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Corte deja sin efecto interconexión Cable-Tricom
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La Corte Suprema de Justicia concedió un amparo de garantías constitucionales a favor de la empresa telefónica Cable & Wireless contra la resolución emitida por el Ente Regulador de los Servicios Públicos que le ordenaba la interconexión con Tricom S.A.para la prestación del servicio de telecomunicaciones.De acuerdo con el fallo, Cable & Wireless no cumplió la resolución del Ente Regulador por la existencia de una orden del Juzgado Séptimo Civil en donde se le exigía a esa empresa que cesara toda actividad de interconexión con Tricom Panamá S.A.por haberse decretado una medida conservatoria y de protección a favor de BSC Panamá S.A.Según los magistrados de la Corte, la orden impartida por el juzgado es de estricto cumplimiento y todas las personas deben acatar las órdenes y disposiciones emanadas de las autoridades jurisdiccionales, cuando éstas chocan con las actuaciones y decisiones emitidas por otros entes administrativos.El amparo de garantías fue interpuesto por la firma de abogados Alemán, Cordero, Galindo y Lee, así como por el abogado Alejandro Ferrer, en representación de Cable & Wireless.Precisa el fallo que si esta situación no es acatada por las partes en conflicto se estaría afectando el ordenamiento jurídico y creando desasosiego en las personas que son en definitiva destinatarias de la norma jurídica.Alega que el desconocimiento de esta orden equivaldría a excluirse de la jurisdicción de los tribunales y por ende vulnerar los principios y garantías legales.Explica que esta es una situación excepcional afectada por una fuerza mayor que coloca a Cable & Wireless frente al dilema planteado por la existencia de dos resoluciones, la expedida por el Ente Regulador y otra por el Juzgado Séptimo Civil.Destaca que ambas instancias le imponen órdenes contradictorias que en el evento de cumplir una de ellas la colocaría en una situación de desacato con respecto a otra instancia y por ello se debe respetar la de mayor peso jurisdiccional, en este caso la del Juzgado Séptimo Civil.