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Corte Suprema de Justicia ha protegido el secreto bancario

La utilización de manera fraudulenta de la información bancaria de una persona, sin autorización judicial, se considera cómo un delito.

Luis Ávila - Actualizado:

Corte Suprema de Justicia.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ), a través de jurisprudencia, ha establecido que la información bancaria está protegida por el secreto de la confidencialidad, recordó el abogado Luis Eduardo Camacho González.

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El jurista agregó que esto lo que significa es que la información bancaria está protegida por una norma constitucional que prohíbe, no solo a los servidores públicos sino también a los particulares, su uso de una manera indebida.

"La Corte Suprema de Justicia ha dicho que la información bancaria tiene similitud directa con la correspondencia, lo han equiparado a eso, lo que indica que no cualquiera puede acceder a esta información, ya que es muy privada y confidencial", expresó.

Precisó que significa que toda aquella persona que ingresa y utiliza de manera indebida información bancaria, está violando la intimidad, no solo de la persona, sino también una norma constitucional, en este caso el artículo 29 de la Carta Magna que habla puntualmente de la correspondencia.

Este artículo establece que "la correspondencia y demás documentos privados son inviolables y no pueden ser examinados ni retenidos, sino por mandato de autoridad competente y para fines específicos, de acuerdo con las formalidades legales. En todo caso, se guardará absoluta reserva sobre los asuntos ajenos al objeto del examen o de la retención.

Explica que el registro de cartas y demás documentos o papeles se practicará siempre en presencia del interesado o de una persona de su familia o, en su defecto, de dos vecinos honorables del mismo lugar.

También indica que todas las comunicaciones privadas son inviolables y no podrán ser interceptadas o grabadas, sino por mandato de autoridad judicial.

"El incumplimiento de esta disposición impedirá la utilización de sus resultados como pruebas, sin perjuicio de las responsabilidades penales en que incurran los autores", consagra la Constitución en este aspecto, que ha sido equiparado con la información bancaria, según el jurista.

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En consecuencia, Camacho señaló que toda persona, ya sea funcionario o agente privado que usa o accede de manera indebida a información bancaria de una persona, está violando una disposición constitucional y por ende está cometiendo un delito.

Conducta en la cual han podido incurrir los medios de comunicación La Prensa y Foco Panamá, los cuales hicieron pública supuesta información bancaria del exgerente de la Caja de Ahorros (CA), Andrés Farrugia.

"La Prensa y Foco no son autoridad judicial, si ellos creen que la persona ha cometido un delito lo que tenían que hacer era ponerlo en conocimiento de las autoridades para que estas, a través de una autorización judicial, obtengan esa información, pero cuando tú la obtienes de forma fraudulenta, violando la ley, se está violando una disposición constitucional", advirtió.

Camacho González dijo que lo delicado de esto que ha sucedido, es que hay personas que "so pretexto" de que están haciendo justicia fiscalizando, están violando la Constitución.

"Y un país donde la democracia es el pilar importante, no se puede permitir que se viole la Constitución, ya que si se permite esto vamos a quedar en temas de arbitrariedad y el día de mañana tú no puedes reclamarle nada a nadie, por ello la Constitución es la barrera que pone límites para salvaguardar los derechos de una persona", sentenció el jurista.

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Ante esto, Farrugia anunció acciones civiles contra el diario La Prensa y Foco Panamá.

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