Skip to main content
Trending
México y Estados Unidos jugarán la final de la Copa Oro 2025Agua hidrogenada trata de abrirse paso en más países de LatinoaméricaVuelta a Chiriquí Master será en julio 2026Paolini es eliminada por Rakhimova en el WimbledonBoxeo olímpico hará test de sexo a púgiles
Trending
México y Estados Unidos jugarán la final de la Copa Oro 2025Agua hidrogenada trata de abrirse paso en más países de LatinoaméricaVuelta a Chiriquí Master será en julio 2026Paolini es eliminada por Rakhimova en el WimbledonBoxeo olímpico hará test de sexo a púgiles
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
    • Podcast
    • Galerías
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Judicial / Corte debe declarar 'No Viable' demanda de inconstitucionalidad

1
Panamá América Panamá América Jueves 03 de Julio de 2025
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economìa
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Corte Suprema de Justicia / Elecciones 2024 / José Raúl Mulino / Panamá Decide 2024 / Realizando Metas

Panamá

Corte debe declarar 'No Viable' demanda de inconstitucionalidad

Actualizado 2024/05/01 12:15:06
  • Redacción / [email protected] / @PanamaAmerica

Abogado considera que la demanda debe ser declarada No Viable. Son posiciones antagónicas en interpretación y aplicación del artículo 362 del Código Electoral.

  • facebook messenger
  • Compartir en WhatsApp
  • x twitter
  • facebook messenger
  • facebook messenger
Abogado Miguel Ángel Delgado Bravo aclara sobre la demanda de inconstitucionalidad. Foto: Cortesía

Abogado Miguel Ángel Delgado Bravo aclara sobre la demanda de inconstitucionalidad. Foto: Cortesía

Noticias Relacionadas

  • 1

    Mulino lidera carrera presidencial con 33.4%

  • 2

    José Raúl Mulino se reunirá hoy con observadores de la OEA

  • 3

    Vásquez: 'Esta Asamblea poco ha cumplido al panameño'

La Corte Suprema de Justicia de Justicia (CSJ) debe declarar "No viable" la demanda de inconstitucionalidad presentada en contra del Acuerdo 11-1 del 4 de marzo de 2024, dictado por el Tribunal Electoral (TE), así lo sustentó el abogado Miguel Ángel Delgado Bravo. 

A criterio de Delgado Bravo es evidente que la demandante no desarrolló de manera clara y razonada el concepto de infracción de las normas constitucionales citadas, que sustente de forma adecuada los hechos en que fundamenta su demanda, ni establece de forma diáfana cómo se produce la vulneración constitucional o la colisión entre el acto demandado y las normas constitucionales invocadas.

El jurista advierte que en dicha demanda presentada por la abogada Karisma Etienne Karamañites Testa, se aprecia que la disconformidad, se basa en temas de legalidad e interpretación de la norma electoral y así lo plasmó la demandante en el punto “DÉCIMO SÉPTIMO”, al considerar que el Tribunal Electoral “desconoció, alteró, incumplió e inaplicó la Ley Electoral”.

El jurista agregó que no hay discusión en que la guarda de la integridad de la Constitución, o el control de la constitucionalidad lo ejerce la Corte Suprema de Justicia (artículo 206 de la Constitución), y la acción de inconstitucionalidad es uno de los mecanismos con que cuentan los ciudadanos para demandar los actos que a bien consideren, entre ellos los Acuerdos; no obstante, los argumentos en que se fundamenta la acción, deben evidenciar un debate de índole constitucional y no, como ocurre en este caso, respecto a la aplicación, interpretación, desconocimiento o alteración de normas electorales de carácter legal.

Competencias
En cuanto a las competencias, Delgado Bravo agregó que para que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia emita un pronunciamiento de fondo, una vez evacuadas las etapas procesales, si bien está facultado para ejercer un control integral, es decir, respecto a todo el ordenamiento constitucional, al ceñirse a lo planteado en la demanda, tendrá que confrontar el acto demandado con normas del Código Electoral, lo cual, conforme al artículo 142 constitucional, es competencia privativa del Tribunal Electoral.

Adicional, Delgado Bravo manifestó que la presente demanda de inconstitucionalidad superó la fase de admisión, pese a existir incongruencias entre el acto demandado, los hechos y el concepto de infracción de las normas constitucionales, ya que, a su criterio, evidentemente se debate un tema de legalidad, sobre la interpretación y aplicación de normas electorales, lo cual es privativo del Tribunal Electoral. 

