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Judicial / Ley de extinción de dominio, peligro para la estabilidad del país

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Extinción de dominio / Ley / narcotráfico / Panamá / Peligrosa

Panamá

Ley de extinción de dominio, peligro para la estabilidad del país

Publicado 2022/03/05 00:00:00
  • Luis Ávila
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  • lavila@epasa.com
  •   /  

El jurista indicó que la ley de extinción de dominio puede ser aplicada a los mismos que en el día de hoy la están promoviendo.

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La ley de extinción de dominio que pretende el actual Gobierno aprobar bajo la excusa de que la misma sería la solución contra el crimen organizado y el narcotráfico, "generará un peligro para la estabilidad del país", así lo manifestó Alfredo Vallarino, presidente de la Asociación Panameña de Abogados Penalistas (APAP).

El jurista indicó que le gustaría que las autoridades del país le expliquen cual es la necesidad de aprobar la ley de extinción de dominio, la cuál le han vendido como la solución contra el narcotráfico.

"Las leyes ya le permiten a las autoridades quitarle los bienes a una persona que esté en narcotráfico o que haya cometido algún delito. Entonces cuál es la necesidad de aprobar a esta ley y hacia donde queremos llevar al país. Lo más seguro que en este país, el cual conozco perfectamente y en el cual la institucionalidad jurídica no está arraigada, en el Ministerio Público y el Órgano Judicial, yo apuesto que vamos a estar viendo temas de persecución política", dijo.

Persecución que según él se dará apenas sea aprobada está ley, por lo que las personas que hoy están promoviéndola, en el futuro, son los mismos que se les pudiera aplicar la extinción de dominio.

"A esas personas quiere recordarles que cuando uno está en Gobierno promueve leyes para que rijan cuando se está en oposición, porque el día de mañana voy a ver esos lamentos. Ya en su momento, nosotros como Asociación Panameña de Abogados Penalistas hicimos presentación en la Asamblea desde hace 10 años para acá diciéndole los peligros que esto representa", explicó.

El jurista reiteró que lo primero que se le ha dicho a la gente sobre este tema, es que la ley en mención es necesaria para poder quitarle los bienes a los narcotraficantes.

"Yo me leí ese proyecto de ley de extinción de dominio y por ningún lado se menciona la palabra narcotráfico en ninguno de sus artículos", explicó.'

94


artículos contiene el proyecto de ley con que se busca aprobar la extinción de dominio.

11


capítulos tiene el proyecto sobre la extinción de dominio, promovido por el Gobierno.

Agregó que si se le dijera a las personas que ese proyecto sería para quitarle las cosas a los narcotraficantes y delincuentes, él sería el primero que la aplaudiría y segundo les indicaría que no tendrían que complicarse la vida tanto, ya que la ley les permite hacer eso.

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"Yo no puedo tener a ningún fiscal que se para delante de mi y me diga que la ley no le permite eso. Si usted agarra actualmente a un narcotraficante, lo agarra con drogas y sin ellas, pero logra probar su vinculación, la ley le permite el comiso de sus bienes ilícitos", expresó.

El presidente de la APAP agregó que está ley tiene un grave peligro, pues en la esfera penal para que a una persona le quiten sus bienes la misma tiene que salir responsable del delito que se le acusa, sin embargo, con la extinción de dominio se habla de actividad ilícita según lo determine el juez.

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"Dentro de esta ley de extinción de dominio ni siquiera se define el delito, ya que cuando usted habla de un delito tiene que enmarcarlo o encajarlo dentro de un catálogo de delitos".

Otro de los defectos que tiene esta ley, según el abogado, es que al no existir un catálogo de delitos, esto queda a criterio del juez de extinción de dominio.

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Además de esto, dentro de esta ley se habla que tiene efectos retroactivos, lo que quiere decir es que si la aprueban, la misma se puede aplicar hacia atrás, algo muy diferente al Derecho Penal, el cual habla de que si a una persona se le acusa de un delito, el mismo tiene que defenderse y probar si es inocente o no.

"Cuando se habla de esta ley de extinción de dominio, la misma no se aplica sobre la persona, sino contar sus bienes, es decir contar su casa, terreno, plata, etc", sentenció.

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