, para que los fi scales administrativos electorales, cualquier ciudadano o partido político puedan presentar impugnaciones ante los juzgados administrativos electorales, dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación.
El lunes 6 de noviembre de 2023, a partir de esta fecha, el Ministerio de Gobierno a través de la Dirección General del Sistema Penitenciario, debe remitir mensualmente al Tribunal Electoral las estadísticas de ciudadanos privados de libertad en centros penitenciarios, así como la cantidad de funcionarios asignados a dichos centros. Entrega de listado de posibles electores en centros especiales (hospitales y centros de atención al adulto mayor). Fecha en que los directores de los hospitales y centros de atención al adulto mayor, que califi quen para la votación especial, remitirán al Tribunal Electoral, preferiblemente por correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected]., la información sobre la cantidad de camas que tiene cada hospital y centro, cuántas están ocupadas, así como del personal administrativo que labora regularmente en el turno diurno del domingo.
Además publicación en el Boletín Electoral de los integrantes de la Junta Nacionalde Escrutinio (JNE) designados por el Tribunal Electoral.
Del martes 7 de noviembre al miércoles 8 de 2023, es el periodo para que los designados por el Tribunal Electoral, para integrar la JNE, manifi esten si tienen algún impedimento basado en alguna de las causales contempladas en el artículo 160 del Código Electoral.
El jueves 9 de noviembre de 2023 es el último día para que los candidatos principales postulados por los partidos políticos entreguen la fotografía con la que desean aparecer en la boleta única de votación
Del jueves 9 de noviembre de 2023 al jueves 25 de abril de 2024 es el periodo para que los interesados puedan impugnar, ante la DNOE, la designación de cualquiera de los miembros designados por el Tribunal Electoral para integrar la JNE, con fundamento en las causales contempladas en el artículo 160 del Código Electoral.
El miércoles 15 de noviembre de 2023 es el día en que el magistrado presidente juramentará ante el Pleno, a los miembros de la JNE designados por el Tribunal Electoral.
Para el miércoles 6 de diciembre de 2023 el Tribunal Electoral publicará en el Boletín Electoral, la lista de los centros y hospitales que califican para instalar mesas especiales.
El viernes 15 de diciembre de 2023 es el último día para el registro de electores para el voto adelantado por internet en el RERE y REVA, solo para el cargo de presidente de la República.
Para el miércoles 27 de diciembre de 2023 es el último día para que los electores hagan reclamaciones sobre su registro para el voto adelantado por internet en el RERE y REVA.
El domingo 31 de diciembre de 2023 el Tribunal Electoral excluirá del Padrón Electoral Final a las personas fallecidas al 31 de diciembre de 2023 y a quienes tengan suspendidos sus derechos ciudadanos por sentencia ejecutoriada, siempre que las pruebas respectivas sean recibidas oportunamente en el Tribunal Electoral. También se excluirán del Padrón Electoral Final, a todas las personas que se hayan inscrito en el REVA y en el RERE.
El martes 2 de enero de 2024 es el último día para terminar de publicar en el Boletín Electoral y en un periódico de circulación nacional, la lista de las nóminas de candidatos que están en fi rme
para todos los cargos de elección popular.
Para el miércoles 10 de enero de 2024 es el último día para publicar en el Boletín Electoral el monto del fi nanciamiento público preelectoral que le corresponde a cada candidato por libre postulación
El lunes 15 de enero de 2024 es el día en que se celebrará el sorteo del orden de participación de los partidos políticos y candidatos por libre postulación, en los espacios que debe ofrecer SERTV para estos fi nes. El acto se hará a las 10:00 a.m. en la sede del Tribunal Electoral.
Del sábado 3 de febrero al jueves 2 de mayo de 2024 es el periodo en el que se puede llevar a cabo la campaña electoral, que incluye la propaganda electoral y demás actividades de promoción del candidato o partido político.
El lunes 5 de febrero de 2024 es el último día para la publicación del Padrón Electoral Final en el Boletín Electoral (fotográfico, que incluye la lista fi nal de electores inscritos en el RERE y REVA). A los partidos políticos se les entregará en medio digital por circunscripción, centro de votación y mesa. A los candidatos por libre postulación se les entregará, en medio digital, la misma información que a los partidos políticos, pero limitada a su circunscripción.
En el Padrón Electoral Final se establecerá el número defi nitivo de electores y mesas en donde deben sufragar los ciudadanos. Esta información estará disponible para consulta en la página web del Tribunal Electoral.
