
El derecho a la intimidad y las empresas
Juan Jované | [email protected] |Las empresas estarían violando la intimidad cuando facilitan o venden la información de sus clientes a otras empresas, sin el permiso explícito de los mismos.
Las empresas estarían violando la intimidad cuando facilitan o venden la información de sus clientes a otras empresas, sin el permiso explícito de los mismos.
Los derechosmineros otorgados y no ejercidos dentro del término y condiciones que fije la ley, revertirán al Estado.
Hay quienes dicen que la garantía constitucional y legal, del derecho a la no autoincriminación, justifica y sustenta el supuesto derecho a la mentira.
Un siglo que representa luchas, enfrentamientos, historia, generaciones, cultura, ignorancia y problemas sociales.
Entre ellos, en el plano nacional, Juan Materno Vázquez, quien fue ministro de gobierno y justicia y Presidente de la Corte Suprema de Justicia de Panamá, eximio jurista, la conceptualizaba como un atributo del concepto Estado. Sin jurisdicción no hay Estado y sin ella tampoco existe la soberanía. Ahora bien, el concepto de la jurisdicción sería hueco, amorfo, sino se le complementa con su brazo ejecutor que se centra o enfoca en la competencia.
En ese pasado artículo hice mención alrededor de nueve propuestas que, en lo medular, no son más que principios y garantías penales y procesales consagradas en la Constitución Nacional y en las convenciones adoptadas por Panamá en materia de derechos humanos y de administración de justicia, y frente a las cuales considero que sin ellas el Proyecto de Ley No. 625 no pasaría de ser más que un reflejo perverso de autoritarismo y totalitarismo, a la mejor usanza facista.
Como mucho antes que se dieran estos análisis o debates en la Asamblea ya, en alguna ocasión, di a conocer mi opinión jurídica sobre este proyecto de ley, cuestión que fue divulgada en un medio televisivo de comunicación social y también en audios y vídeos, de mi autoría, puestos en circulación en las redes sociales, quisiera, amen de reiterar algunos criterios, sumar otros, dejando constancia que se trata de un extenso proyecto que dispone de 93 artículos.
Por un abrumador 61,8 % frente a un 38,1 %, los chilenos rechazaron este domingo la propuesta de nueva Constitución.
Esta fue creada con por la necesidad del pueblo para contar con leyes y reformas, la cuales son necesarias para mantener y sobrellevar un país en todos los entornos posibles. También se habla de aquel articulo 136 en el cual Panamá deja claro que su independencia depende la protección de EEUU, que en ese entonces ya consigo traían muchos proyectos para nuestro istmo.
El bienestar así logrado es injusto en su raíz y atenta contra la dignidad de las personas’. Y agregó que mientras no se logre una justa distribución de la riqueza no se resolverán los males de nuestra sociedad.
Este pensamiento neoconservador es el que legitimó el golpe a Evo Morales; el que hizo lo imposible para evitar que Gustavo Petro y Francia Márquez ganaran las elecciones en Colombia.
En Panamá la Constitución Política salvaguarda el derecho humano a la alimentación. Es así que el Artículo 110 de la misma establece que el Estado deberá "Desarrollar una Política Nacional de alimentación y nutrición que asegure un óptimo estado nutricional para toda la población, al promover la disponibilidad de los alimentos adecuados".
El abogado Roberto Ruíz Díaz, asegura que espera que la Corte Suprema de Justicia, actúe con prontitud ante esta norma que solo beneficia a un grupo de empresarios.
La verdad es que a todos nos ha caído un poco mal. La situación actual requiere claridad de pensamiento, objetivos claros, metas colectivas y, sobre todo, sobriedad, por parte del Estado y sobriedad por parte de la sociedad entera.
Como el Tratado de Extradición suscrito entre Panamá y Los Estados Unidos de América, que data de 1904, fue previo a la entrada en rigor constitucional del Principio Rebus Sic Stantibus, es claro y evidente que éste, su aplicación e interpretación, quedan sujetas a la Norma Pacta Servanda Sunt, es decir, lo pactado obliga.
Con solo un minuto que esté en la presidencia, aunque sea de manera temporal, Carrizo quedaría inhabilitado para ser candidato presidencial para el próximo torneo electoral. No obstante, tiene opciones para evadir esa responsabilidad.
La propuesta cponsiste en incluir una papeleta extra en las elecciones del 5 de mayo de 2024 con la pregunta si quiere o no una nueva Constitución.
Todos, absolutamente, desde que nacemos hasta que partimos de este mundo terrenal, tendremos eventualmente que lidiar con burocracias en todo lo que hacemos, en una forma u otra; desde el uso de servicios públicos, hasta la oficialización del matrimonio y el impuesto municipal mortuorio, desde la cuna hasta la sepultura.
Lo anterior cobra especial relevancia en nuestro país, en el que aproximadamente el 6% de la población económicamente activa, es decir, unas 300,000 personas, está insertado en el servicio público.
En Panamá tiene su base en la Constitución, que permite la Revocatoria en forma taxativa de los Representantes de Corregimiento y los Diputados Independiente, mediante la acción popular de revocatoria.