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Economía / Bancos y financieras podrán incluir pago de impuesto de inmueble en letra de préstamos

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Ministerio de Economía y Finanzas / Panamá / Superintendencia de Bancos

Bancos y financieras podrán incluir pago de impuesto de inmueble en letra de préstamos

Actualizado 2019/06/20 14:35:57
  • Yessika Valdes
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El economista Olmedo Estrada, señaló que este es un mecanismo que aplica el Gobierno Nacional para garantizar que los contribuyentes paguen el impuesto de inmueble.

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No hay una ley que diga que la persona que no paga se le expropiará de su bien, ahora el Gobierno busca garantizar que se pague el impuesto de bien inmueble.

No hay una ley que diga que la persona que no paga se le expropiará de su bien, ahora el Gobierno busca garantizar que se pague el impuesto de bien inmueble.

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A partir de la fecha cuando el contribuyente realice un financiamiento de un bien que no sea la primera vivienda o el patrimonio familiar tributario, los bancos con licencia general, cooperativas, las entidades financieras, actuarán como agentes de retención del impuesto de inmueble.

Esta medida quedó establecida en el Decreto Ejecutivo No.362 de 29 de noviembre de 2018, por el cual se reglamenta el mecanismo de retención del impuesto de bien inmueble que hayan sido financiados a través de préstamos o créditos hipotecarios o que sean garantizados por fideicomisos de garantía y de emisión de valores.

El economista Olmedo Estrada, señaló que este es un mecanismo que aplica el Gobierno Nacional para garantizar que los contribuyentes paguen el impuesto de inmueble.

"Yo me inmagino que hicieron algún estudio donde se detectó que muchas personas que adquieren apartamentos que no son para uso familiar y lo utilizan como locales comerciales no están pagando el impuesto de inmmueble", manifestó.

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A juicio de Estrada, como no hay una ley que diga que la persona que no paga se le expropiará de su bien, ahora el Gobierno busca garantizar que se pague el impuesto de bien inmueble.

El documento deja claro que las entidades bancarias y fiduciarias que sean reguladas por la Superintendencia de Banco de Panamá y que funcionen como agente de retención de impuesto de bien inmueble quedan autorizadas de retener el impuesto mediantes débitos sobre los saldos disponibles en la cuenta a la vista, mantenidas y designadas como cuentas para la retención del impuesto de bien inmueble señalado por la Dirección General de Ingresos (DGI).

 

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