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Opinión / Panamá se sigue promoviendo como centro de conveniencia tributaria

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Panamá se sigue promoviendo como centro de conveniencia tributaria

Publicado 2018/06/12 00:00:00
  • Ramsés G. Owens opinion@epasa.com

Tampoco estarán sujetas al uso de equipos fiscales ni se les aplicará el ITBMS. Los empleados extranjeros de estas TDR pagarán impuesto sobre la renta de acuerdo con las tarifas establecidas en el régimen general pero únicamente sobre el 25% de su renta neta gravable.

El ministro de Economía y Finanzas presentó ante la Asamblea Nacional el lunes 9 de abril de 2018, para trámite legislativo, un proyecto de ley que fue acogido por la Comisión de Economía y Finanzas con el No. 629, a través del cual se busca modernizar y hacer más competitivo el sistema financiero internacional de Panamá, promoviendo la creación de nuevas instituciones jurídicas mercantiles, como las llamadas en inglés Fintech, las Sandboxes, las Crowdfounding, las Initial Coin Offerings, las Unit Linked Life Insurance Policies, las Single Family Offices y las Cell Companies, entre tantas otras.  Se trata de un plan trazado para una profunda transformación en la estructura de la oferta financiera de Panamá.

Nos llama la atención y entusiasma, que pese a las presiones internacionales de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), del Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información para Propósitos Tributarios, del Fondo Monetario Internacional (FMI), de la lista negra de paraísos fiscales de la Unión Europea y del grupo numeroso de naciones que poseen un listado discriminatorio de países “no cooperadores” en materia impositiva dentro de los cuales incluyen a Panamá, nuestra pequeña República sigue apostando a los incentivos fiscales.

A modo de ejemplo, las Sandboxes, que son las innovaciones en tecnología financiera que permite más oportunidad de inclusión financiera para menores costos en las transacciones (Fintech, InsurTech), que la ley en ciernes las agrupa en el entorno de la Regulatory Sandbox (en Panamá denominado Marco Regulatorio Especial de Apoyo a la Innovación), se desarrollará y coordinará por la Ciudad del Saber y los proyectos Sandbox allí aceptados podrán establecerse en cualquier lugar de Panamá, siempre beneficiándose del régimen especial tributario de la Ciudad del Saber (exoneración del impuesto sobre la renta, importación, ITBMS, Aviso de Operación y otros).

Además, la nueva ley de competitividad financiera crea las Sociedades Tenedoras de Acciones o Participaciones (TDR o HLG), que estarán exentas del pago del impuesto sobre la renta, de dividendos y complementario por los servicios brindados a sus filiales o subsidiarias y las ganancias recibidas desde sus filiales o subsidiarias, u otras empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial.  Tampoco estarán sujetas al uso de equipos fiscales ni se les aplicará el ITBMS.  Los empleados extranjeros de estas TDR pagarán impuesto sobre la renta de acuerdo con las tarifas establecidas en el régimen general pero únicamente sobre el 25% de su renta neta gravable.

Énfasis debemos poner en las novedosas Oficinas Unifamiliares de Administración Patrimonial (denominadas Single Family Offices en idioma inglés), que buscan atraer a Panamá la administración de riquezas familiares de más de US$15 Millones.  Las Single Family Offices tributarán en Panamá de acuerdo con las reglas generales de territorialidad de sus transacciones, exonerándose las extraterritoriales, aplicándoseles además en forma supletoria todos los alicientes fiscales de la Ley de Sedes de Empresas Multinacionales.  Los trabajadores extranjeros de estas Single Family Offices pagarán impuesto sobre la renta únicamente sobre el 25% de su renta neta gravable (es decir, igual que las TDR antes referidas).

Por otra parte, en la nueva modalidad de Renta Vitalicia Inmobiliaria, las transacciones estarán exentas del impuesto que grava la transferencia de la propiedad inmobiliaria si el cedente del bien inmueble es mayor de 55 años.  Adicionalmente, el cómputo del impuesto sobre la renta del arrendatario de la parte de la renta percibida que sean ingresos financieros tendrá una reducción del 95%.

Además, para los flamantes Unit Linked Insurance Policies (denominación en inglés de las pólizas para doble propósito:  cubrir el riesgo de muerte e invertir en cestas de productos financieros), la tributación será la general del sistema panameño que exonera a los intereses, ganancias de capital y dividendos que provengan de bolsas de valores.

El proyecto de ley busca eximir del impuesto del 5% a las primas brutas pagadas a las aseguradoras ahora también sobre todas las primas de seguro de vida, sin importar su tipo. 
Se deja claro en el proyecto que las sumas que reciba el beneficiario de una póliza de vida, al fallecimiento del asegurado, no podrán ser paralizadas por deudas u obligaciones de cualquier tipo, incluyendo las fiscales.  De hecho, estas sumas no podrán ser parte de la masa afectada en declaraciones de concursos de insolvencia.

Estos atractivos se suman al proyecto de artículo 762-N del Código Fiscal, que de aprobarse, leerá que aquellas personas naturales que hayan establecido su vivienda principal en Panamá, se considerarán residentes fiscales panameños y recibirán certificados acreditativos de la nueva residencia fiscal.  Con este aliciente tributario, el migrante podrá renunciar a su domicilio tributario anterior y empezar a gozar de las prebendas fiscales nacionales.

Nos toca en Owens & Owens divulgar e internacionalizar estas seducciones a la clientela global.
Socio Fundador-  Owens & Owens Law.

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