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Salvoconducto no está en debate, Corte debe enderezar la ley que fue torcida para condenar a Martinelli

Esta condena lo inhabilitó en las pasadas elecciones del 5 de mayo del 2024, cuando aspiraba volver a la presidencia de la República.

Redacción / nacion.pa@epasa.com / @Panamaamerica - Actualizado:

Corte Suprema. Foto: Archivo

Cuando Nicaragua otorgó el asilo político al expresidente Ricardo Martinelli, el Estado panameño estaba obligado a entregarle el salvoconducto, pero para evitar reconocer su estatus de perseguido político no lo hizo, recordó el vocero Luis Eduardo Camacho.

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Ahora, más de un año después de su asilo, el salvoconducto no debe ser ni siquiera objeto de debate, subraya Camacho, porque lo correcto en este momento es que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) enderece la ley que fue torcida para condenar al expresidente.

Camacho expresó que Martinelli fue condenado para evitar que  corriera al cargo de presidente en las pasadas elecciones de mayo de 2024.
 
A juicio de Camacho, "el país necesita tranquilidad política y mientras Martinelli esté asilado en una embajada no habrá tranquilidad política".

Para el diputado de San Miguelito, "Martinelli en el proceso electoral hizo lo que nadie había hecho, trasladar su caudal político a otro candidato".

La defensa de Martinelli aduce que no se ha respetado el Principio de Especialidad establecido en el tratado de extradición firmado en 1904 entre Panamá y Estados Unidos, por lo que no puede ser encausado o juzgado por un caso diferente al de  Pinchazos.

La condena lo inhabilitó en las pasadas elecciones del 5 de mayo del 2024, cuando aspiraba volver a la presidencia.

El líder del partido Realizando Metas se encuentra asilado en la embajada de Nicaragua,  desde el pasado 7 de febrero de 2024.
 
Martinelli fue condenado a más de 10 años de prisión y a pagar una multa de más de $19 millones por blanqueo de capitales por  el caso New Business, pese a demostrar la licitud de los fondos.


 

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