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¿Desde el 1 de julio o desde la juramentación?

….el nuevo periodo presidencial se inició el 1 de julio, con todos sus efectos para la legislación nacional, lo que no puede ser caso distinto para el caso de los Diputados Centroamericanos.

Dorindo Jayans Cortez M. opinion@epasa.com - Publicado:

Diputados del Parlacen, muestran sus credenciales entregadas por el Tribunal Electoral. La condición de diputados es del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2024, es decir, la misma duración del periodo presidencial. Foto: Cortesía.

Hay un debate respecto desde qué momento se asume la condición de Diputado Centroamericano.

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¿Desde la juramentación o desde la fecha señalada en las credenciales? 

La calidad de Diputado Centroamericano, una vez electo, se obtiene con las credenciales otorgadas por el Tribunal Electoral.

No es de otra manera.

Para los efectos del nuevo periodo, este se inicia el 1 de julio de 2019 hasta el 30 de junio de 2024.

Valga señalar que el Tratado Constitutivo, que es el que da origen y fundamento al Parlacen, señala en el artículo 2 respeto a la “integración del organismo” que: “sus mandatos tendrán la misma duración del periodo presidencial del Estado donde resultaran electos”.

Como es sabido, el nuevo periodo presidencial se inició el 1 de julio, con todos sus efectos para la legislación nacional, lo que no puede ser caso distinto para el caso de los Diputados Centroamericanos.

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Es cierto que en el artículo 19 del reglamento interno se establece, que: “la diputada o diputado centroamericano titular que ha sido juramentado toma posesión del cargo a partir de dicho momento adquiriendo todos los derechos y obligaciones inherentes”.

Obsérvese que se habla de “los derechos y obligaciones  inherentes”.

Es decir, aquellos que son los esenciales para el funcionamiento del organismo, como es la asistencia a las reuniones de bancada, asistencia a las comisiones, asistencia a las reuniones del Bloque, asistencia a las reuniones de Asamblea Plenaria, incluido el derecho al salario.

Para estos caso sí hay que estar juramentados.
 
Otra cosa, muy distinta, es la temática de los “privilegios” que, en este caso, responde a una determina condición, definida en las legislaciones nacionales como es, en el caso de Panamá, la Constitución Política en su artículo 155 en correspondencia a lo ya señalado sobre la validez de las credenciales que otorga el Tribunal Electoral.

Estas dos condiciones, de inmunidades y privilegios, se asumen desde el momento que el Diputado Centroamericano es acreditado por el organismo electoral competente, y se valida, dicha calidad, una vez es avalada, por la Comisión de Credenciales del Parlamento. 

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En  la sesión del Parlacen del 24 al 28 de junio fue creada la Comisión de Credenciales.

Esta Comisión presentó a la Asamblea Plenaria el Informe, dando reconocimiento a las credenciales de los veinte Diputados por el Estado de Panamá, informe que fue aprobado por Asamblea Plenaria.

Es decir, que dichas credenciales tienen ya el debido reconocimiento del organismo, por lo que debe entenderse que los efectos de la legislación nacional alcanzan a quienes han recibido sus credenciales en su calidad de Diputados Centroamericanos.

Colegimos que las credenciales y el reconocimiento de las mismas por Asamblea Plenaria, a propuesta de la Comisión de Credenciales, resuelve el conflicto respecto al periodo de los diputados y el tema de la juramentación.

Una lectura de las credenciales entregadas por el Tribunal Electoral de Panamá, en virtud de los resultados de las elecciones del 5 de mayo de 2019, señala la fecha de las elecciones, el nombre del Diputado Centroamericano electo, y el periodo  en que este tiene tal condición que es del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2024.

Es decir, la misma duración del mismo periodo presidencial.

 Diputado Centroamericano.

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