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Política / Veto parcial a proyecto de acceso público a desfibriladores

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Órgano Ejecutivo / Panamá / Proyecto de ley / Veto

Panamá

Veto parcial a proyecto de acceso público a desfibriladores

Actualizado 2022/12/26 11:15:06
  • Francisco Paz
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Contradicciones por algunos términos, llevaron al presidente Laurentino Cortizo a objetar en forma parcial este proyecto que lo considera positivo.

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La alta tasa de ataques cardíacos motivó ampliar la cobertura de estos dispositivos, regulados por una ley de 2019. Foto ilustrativa

La alta tasa de ataques cardíacos motivó ampliar la cobertura de estos dispositivos, regulados por una ley de 2019. Foto ilustrativa

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El proyecto de ley que buscaba hacer más accesible el uso de desfibriladores en lugares públicos de gran concentración fue objeto de un veto parcial por parte del presidente Laurentino Cortizo.

El documento buscaba instalar estos dispositivos de resucitación cardíaca en más lugares que los dispuestos en la Ley 73 de 2019.

Por ejemplo, en terminales de transporte, centros comerciales grandes, hoteles, estadios, locales de espectáculos, centros deportivos, cárceles, escuelas de más de 500 estudiantes e instituciones públicas y privadas con aforo similar, se deben ubicar dos desfibriladores automáticos externos.

También, incluye a aeronaves, trenes o embarcaciones con capacidad igual o superior a cien pasajeros, que deberán contar con un desfibrilador, como mínimo.

Este punto fue uno de los objetados por el mandatario, debido a que presenta una incongruencia con lo dispuesto en la ley a modificar que fija la capacidad de estos medios de transporte en 80 pasajeros.

VEA TAMBIÉN: Armadores advierten sobre privatización del sector marítimo

Por otra parte, el mandatario no coincidió con un término establecido en el glosario del proyecto que define el término “Personal Lego”.

Según Cortizo, no coincide con la de la Real Academia Española que la utiliza para designar a una persona que no tiene instrucción ni conocimiento sobre una materia, sin embargo, en el proyecto 747 lo extiende a personas que teniendo conocimiento o no en el manejo y uso del desfibrilador, no tiene ningún vínculo en temas de emergencias médicas.

De acuerdo con el mandatario, si el propósito de la norma es ampliar el acceso público a la desfibrilación, la definición propuesta lo que prioriza es el vínculo de la persona con temas de emergencias médicas.

Estas fueron las observaciones realizadas por el presidente, quien reconoce que la iniciativa legislativa contiene elementos que mejoran la normativa vigente, como las nuevas responsabilidades para el organizador de eventos masivos de ubicar un desfibrilador externo cada cuatrocientos metros y disponer de un servicio de ambulancias.

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