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Código minero necesita una reestructuración integral, señala Camipa

El presidente de Camipa, Severo Sousa, coincide con los diputados en que el código minero ha quedado desfasado.

Vivian Jiménez | vjimenez@epasa.com | @PanamaAmerica - Publicado:

La disposición se aplicará a todas las nuevas solicitudes de concesión de minerales no metálicos. Cortesía

Una reforma integral que tome en cuenta a todos los sectores involucrados es la sugerencia de la Cámara Minera de Panamá (Camipa) a la Asamblea Nacional para regular la actividad en el país; esto con referencia al proyecto de ley No. 579, cuyo objetivo es normar y actualizar las áreas en las que no se pueden otorgar concesiones de minería no metálica, una disposición que el gremio considera atiende un tema en particular, obviando su contexto global.

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El presidente de Camipa, Severo Sousa, coincide con los diputados en que el código minero ha quedado desfasado; se creó hace más de 50 años, por lo tanto, requiere actualización. Sin embargo, proponer cambios a un artículo en particular, tomando como base un problema individual, es "parchar" la normativa sin atacar el problema de raíz.

Mencionó que es importante evaluar quién será el ente rector de la industria porque actualmente quien realiza este rol es el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) a través del Departamento de Recursos Minerales, pero no cuenta con la suficiente estructura; por ello, se ha propuesto la creación de una autoridad o ministerio con mayor estabilidad para fiscalizar la actividad.

Los parámetros para las explotaciones y concesiones también deben ser evaluados, estableciendo una clara diferenciación entre ambas, ya que suelen confundirse, olvidando que, aunque el área de concesión sea grande, las zonas de explotación pueden ser más pequeñas dependiendo de dónde se encuentre el mineral.

"Hay que tomar en cuenta que uno no decide dónde va a extraer; el mineral está en equis lugar porque la naturaleza así lo designó. Entonces hay que tener un poco más de concordancia entre las limitaciones que se le pongan de distancia a las poblaciones o a los centros turísticos; la decisión de si se explota o no tiene que ser más técnica", explicó Sousa. 

Otros aspectos importantes a tomar en cuenta son la preparación de quienes conformen el ente regulador y la forma de calcular y desembolsar las regalías de estas concesiones.

Sousa lamentó que la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos no haya creado una subcomisión técnica para analizar el tema a profundidad y, en su lugar, enviara el proyecto a segundo debate; no obstante, seguirá pendiente de su discusión para construir un marco teórico cónsono con las necesidades de la industria.

El ministro de Comercio e Industrias, Julio Moltó, también puso a disposición de los diputados el equipo legal y el Departamento de Recursos Minerales de la entidad para estudiar con detenimiento los cambios propuestos en beneficio de ambas partes.

El proyecto de ley No. 579 establece que serán áreas de reserva las ubicadas a menos de dos kilómetros de casas, viviendas y barriadas habitadas, y a menos de un kilómetro, medido en línea recta, de escuelas, centros médicos, iglesias y centros culturales.

Tampoco se darán en concesión los espacios dentro de lugares turísticos, a menos de dos kilómetros de carreteras, poblados y tres kilómetros de autopistas. 

Esta disposición se aplicará a todas las nuevas solicitudes de concesión y prórrogas, renovación o extensión de contratos de minerales no metálicos presentadas al MICI.
 

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