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Extienden hasta enero de 2023 márgenes de comercialización de productos usados en pandemia

La Acodeco recomienda que la medida que vence el 3 de julio de 2022 fuera prorrogada por seis meses adicionales.

Miriam Lasso - Actualizado:

La Acodeco recomendó que la medida que vence el 3 de julio de 2022 fuera prorrogada por seis meses adicionales. Foto: Archivos

En medio del debate sobre la continuidad del uso de la mascarilla, el Ministerio de Comercio e Industria (Mici) prorrogó hasta enero de 2023 el margen de comercialización de mascarillas y otros artículos con motivo de la pandemia de la covid-19.

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El Decreto Ejecutivo No. 12 de 27 de junio de 2022, publicado en Gaceta Oficial, sostiene que el Ministerio de Salud (Minsa) estimó necesario mantener las medidas de mitigación de la enfermedad contagiosa de la covid-19, por que la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia considera que los productos  regulados continuarán teniendo alta demanda en la población.

La Acodeco recomendó que la medida que vence el 3 de julio de 2022 fuera prorrogada por seis meses adicionales.

A través del Decreto Ejecutivo No. 162 de 23 de junio de 2020, se modificó el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 114 de 2020, reformado por el Decreto Ejecutivo No. 152 de 13 mayo de 2020, estableció de manera temporal, en 15% por unidad, el porcentaje de margen bruto máximo sobre el precio de venta, en el comercio al por menor a nivel nacional de las mascarillas desechables.

En el resto de los artículos de aseo personal, limpieza y consumo de primera necesidad durante la pandemia se fijó en 23%.

La Acodeco verifica que se cumplan los márgenes de comercialización establecidos para productos como antibacteriano o antimicrobiano, gel alcoholado o antibacterial, alcohol para uso externo, jabón antibacterial en barra o líquido, desinfectantes pañuelos desechables, desinfectantes en aerosol, vitamina C, guantes desechables y paños húmedos.

El año pasado se impusieron unas 761 multas por un valor total de 883,062 dólares. 

Entre los mayores sancionados, se encuentran minisúper, supermercados, farmacias, almacenes, abarroterías y cooperativas de consumo.

VEA TAMBIÉN: Transportistas de carga agrícola evitan el paso de legumbres

 

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