Panamá
Gobierno extiende control de precio por seis meses
- Miriam Lasso
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La Comisión de Ajustes de Precios recomendó al Ejecutivo extender la regulación por la vía de precios tope para 18 productos de la CBFA.
Panamá
La Comisión de Ajustes de Precios recomendó al Ejecutivo extender la regulación por la vía de precios tope para 18 productos de la CBFA.
El Gobierno Nacional extendió por seis meses más el Decreto Ejecutivo No. 165 de 1 de julio de 2014 y sus modificaciones que dicta la medida de Control de Precios de 18 productos de la Canasta Básica Familiar de Alimentos.
El pasado 21 de diciembre, la Comisión de Ajustes de Precios recomendó al Ejecutivo extender la regulación por la vía de precios tope para 18 productos de la Canasta Básica de Alimentos, destaca el documento que fue publicado en la Gaceta Oficial.
Mediante el Decreto Ejecutivo No. 29 del 29 de diciembre de 2023, el Ministerio de Comercio e Industrias busca contener el alza de precios y permitir el acceso ininterrumpido de productos esenciales de alimentos de nuestra canasta básica.
Los 18 productos que se mantienen en el control de precios, son: Bistec de cinta con hueso. (libra $2.55; kilogramo 5.62), babilla. (lb 2.99; kg 6.60), carne molida de primera (excluye la especial kosher y baja en gasa). (lb 2.15; kg 4.74).
Pollo entero Panamá (con patas y cabeza). (lb 1.18; kg 2.60), arroz de primera (todas las presentaciones). (lb $0.40; kg 0.88), lentejas calidad grado 2º inferior. (lb $0.81; kg 1.79), aceite vegetal de palma o soya en envase de 1.42 a1.5 litros. (c/u 3.74), macarrones (espagueti) en empaque de 425-454 gramos, excluye calibres que no sean de 3 a 5, los integrales y con sabores a zanahoria y espinaca. (0.63), coditos 454 gramos. (0.69), así como la tuna en agua, trozos, lata de 170 gramos. (1.31).
Sardina en salsa de tomate, sin picante, lata de 155 gramos. (0.51), leche en polvo (entera, instantánea con contenido de 345 a 400 gramos), excluye alimentos lácteos, leches de crecimiento y fórmulas para infantes. (3.76), pan de molde blanco, en empaque de 14-18 onzas (excluye integrales, de avena, centeno, multigranos, de huevo, leche, mantequilla, pasas, light). (0.92).
El pan de michita, blanco. (lb 1.40; kg 3.08), queso amarillo tipo americano, procesado (con un contenido de cuajada inferior a 65%, excluye las variedades light, con pimiento, etc.). (lb 3.00; kg 6.61 y rebanada individual 0.10 c/u), mortadela nacional con pimienta (empacada) 454 gramos. (lb 3.24; kg 7.15).
Salchicha nacional, frankfurter, empacada de 454 gramos. (lb 2.14; kg 4.72), salchichas que contengan carne de res (incluye las que vendan sueltas o en empaque de 1 libra; excluye tipo frankfurter importada, ahumada, cocktail, light, jumbo, libres de gluten, Angus, kosher, baja en sodio, con queso). (lb 1.19; kg 2.62).
En el 2023, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) registra 942 multas por incumplimiento a la medida de Control de Precio que suman los 405 mil 575 dólares.
El Decreto Ejecutivo No. 165 de 1 de julio de 2014 estableció inicialmente establecer de manera temporal los precios máximos de venta a 22 productos de la Canasta Básica Familiar de Alimentos y mediantes Decreto Ejecutivo No. 11 de 18 de julio de 2023, se acordó recomendar al Ejecutivo prorrogar la medida soloa para 18 de estos productos, para asegurar que una posible desregulación no genere un incremento no justificado en los productos considerados de mayor sensibilidad, dado a la tendencia inflacionaria a nivel internacional.
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