"Aún cuando se ha superado la etapa de admisibilidad, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, cuenta con los mecanismos para subsanarlo, tal como lo ha hecho en múltiples ocasiones", indicó. 

El jurista citó la Entrada 11178-2021, en la cual mediante Sentencia del 20 de diciembre de 2021, se declaró No Viable una demanda de inconstitucionalidad, en la que se plasmó lo siguiente, “…Ello significa que para que la pretensión constitucional sea viable a efectos de enervar una actuación como la demandada, se debe basar en argumentos que no la conviertan en una instancia adicional, es decir, la misma no puede ir contra el criterio de la autoridad, o la interpretación de las normas, pues dentro de las fases del proceso la defensa cuenta con mecanismos propios de impugnación.” 

Asimismo, en Sentencia del 30 de septiembre de 2020, bajo las Entradas 686-18, 687-18, 688-18, 689-18, 690-18, 691-18, 692-18 y 693-18, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, acogió la recomendación del Procurador de la Administración y declaró No Viable una demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra Decretos emitidos por la Presidenta de la Asamblea Nacional.

Conforme  los expuesto, el abogado Miguel Ángel Delgado Bravo considera que la presente demanda debe ser declarada NO VIABLE, ya que, tal como lo expuso el señor Procurador General de la Nación, lo planteado en el acuerdo demandado son posiciones antagónicas en la interpretación y aplicación del artículo 362 del Código Electoral, asumiendo el Tribunal Electoral, una de esas corrientes, cumpliendo con su facultad privativa de interpretar y aplicar privativamente la Ley Electoral, de acuerdo al artículo 142 de la Constitución Nacional.

¡Mira lo que tiene nuestro canal de YouTube!

Suscríbete al newsletter #AlDíaConPanamáAmérica

Las noticias que importan directo a tu inbox

 

 

 

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía
Clasiguía

Primer año de gestión

100 Días de Gestión
Clasiguía

Contenido Patrocinado

Empresas enfrentan el desafío de proteger su operación digital ante ciberamenazas y fallos tecnológicos

Transforman ideas en negocios sostenibles en Donoso

Clientes de Caja de Ahorros se beneficiarán de pagos digitales con Yappy

¡Los nuevos Galaxy A56, A26 y A36 ya están en Panamá!

El juego cambia: Betcris se suma a la FPF para impulsar la pasión por el fútbol en Panamá

Últimas noticias

Roberto Alvarado de Mexico (25)  salta ante la salida del portero Edrick Menjívar y el acecho de José Martíne (3), ambos de Honduras. Foto: EFE

México y Estados Unidos jugarán la final de la Copa Oro 2025

Se hidrata directamente a las células. Foto: Cortesía

Agua hidrogenada trata de abrirse paso en más países de Latinoamérica

Vicente Carretero ganó en su momento la Vuelta a Chiriquí en la categoría Master B. Foto: Fepaci.

Vuelta a Chiriquí Master será en julio 2026

La italiana Jasmine Paolini. Foto: EFE

Paolini es eliminada por Rakhimova en el Wimbledon

Imane Khelif de Argelia (izq.), generó mucha controversia en  los Juegos de París 2024, a su lado, Ángela Carini de Italia. Foto: EF

Boxeo olímpico hará test de sexo a púgiles

Lo más visto

José Raúl Mulino. Foto: Cortesía

[Lea aquí] Discurso del presidente José Raúl Mulino

Comunidad internacional respalda reformas a la seguridad social. Foto: Archivo

Herrera: ley de la CSS es una 'necesidad'

Cuarto puente sobre el Canal de Panamá. Foto: Archivo.

Cuarto puente sobre el Canal de Panamá tendrá un costo de peaje permanente

Herrera juramenta a sus vicepresidentes Eliécer Castrellón y Eduardo Vásquez. Foto: Cortesía

¿Cómo triunfó Herrera en la Asamblea?

Jorge Herrera fue juramentado como presidente de la Asamblea Nacional. Foto: Cortesía

Jorge Herrera es electo presidente de la Asamblea Nacional

Columnas

Confabulario
Confabulario

Confabulario

Doña Perla
Doña Perla

La columna de Doña Perla

El Pulso

El Pulso

Trazo del día
Trazo del Día

Trazo del Día

Newsletter
Espacio vacio



Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2025.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".