También es el último día para que los ministerios y entidades autónomas y semiautónomas, entreguen al Tribunal Electoral el inventario de su equipo de transporte terrestre, marítimo y aéreo, segregado por provincia, comarca y distrito donde tienen su base, y la condición física en que se encuentra cada unidad, así como la lista de sus conductores.
Termina la propaganda o publicidad estatal nacional y local. A partir de esta fecha y de conformidad con el artículo 277 del Código Electoral, queda prohibida la propaganda o publicidad estatal y de gobiernos locales, y la de los contratistas del Estado en los ámbitos nacional y local, en los medios de difusión privados y estatales, salvo las excepciones contenidas en el Código Electoral.Esta prohibición incluye las vallas existentes por lo que las entidades públicas nacionales y locales deberán retirar o hacer retirar, a más tardar a la medianoche del lunes 4 de febrero de 2024, las vallas y publicidad fi ja que se encuentre instalada.
Publicación en la página web del Tribunal Electoral de los siguientes códigos fuente: a) Aplicación del Sistema de Trasmisión Extraofi cial de Resultados (TER); y b) Voto electrónico.
Entrega del código fuente del voto por Internet (voto adelantado) a la comisión de informática de los partidos políticos y a los representantes técnicos de los candidatos presidenciales por libre postulación. Publicación del manual actualizado con todos los procedimientos aplicables al sistema del TER
El miércoles 14 de febrero de 2024 es el primer debate televisado de los candidatos presidenciales, en cadena nacional.
Del lunes 19 de febrero al viernes 8 de marzo de 2014 es el periodo en que se llevará a cabo la capacitación a los componentes de la Fuerza Pública sobre materia electoral.
El miércoles 13 de marzo de 2024 es la fecha del segundo debate televisado, entre los candidatos presidenciales, en cadena nacional. Además integración de las corporaciones electores para el RERE y REVA. En esta fecha el Tribunal Electoral publicará en el Boletín Electoral los integrantes de las corporaciones electorales del RERE y REVA.
Para esta misma fecha, los partidos políticos y los candidatos presidenciales por libre postulación deben nsuministrar los nombres y números de cédula de identidad personal de sus representantes en estas corporaciones electorales (mesas de votación y junta especial de escrutinio). Los partidos políticos preferentemente presentarán las acreditaciones en el módulo informático del Tribunal Electoral; y losm candidatos presidenciales por libre postulación, mediante nota.
Del jueves 14 al viernes 15 demarzo de 2024 es el periodo para que los designados por el Tribunal Electoral para integrar las corporaciones electorales del RERE y REVA manifi esten si tienen algún impedimento con base en alguna de las causales establecidas en el artículo 160 del Código Electoral.
En el periodo del sábado 16 de marzo al jueves15 de abril de 2024 es el lapso para que los interesados puedan impugnar la designación de cualquiera de los miembros designados por el Tribunal Electoral para integrar las corporaciones electorales del RERE y REVA ante la DNOE, con fundamento en las causales contempladas en el artículo 160 del Código Electoral.
El martes 19 de marzo de 2024 , es a partir de esta fecha que se se tiene para designar a los representantes que integrarán la JNE. Los partidos políticos preferentemente presentarán
las acreditaciones en el módulo informático del Tribunal Electoral; y los candidatos presidenciales por libre postulación, mediante nota.
El lunes 25 de marzo de 2024, para esta fecha, las mesas de votación del RERE y REVA se instalarán para el acto formal de verifi cación de las aplicaciones en los servidores de autenticación, almacenamiento y respaldo de la aplicación de voto por internet.
El martes 26 de marzo de 2024 es el día en que los directores regionales del Tribunal Electoral comunicarán a los respectivos directores provinciales y regionales de los ministerios y entidades autónomas y semiautónomas, los medios de transporte que necesitan (terrestre, marítimo y aéreo), y con sus respectivos conductores, a fi n de que sean proporcionados en el lugar, día y hora indicados.
El domingo 31 de marzo de 2024 hasta la medianoche de este día, los partidos políticos y los candidatos por libre postulación tendrán para suministrar los nombres y números de cédula de identidad personal de sus representantes en las restantes corporaciones electorales (mesas de votación, enlace en los centros de votación y juntas de escrutinio). Los partidos políticos preferentemente presentarán las acreditaciones en el módulo informático del Tribunal Electoral; y los candidatos por libre postulación, mediante nota.
Después de esta fecha, el Tribunal Electoral no garantiza la expedición de las respectivas credenciales.El día de la elección no se expedirán credenciales. Hasta esta fecha, los partidos políticos y candidatos por libre postulación podrán modificar las acreditaciones previamente hechas.
