Skip to main content
Trending
Acaban con la vida de un hombre dentro de su casa en Altos de Las Praderas, La ChorreraMartinelli: 'Este es un logro de este gobierno que se preocupó por la imagen del país, no como el anterior'Dirigente bananero Francisco Smith saldrá de la cárcel y ahora debe firmar cada mesOnce personas fueron detenidas por el fraude contra un banco por $290 mil‘El Canoso’ sufre accidente de tránsito sin heridos en Los Santos
Trending
Acaban con la vida de un hombre dentro de su casa en Altos de Las Praderas, La ChorreraMartinelli: 'Este es un logro de este gobierno que se preocupó por la imagen del país, no como el anterior'Dirigente bananero Francisco Smith saldrá de la cárcel y ahora debe firmar cada mesOnce personas fueron detenidas por el fraude contra un banco por $290 mil‘El Canoso’ sufre accidente de tránsito sin heridos en Los Santos
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
    • Podcast
    • Galerías
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Opinión / Constitución o resoluciones: a propósito de anunciadas destituciones de funcionarios

1
Panamá América Panamá América Miercoles 09 de Julio de 2025
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economìa
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Administración pública / Constitución / Destituciones / Funcionarios / Ministro de Salud / Ordenamiento jurídico / Panamá / Parking

Constitución o resoluciones: a propósito de anunciadas destituciones de funcionarios

Publicado 2021/07/09 00:00:00
  • Silvio Guerra Morales
  •   /  
  • Seguir

Una resolución ministerial o un decreto ejecutivo, no puede, jamás, contrariar ni a la Constitución ni a las propias leyes que rigen las carreras administrativas, la designación de personal, la remoción, destitución de estos en las diversas instituciones del Estado.

  • facebook messenger
  • Compartir en WhatsApp
  • x twitter
  • facebook messenger
  • facebook messenger

Noticias Relacionadas

  • 1

    Infancia temprana, la Covid-19, afectaciones y consecuencias

  • 2

    Conductas anticompetitivas de carteles

  • 3

    Panamá y la elección del banco CAF del 5 de julio pasado

El ministro de Salud, Luis Francisco Sucre, se refirió al tema en la conferencia de prensa de los martes, el pasado martes 6. Foto: Archivo.

El ministro de Salud, Luis Francisco Sucre, se refirió al tema en la conferencia de prensa de los martes, el pasado martes 6. Foto: Archivo.

Ser servidor del Estado puede desmembrarse entre: O ser un servidor público o ser un funcionario público. La diferencia fundamental, a mi juicio, radica en que el funcionario público se encuentra: 1. Designado conforme a una ley existente que regula el nombramiento, el cargo o posición, así como también el sueldo que ha de devengar la persona que preste, como tal, un servicio remunerado, mediante un sueldo, al Estado.

El funcionario público constituye el principal sujeto del andamiaje político conocido como la Administración Pública. En cambio, el concepto de servidor público, es un tanto más restringido que el concepto de funcionario. Aunque en el seno de la doctrina se trata de explicar las diferencias, las mismas suelen ser cuando no superficiales un tanto idénticas las definiciones. Nuestra Constitución Nacional maneja el concepto de servidor público. Tal y como se advierte en el Título XI, capítulo I, Art. 299.

Lo anterior sirva como preámbulo, frente a las recientes declaraciones del ministro de Salud, Luis Francisco Sucre, cuando conforme fue divulgado en los medios de comunicación, señaló que todo funcionario que se encuentre en los llamados "Parking" de fines de semana, en fiestas, parrandas, lo que los panameños llamamos típicamente "la gozadera", dijo que "será destituido de su puesto".

Como jurista, preocupado por los avatares diarios de nuestro acontecer nacional y producidos en su mayor parte por la clase política, que nos lleva de "pánico en pánico", me corresponde analizar si lo dicho por el Ministro se compadece con nuestro ordenamiento jurídico.

Partamos de que el Art. 64 de la Constitución Nacional, es la primera norma de la Carta Magna en señalar que el trabajo es un derecho y un deber del individuo, y complementa la oración señalando que: Y por lo tanto, es una obligación del Estado elaborar políticas económicas encaminadas a promover el pleno empleo y asegurar a todo trabajador las condiciones necesarias a una existencia decorosa.

Analizado el sentido, el texto, el alcance, el espíritu de esta norma constitucional, debo señalar que la misma es el producto o el rédito final de conquistas obreras y sindicales que nos vienen desde finales del siglo XIX, máxime si recordamos el gran movimiento obrero, la gesta laboral y en razón por lo cual celebramos el 1 de Mayo como Día Mundial del Trabajador (Mártires de Chicago de 1886).

