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Sociedad / Cláusulas abusivas superan los $4 millones, según Acodeco

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Acodeco / Consumo / Derecho / Economía / Quejas

Panamá

Cláusulas abusivas superan los $4 millones, según Acodeco

Actualizado 2025/04/15 17:48:13
  • Francisco Rodríguez Morán / [email protected]

Al firmar un contrato es importante fijarse en la denominada «letra chica», si su tamaño impide su lectura no debe firmarlo.

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Sede de la Acodeco. Foto. Cortesía.

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La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) recibió  98 reclamos por cláusulas abusivas, siendo el motivo más alto en suma de dinero, expuesto por los consumidores por un monto $4,034,217.36.

La entidad registró 245 casos por resolución de contrato por una suma de $70,862.40; 114 quejas por rescindir contrato por $23,714.98; 98 casos por incumplimiento de contratos $3,139,543.59; anulación, 8 por $4,572.60; y aclaración, 7 por $361,865.00.

La Ley 45 de 31 de octubre de 2007, que dicta normas sobre Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, en su artículo 40 establece que las cláusulas abusivas son nulas en los contratos de adhesión, y, por tanto, no obligan a los consumidores, las estipulaciones que impliquen renuncia o disminución de un derecho reconocido en esta ley a favor de los consumidores.  

Mientras que el artículo 36 de esta legislación, sobre las obligaciones de los proveedores, se indica entre otras cosas, que será nulo el contrato que estuviera firmado por el consumidor con espacios en blanco ya que pueden ser llenados y utilizados para perjuicios del consumidor; lo mismo ocurre con los documentos accesorios al contrato (adendas, pagarés) en blanco que puedan ser llenados posteriormente y en términos distintos a los pactados inicialmente por el consumidor.

Cabe destacar, que un contrato de adhesión, siempre debe estar firmado por ambas partes, para que sea válido.  Al consumidor siempre se le debe suministrar una copia del contrato que ha firmado. 

Son abusivos los contratos que incrementen el precio por servicios y manifiesten recargos sin conocimiento de las partes.  

Debe estar escrito y redactado de modo legible. Al firmar un contrato, es importante fijarse en la denominada «letra chica», si su tamaño impide su lectura no debe firmarlo.

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