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Nación / Candidatura de Ricardo Martinelli sigue firme

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Ataques / Caso New Business / Magistrados / Persecución / Políticos

Candidatura de Ricardo Martinelli sigue firme

Actualizado 2024/02/05 00:00:43
  • Luis Miguel Ávila
  •   /  
  • luis.avila@epasa.com
  •   /  
  • @lavila15

Los fallos de la jurisdicción penal no tienen una aplicación automática en la jurisdicción electoral, así lo señaló el abogado Luis Fuentes Montenegro.

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José Muñoz, José Raúl Mulino, Ricardo Martinelli y Sergio

José Muñoz, José Raúl Mulino, Ricardo Martinelli y Sergio "Chello" Gálvez, durante el inició de la campaña de Realizando Metas y Alianza. Víctor Arosemena.

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A pesar de todas las ilegalidades y abusos que se han cometido, la candidatura presidencial de Ricardo Martinelli, por los partidos Realizando Metas (RM) y Alianza, se mantiene desde el punto de vista jurídico, así lo aseguró el abogado Luis Fuentes Montenegro.

El abogado sostiene que la existencia legal de la candidatura de Martinelli, desde el punto de vista electoral no se ve afectada por el fallo emitido en una jurisdicción penal.

Esto lo dice porque ambas jurisdicciones, la penal y la electoral, son autónomas e independientes en sus respectivos ámbitos.

El letrado explica que los fallos de la jurisdicción penal no tienen una aplicación automática en la jurisdicción electoral, donde el Tribunal Electoral ostenta la máxima autoridad, no la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

En este contexto, se destaca que la candidatura de Ricardo Martinelli está consolidada dentro de la jurisdicción electoral. Sin embargo, para que el fallo de la Sala Penal de la CSJ tenga un impacto en la esfera electoral, debe someterse a un proceso legal dirigido por el Tribunal Electoral.

Este proceso permite la presentación de nuevos recursos y acciones dentro de la jurisdicción electoral, siempre que se considere que se vulneran garantías fundamentales a favor de Ricardo Martinelli. Por ende, a pesar del fallo de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la candidatura Martinelli permanece firme desde el punto de vista jurídico.

Cabe indicar que su estado legal solo cambiará si, tras un proceso y una decisión con efecto de cosa juzgada, el Tribunal Electoral declara lo contrario.'

88


días restan para las elecciones generales en Panamá para elegir las nuevas autoridades.

Así también lo ha dejado claro el propio Tribunal Electoral (TE) mediante un comunicado público.

La entidad rectora de los comisios electorales ha dejado claro que corresponderá a los fiscales administrativos electorales solicitar la inhabilitación de la candidatura conforme al Código Electoral y a los juzgados administrativos electorales pronunciarse sobre dicha solicitud.

Lo anterior, se sustenta en el numeral 9 del artículo 620 del Código Electoral y el numeral 10 del artículo 615, señaló el TE.

Por su parte, el abogado Pedro Sittón comentó que en el Código Electoral de Panamá no existe ninguna norma que prohíba la candidatura de Ricardo Martinelli a la presidencia de la República a estas alturas del torneo electoral.

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Las declaraciones del jurista se dan en medio de los intentos desesperados a través del sistema de justicia de inhabilitar su candidatura presidencial por los partidos Realizando Metas (RM) y Alianza.

Sittón indicó que en el Derecho panameño, el Código Electoral establece claramente que el Padrón Electoral fue cerrado, por lo tanto, ya todos los electores que están dentro del mismo serán los que votarán el próximo 5 de mayo.

Frente a esto, el letrado señaló que no se le puede excluir a Ricardo Martinelli del Padrón Electoral por esta causa señalada.

Igualmente, expresó que está el derecho a escoger y ser elegido, más cuando su candidatura quedó en firme a partir del pasado 11 de enero, esto cuando no se le impugnó la misma, por lo que si se lee el Código Electoral a lo largo y ancho o cualquier reglamento u ordenanza que haya emitido el Tribunal Electoral, no cabe ninguna impugnación de oficio a su candidatura.

Otro tema que indica Sittón que está a favor de la candidatura de Martinelli, es que la jueza Baloisa Marquínez, en su sentencia de primera instancia por el caso New Business, no impuso como pena accesoria la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

"Por lo tanto, y cómo bien han explicado otros juristas expertos en temas electorales, el artículo 180 del Código Electoral, no se aplica directamente a Martinelli, porque se requiere un procedimiento , el cual es que una vez se hagan las elecciones de mayo próximo se deje participar a Martinelli, como establecen las convenciones internacionales de Derechos Humanos, no solo a favor de su candidatura, sino de los más de tres millones de panameños habilitados para votar el 5 de mayo", dijo.

El letrado comentó que se está tratando de aplicar un Código Electoral distinto para Ricardo Martinelli, algo que no es admisible en un Estado de Derecho.

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