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Judicial / Piden suspender las notificaciones cautelares a mayores de 60 años

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Ministerio Público / Órgano Judicial

¡Precaución!

Piden suspender las notificaciones cautelares a mayores de 60 años

Actualizado 2020/06/02 06:18:41
  • Luis Ávila
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  • lavila@epasa.com
  •   /  

Juristas señalaron que para un futuro se deben buscar mecanismos tecnológicos que permitan que las personas que tengan medidas cautelares se puedan notificar sin tener que presentarse.

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Algunas personas acudieron ayer a notificarse en el Órgano Judicial.

Algunas personas acudieron ayer a notificarse en el Órgano Judicial.

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Luego de que se retomaron las notificaciones periódicas a personas que cuentan con este tipo de medida cautelar, tanto en el Ministerio Público (MP) como en el Órgano Judicial, abogados solicitan suspender las mismas a personas mayores de 60 años por el riesgo a contagiarse del COVID-19.

Hay que indicar que este mortal virus no mide edades, sin embargo las personas mayores son las más vulnerables a infectarse y a morir de esta enfermedad.

Juan Carlos Araúz, presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), manifestó que es importante saber que la reapertura de las actividades en el Órgano Judicial y el Ministerio Público van a traer consigo algunas adecuaciones, las cuales se van a ir tomando en atención a cómo se va desarrollando la actividad que se registre.

"Hoy día, que las medidas cautelares se retoman, obviamente las aglomeraciones, la circulación masiva, son hechos importantes que las autoridades tienen que tomar en cuenta porque hasta el momento no se trata de exponer a los ciudadanos a los contagios, sino todo lo contrario, tomar medidas preventivas para que nadie salga contagiado", indicó Araúz.

Ante esto, el presidente del CNA agregó que en este inicio de reapertura en el que se evidencia cuáles son los protocolos que se han instalado, se van a ir complementando con las sugerencias de los usuarios, la realidad de lo que se va a ir registrando en los distintos despachos, pero al final, aseguró, "creo que el uso de la tecnología también tiene que ser contemplado".

VEA TAMBIÉN: Ministra Rosario Turner reconoce que la apertura es riesgosa, pero no se puede tener al país confinado

Esto porque en el caso de las medidas cautelares, muchas veces podría ser hasta con un seguimiento tecnológico que se puede realizar a estas personas.'


Según la Dirección General del Sistema Penitenciario, hay 534 privados de libertad en el país que están contagiados de COVID-19, de los cuales 323 son de la cárcel de Santiago, 123 de la Nueva Joya, 77 del Centro Femenino de Rehabilitación y 11 del penal Nueva Esperanza en Colón.

Desde que se inició la pandemia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aconsejó a los Estados considerar subrogados penales a la detención provisional, porque era una realidad que el COVID-19 llegaría a las cárceles y "no como prisionero, sino como verdugo".

La cantidad de detenidos en las cárceles del país asciende a 17 mil 899, según reportes oficiales.

Sin embargo, el jurista señaló que por el momento, que están vigentes las reglas anteriores al COVID-19, son del concepto que cualquier tipo de aglomeración debe ser atendida rápidamente por parte de las autoridades y si es necesario, suspender ese tipo de requisito para estas personas, mientras se ve cómo la fase 2 se va implementando, esto sería una posibilidad.

"Yo creo que en este tema hay que ser muy cauteloso, el tema de las medidas cautelares hasta el momento podría tener algún tipo de retraso, sin que eso se considere una afectación a ninguno de los intereses en conflicto", puntualizó el abogado.

Jueces deben ordenarlo

Para el jurista Carlos Carrillo Gomila, la no notificación de las personas mayores de 60 años dependerá de que los jueces o los fiscales ordenen, esto dependiendo de dónde esté el caso, deben ordenar un cambio de medida cautelar, por otra que no represente un riesgo para la vida de la persona.

"Se puede sustituir la presentación personal por una verificación de otra naturaleza mediante medios tecnológicos, sea por vídeo o una verificación del tribunal, evitando que la persona mayor de 60 años se exponga donde hay otras personas", expresó.

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De acuerdo con Carlos Carrillo, para esto tiene que haber originalidad de la interpretación de la ley por parte de las autoridades.

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