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Eliminan artículo de ley de intereses preferenciales que rechazaban los bancos

El artículo 12 de la Ley 468 'encerraba' a los bancos a refinanciar préstamos hipotecarios, lo que elevaba el riesgo. Por otra parte, se regresó a 4% la tasa subsidiada a casas entre $80 mil y $120 mil.

Francisco Paz | fpaz@epasa.com | @franpazate76 - Publicado:

La ley empieza a regir a partir del próximo año y deberá promover un mercado que en la actualidad se mantiene paralizado. foto ilustrativa

Las reformas a la Ley de Intereses Preferenciales avanzó este jueves a tercer debate en el Pleno de la Asamblea Nacional.

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El artículo 12, que obligaba a los bancos a hacer refinanciamientos garantizados a los clientes que no tuvieran capacidad económica para pagar la nueva letra de sus hipotecas, una vez concluido el interés preferencial, fue eliminado.

El viceministro de Finanzas, Fausto Fernández, planteó que el artículo quitaba el incentivo a los bancos de seguir prestando.

"No iban a entrar si de salida iban a estar con las manos amarradas con un artículo muy abierto a la interpretación de como se debía renegociar. Por eso decidieron no prestar", expresó Fernández.

En el segundo debate, se elevó a 4% la tasa máxima subsidiada para viviendas con costo entre 80 mil y 120 mil dólares, por un plazo de 7 años, para todo el país, tanto la región 1 (Panamá, Panamá Oeste), como la región 2 (Colón y el resto de las provincias).

Esta tasa había sido reducida a 3.5% en el primer debate y fue el único cambio que se introdujo en segundo debate.

Elisa Suárez, de Convivienda, dijo que esta reducción de 0.5% golpeaba a la clase media profesional que tendría menos acceso a tener el descuento para la tasa de mercado.

En términos reales eran alrededor de $10 millones.

El resto de la norma se mantuvo igual, incluida la entrada en vigencia que será desde el próximo año.

Con la eliminación del polémico artículo 12, se espera que los bancos, especialmente los privados, tengan el panorama despejado y puedan incorporarse al programa de interés preferencial.

Y es que había una ralentización de este subsidio, tanto en los bancos estatales como privados, debido a este artículo que consideraban como lesivo y una intromisión en las facultades de los intermediarios financieros.

Pagos

Uno de los planteamientos de la banca es que se asegurara que el Estado cumpla a tiempo con el pago de este subsidio.

Sobre este asunto, el viceministro de Finanzas detalló que los compromisos ya adquiridos con los cambios anteriores a la ley hacen que esta deuda sea flotante y alcance su pico máximo entre 2028 y 2029, cuando llegará a $350 millones de la cartera que ya está contratada.

Resaltó que el Gobierno lo que ha hecho es emitir bonos con Notas del Tesoro que se le están dando a los bancos para que se rediman en un año y se salde el excedente que no está cubierto con el Presupuesto General del Estado.

Esta solución no ha logrado una total satisfacción en el sector banquero, por lo que se ha manifestado que estarán vigilantes de que el Estado cumpla con sus obligaciones.

La aprobación de los artículos que se reformaron de la Ley 468 de 2025, contó con el voto de 40 diputados y la abstención de 4 sin votos en contra.

La próxima semana este proyecto de ley recibirá tercer debate para luego ser enviado al Ejecutivo.

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