El viernes 5 de abril de 2024 es el último día para que los partidos políticos postulen el reemplazo de algún candidato que haya fallecido. Publicación de la ubicación de las sedes de las juntas de escrutinio. Último día para publicar en el Boletín Electoral la ubicación de las juntas de escrutinio, con excepción de la JNE cuya sede será el Parlamento Latinoamericano y Caribeño (Parlatino).
También Publicación de los nombres de los ciudadanos designados por el Tribunal Electoral para integrar las restantes mesas de votación. Último día para que la DNOE publique en el Boletín Electoral la lista de los integrantes (nombres con número de cédula de identidad personal) de las restantes mesas de votación, incluyendo sus reservas a nivel de cada ofi cina regional del Tribunal Electoral. Centro de Información “verifícaTE”
A partir de esta fecha y hasta el 5 de mayo de 2024, las llamadas al Centro de Información del Tribunal Electoral (verifícaTE) serán gratuitas desde los teléfonos celulares, por mandato del artículo 202 del Código Electoral.
Emisión del listado con fotografía de los electores de centros especiales para su distribución a los partidos políticos y a los candidatos presidenciales por libre postulación.
Para esta fecha se emitirá el listado con fotografía de los electores recluidos en centros penitenciarios, centros de atención al adulto mayor y hospitales, para su distribución a los partidos políticos y a los candidatos presidenciales por libre postulación.
Del sábado 6 al domingo 7 de abril de 2024 es el periodo para que los designados por el Tribunal Electoral para integrar las restantes mesas de votación, manifiesten si tienen algún impedimento basado en alguna de las causales contempladas en el artículo 160 del Código Electoral.
Del lunes 8 al lunes 25 de abril de 2024, es el periodo para que los interesados puedan impugnar la designación de cualquiera de los miembros designados por el Tribunal Electoral para integrar las restantes mesas de votación ante la DNOE, con fundamento en las causales contempladas en el artículo 160 del Código Electoral.
El miércoles 17 de abril de 2024 es la fecha del tercer debate televisado entre los candidatos presidenciales, en cadena nacional.
El sábado 20 de abril de 2024 es el último día para que se publique en el Boletín Electoral los nombres de los ciudadanos designados en las demás juntas de escrutinio: circuitales para presidente y para diputados, distritales y comunales. A los partidos políticos y candidatos por libre postulación se les entregará la lista en medio digital.
Del domingo 21 al lunes 22 de abril de 2024 es el p eriodo para que los designados por el Tribunal Electoral para integrar las demás juntas de escrutinio: circuitales para presidente y para diputados, distritales y comunales, manifi esten si tienen algún impedimento basado en alguna de las causales contempladas en el artículo 160 del Código Electoral.
Del martes 23 al jueves 25 de abril de 2024 es el periodo para que los interesados puedan impugnar la designación de cualquiera de los miembros designados por el Tribunal Electoral para integrar las demás juntas de escrutinio: circuitales para presidente y para diputados, distritales y comunales, ante la DNOE, con fundamento en las causales contempladas en el artículo 160 del Código Electoral. Acreditación de los representantes en los centros de captación de resultados extraoficiales. Además último día para que los candidatos presidenciales acrediten a sus representantes en los centros de captación de resultados extraofi ciales.
Del martes 23 de abril al jueves 2 de mayo de 2024 es el periodo de votación adelantada por internet para el cargo de presidente de la República tanto para los panameños residentes en el extranjero inscritos en el RERE, como para los demás ciudadanos que se hayan inscrito en el REVA. La votación adelantada por internet se ejercerá desde la 00:01 horas del martes 23 de abril hasta las 11:59 p.m. del jueves 2 de mayo de 2024 (hora de Panamá).
El sábado 27 de abril de 2024 es el día en el cual los ministerios, entidades autónomas y semiautónomas deberán poner a disposición del Tribunal Electoral su equipo de transporte terrestre, marítimo y aéreo y cualquier otro medio de transporte que sea necesario, así como sus conductores, para trasladar personas y materiales electorales, con sus respectivos equipos de comunicación, operadores y conductores, hasta tres (3) días después del día de la elección.
Para el lunes 29 de abril de 2024 es el día en que el Órgano Ejecutivo pondrá a órdenes del Tribunal Electoral, y hasta que quede en firme la proclamación del presidente electo de la República, todos los componentes de la Fuerza Pública, integrada por la Policía Nacional, Servicio Nacional Aeronaval (Senan), Servicio Nacional de Fronteras (Senafront) y el Servicio de Protección Institucional (SPI).
Del 1 al 7 de mayo de 2024 es el periodo eriodo en el que se suspenderán los trámites en las ofi cinas de Cedulación, Registro Civil y Organización Electoral en todo el país, exceptuando la entrega de cédulas de identidad personal previamente solicitadas, las cuales se entregarán hasta el sábado 4 de mayo.
