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Reglamentar la nueva ley de la CSS es difícil
Xenia De León - Publicado:
TAN COMPLICADA como fue su reforma, es la reglamentación de la Ley 51 de la Caja de Seguro Social, principalmente en el renglón de las remuneraciones en especie.El escrutinio debe ser riguroso porque difieren de acuerdo con el sector: agropecuario, industrial, comercio, servicio y demás.Ni las autoridades de la Caja de Seguro Social, ni el sector privado, se atreven a mencionar una fecha de publicación de la reglamentación.Lo que sí está claro es que tomará más tiempo que la reglamentación de la Ley 6 o fiscal, que demoró más de cinco meses.Una Comisión Técnica de la Junta Directiva analiza la reglamentación de los salarios en especie y para tal fin se reúne dos o tres veces por semana.Hay expectativa porque la comisión deberá determinar qué renglones serán objeto de retención, al quedar definidos como salario.La CSS considera como salario en especie, la alimentación (excepto los vales de comida), la utilización de vivienda por razón del cargo o por la condición de empleado, utilización o entrega de vehículos automotores, pagos en concepto de combustible.También préstamos con tasas de interés inferiores a las vigentes en el mercado, primas o cuotas de seguro asumidas por la empresa en virtud de contratos de seguros (no incluye colectivos de vida y salud), aportes a los planes de pensiones, pagos de electricidad, teléfono, agua u otros beneficios básicos y pagos de escuela a los hijos de los trabajadores.Así mismo, pago de cuotas y suscripciones, cancelación de tarjetas de crédito sin reembolso, entrega de acciones, pagos de impuestos por cuenta de trabajadores y bienes o servicios recibidos por el trabajador por efecto de compensación de saldos entre el empleador y terceros.Tanto empleadores como trabajadores consideran que luego de la reglamentación, la Junta Directiva debe establecer un periodo oportuno para adecuar su estructura y se establezcan los procedimientos respectivos.La Ley 51 convierte la entidad de seguridad social en un agente retenedor de la administración tributaria.