El ser humano aspira a tener un trabajo, ya sea en una empresa privada, sea como independiente, o al servicio del Estado. Pero la norma que le establece al Estado la obligación de elaborar políticas económicas destinadas a la generación del pleno empleo de modo que el ciudadano tenga una vida decorosa. Esta obligación es para el Estado, es para el Gobierno.

Debo indicar, prima facie, que hay un verdadero contrasentido, una auténtica contradicción de grueso calibre, el decir que en virtud de la pandemia y porque se están disparando los índices de contagios del virus COVID-19, todo funcionario público que sea visto en un grupo, llámese grupo de trabajo, llámese grupo familiar o de amigos, llámese grupo de barrio, "Parqueándo", va a ser sujeto a una destitución. Esto raya también contra el espíritu de lo que indica la Constitución Nacional, respecto a la Administración Pública y los funcionarios o servidores del Estado. El Art. 300 de la Constitución, en su segundo párrafo, dice: Los Servidores Públicos se regirán por el sistema de méritos y la estabilidad en sus cargos estará condicionada a su competencia, lealtad y moralidad en el servicio.

VEA TAMBIÉN: El IDH 2020: nuevas mediciones interesantes, pero explicaciones inadecuadas

Complementa esta disposición el artículo 302 que dice: Los deberes y derechos de los Servidores Públicos, así como los principios para los nombramientos, ascensos, suspensiones, traslados, destituciones, cesantías y jubilaciones, serán determinados por la Ley.

Cuando la norma constitucional dice que serán determinados por la Ley, y en especial las destituciones, le está diciendo al ministro Sucre y a todo el que lea la norma, que no pueden haber causales de destitución para los servidores públicos, si previamente no están consagradas o definidas de modo expreso en la Ley. No puede hacerse, como hace el mago que nos impresiona, sacando el conejo del sombrero.

Suscríbete al newsletter #AlDíaConPanamáAmérica

Las noticias que importan directo a tu inbox

Una resolución ministerial o un decreto ejecutivo, no puede, jamás, contrariar ni a la Constitución ni a las propias leyes que rigen las carreras administrativas, la designación de personal, la remoción, destitución de estos en las diversas instituciones del Estado.

Constituye un verdadero contrasentido, un gazapo jurídico, lo señalado por el Ministerio de Salud de manera tal que, o ha faltado asesoría jurídica o ha faltado tino preciso para dirigir la lucha contra los contagios en épocas de pandemia por la COVID-19.

La COVID-19 se ataca desde la perspectiva científica cumpliendo, según se ha dado a conocer, con un protocolo de seguridad, no se ataca golpeando al ciudadano, suprimiendo, reduciendo, restringiendo sus derechos y libertades, sus garantías conforme lo prescriben la Constitución, los textos legales, y los convenios y acuerdos suscritos por la República de Panamá en estas materias. ¡Dios bendiga a la Patria!

Abogado.

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía
Clasiguía

Primer año de gestión

100 Días de Gestión

Contenido Patrocinado

Empresas enfrentan el desafío de proteger su operación digital ante ciberamenazas y fallos tecnológicos

Transforman ideas en negocios sostenibles en Donoso

Clientes de Caja de Ahorros se beneficiarán de pagos digitales con Yappy

¡Los nuevos Galaxy A56, A26 y A36 ya están en Panamá!

El juego cambia: Betcris se suma a la FPF para impulsar la pasión por el fútbol en Panamá

Últimas noticias

Ya suman seis los homicidios en el distrito de La Chorrera, según datos del Sistema Nacional Integrado de Estadísticas Criminales. Foto. Eric Montenegro

Acaban con la vida de un hombre dentro de su casa en Altos de Las Praderas, La Chorrera

El expresidente Martinelli destacó el logro del gobierno actual. Foto: Grupo Epasa

Martinelli: 'Este es un logro de este gobierno que se preocupó por la imagen del país, no como el anterior'

La defensa de Francisco Smith buscaba modificar la detención provisional que había sido impuesta por un Juez de Garantías.. Foto. Archivo

Dirigente bananero Francisco Smith saldrá de la cárcel y ahora debe firmar cada mes

Durante los allanamientos realizados como parte de la operación, se decomisaron dos armas de fuego, municiones, equipos tecnológicos y diversos documentos. Foto. Cortesía

Once personas fueron detenidas por el fraude contra un banco por $290 mil

Jhonathan Chávez. Foto: Archivo

‘El Canoso’ sufre accidente de tránsito sin heridos en Los Santos




Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2025.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".