Para el jueves 2 de mayo hasta las 11:59 p.m. de este día quedan permitidas las siguientes actividades:
1. Divulgación de propaganda electoral en cualquier medio de difusión.
2. Repartir propaganda impresa y artículos promocionales.
3. Las manifestaciones públicas, mítines, caravanas, concentraciones y toda clase de
propaganda con o sin altavoces para hacer proselitismo con fi nes electorales.
4. Transmitir los programas de los partidos políticos y candidatos en SERTV.
5. Publicar y divulgar en cualquier medio de difusión estudios de opinión (encuestas o sondeos)
formales o informales, relativos a las elecciones del 5 de mayo de 2024.
6. Ejercicio del sufragio por Internet, de los electores inscritos en el RERE y REVA.
El viernes 3 de mayo se descarga y resguardo de los votos emitidos por internet por los electores inscritos en el RERE y REVA. Para esta fecha, se llevará a cabo el proceso de descarga de los votos emitidos por internet por los electores inscritos en el RERE y REVA, y de su resguardo en medios magnéticos seguros.
del viernes 3 al lunes 6 de mayo de 2024 es el periodo de reflexión es desde la 00:01 horas del viernes 3 de mayo hasta el mediodía (12:00 m.) del
lunes 6 de mayo de 2024.
Del viernes 3 al martes 7 de mayo de 2024 Desde las 6:00 p.m. del viernes 3 de mayo hasta el martes 7 de mayo de 2024, se suspenden los servicios externos de cedulación y registro civil que se brindan a entidades públicas y privadas, incluyendo los servicios de cedulación que se ofrecen a través de los consulados en el exterior.
El sábado 4 de mayo de 2024, en todas las oficinas del Tribunal Electoral a nivel nacional, hasta las 4:00 p.m. del sábado 4 de mayo, se estará brindando el servicio de entrega de cédulas de identidad personal previamente solicitadas. Último día para que los partidos políticos presenten la documentación de los gastos incurridos con el 70 % del fi nanciamiento público preelectoral
Del sábado 4 al lunes 6 de mayo de 2024, desde el mediodía (12:00 m.) del sábado 4 de mayo hasta el mediodía (12:00 m.) del lunes 6 de mayo, cerrarán todas las cantinas, bodegas, centros nocturnos de diversión, salones de baile y demás lugares de expendio de bebidas alcohólicas; y se prohíbe su venta, obsequio, traspaso, uso y consumo. Esta restricción de expendio y consumo de bebidas alcohólicas incluye a las celebraciones de matrimonios y cualquier otro evento social; así como a los casinos. Se exceptúa de esta prohibición el consumo por los extranjeros en los hoteles donde estén hospedados.
Y el domingo 5 de mayo de 2024 es la celebración de la Elección General para elegir presidente y vicepresidente de la República,diputados al Parlacen, diputados a la Asamblea Nacional, alcaldes, representantes de corregimiento y concejales, con sus respectivos suplentes
1. A las 6:00 a.m. se instalarán todas las mesas de votación.
2. A las 7:00 a.m. se dará inicio a la votación.
3. A las 2:00 p.m. se instalarán las juntas de escrutinio.
4. A las 4:00 p.m. se cerrará la votación; no obstante, se permitirá votar a todos los electores que se encuentren en la fi la y a los miembros de la mesa respectiva, incluyendo a los representantes de los partidos políticos y de los candidatos por libre postulación; así como otras personas habilitadas por el artículo 8 del Código Electoral, siempre que no hubieren votado en la mesa donde les corresponde según el Padrón Electoral, en cuyo caso votarán solo para presidente y vicepresidente de la República.
Los miembros de mesa que estuvieren en el Padrón de la mesa donde trabajan, podrán votar por todos los cargos, pero deberán hacerlo durante el curso del día. De no aparecer
en el padrón de la mesa donde trabajan, podrán votar en esta solamente para presidente y vicepresidente de la República, agregándose al padrón al fi nal de la votación.
Los miembros de las juntas de escrutinio podrán votar para todos los cargos en la mesa que aparecen como electores; y solamente para presidente y vicepresidente de la República en
alguna de las mesas de votación dentro de la circunscripción de la junta de escrutinio a la cual pertenece agregándose al padrón al fi nal de la votación.
5. A partir de las 7:00 p.m. se permitirá la divulgación de los resultados de las encuestas de
opinión realizadas a la salida de los centros de votación (exit polls) y debidamente autorizadas
por el Tribunal Electoral.
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