
La defensa del imputado
Silvio Guerra Morales | [email protected] |En este breve artículo, que no se presta para la amplitud pero sí para los detalles, procuro discernir sobre estos aspectos.
En este breve artículo, que no se presta para la amplitud pero sí para los detalles, procuro discernir sobre estos aspectos.
La Corte Suprema de Justicia, en repetidísimas ocasiones, ya se ha pronunciado con respecto a a la noción del debido proceso.
Los derechosmineros otorgados y no ejercidos dentro del término y condiciones que fije la ley, revertirán al Estado.
De igual forma, el Consejo de Gabinete aprobó extender el subsidio de electricidad durante el mes de diciembre de 2022, medida que beneficia a 1,144,134 clientes; es decir, el 92% de los facturan por consumo con las empresas de distribución eléctrica.
En ese pasado artículo hice mención alrededor de nueve propuestas que, en lo medular, no son más que principios y garantías penales y procesales consagradas en la Constitución Nacional y en las convenciones adoptadas por Panamá en materia de derechos humanos y de administración de justicia, y frente a las cuales considero que sin ellas el Proyecto de Ley No. 625 no pasaría de ser más que un reflejo perverso de autoritarismo y totalitarismo, a la mejor usanza facista.
Desde sus orígenes, el estudio de la víctima tiene su epicentro en el positivismo criminológico, que inicialmente polarizó la explicación científica del comportamiento criminal alrededor del delincuente, ignorando en buena medida a la víctima, considerándola como un objeto neutro, pasivo, estático, que en nada aportó a la génesis, dinámica y control del hecho criminal.
Esto se haría mediante una discusión técnico-científica, con una política criminológica contemporánea, donde no se permita la entrada ni de populismo punitivo, ni de intereses criminales politiqueros, ni particulares, señaló el diputado independiente.
En las situaciones permitidas, los procedimientos deberán realizarse en instalaciones de salud estatales.
La filosofía y la ética acuden a otras pautas e instancias más allá del Derecho positivo: el orden moral, el natural, y la razón. Pero ninguno de estos conceptos puede ser asumido completamente por la criminología.
Que algunas conductas delictivas que se cometen a través de medios digitales no estén tipificadas como delito, hacen difícil perseguirlas.