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Opinión / ¿Qué están resolviendo realmente los jueces de paz?

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Capacitación / Comunidades / Conflictos / Derecho Administrativo / Fallas / Jueces de Paz / Procuraduría de la Administración / Solución

Fallas

¿Qué están resolviendo realmente los jueces de paz?

Actualizado 2019/12/03 12:50:24
  • María C. Sánchez Ramos
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...están cometiendo muchos errores y dejando en verdadera indefensión a las comunidades vulnerables que requieren de una eficiente y verdadera Justicia Comunitaria de Paz.... gran mayoría carece de humildad y no han estudiado a fondo la Ley 16 y su modificación en cuanto a procedimientos...

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Uno de los seminarios de capacitación dictados a los jueces de paz. Foto: Archivo. Epasa.

Uno de los seminarios de capacitación dictados a los jueces de paz. Foto: Archivo. Epasa.

La Asamblea Nacional aprobó la Ley N. 16 del 17 de junio del 2016, que instituye la Justicia Comunitaria de Paz y dicta disposiciones sobre mediación y conciliación comunitaria.

Al darse el marco jurídico y promulgarse en Gaceta Oficial,  se oficializa con esta ley la creación de los Jueces de Paz.

Los Jueces de Paz son la autoridad encargada de prevenir y sancionar las conductas y actos que alteren la paz y convivencia pacífica en los corregimientos.

El juez de paz y el personal que integra la casa de justicia comunitaria, cumplirán con lo estipulado en el Código de Ética de los Servidores Públicos.

 

 

 

En mi opinión, los jueces de paz están resolviendo en sus despachos todas aquellas faltas numeradas en los artículos establecidos en la ley 16 de 17 de junio de 2016, que llegan a sus despachos.

Pero para mi concepto la pregunta no es qué realmente están resolviendo los jueces de paz, sino ¿cómo lo están resolviendo?

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Hago esta acotación porque después de trabajar tres años en el sistema administrando justicia, he podido evaluar que a pesar de que la Ley 16, en su momento, iba dirigida a terminar con las incapacidades y fallas de los corregidores en cuanto aplicar correctamente la norma, esto no se ha logrado.

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Si bien es cierto la gran mayoría de los jueces de paz son letrados, pero eso no garantiza que los mismos hayan sido capacitados para trabajar el Derecho Administrativo de forma capaz, puesto que acudir a cuarenta horas de un seminario dictado por la Procuraduría de la Administración, y debo decir que es algo insustancial, no logró el objetivo de prepararlos para tan importante labor. Y es por esto que muchos no saben cómo resolver sus procesos basados en los procedimientos que la norma establece; puedo aseverar que la gran mayoría de los jueces de paz, por no decir todos, carece de humildad y no han estudiado a fondo la Ley 16 y su modificación en cuanto a procedimientos, lo que los lleva a ignorar el fondo, la forma y los procedimientos que deben seguir dentro de los respectivos procesos por resolver.

Y por eso es que siento que en vez de lograr ejecutar una justicia comunitaria de paz certera, rápida y en derecho, se están cometiendo muchos errores y dejando en verdadera indefensión a las comunidades vulnerables que requieren de una eficiente y verdadera Justicia Comunitaria de Paz.

Existen muchas quejas acerca de los jueces de paz que atienden estas quejas, quién le pone un alto a las malas prácticas que se dan en las casas de paz; debemos detenernos a pensar por qué se dan estas quejas, ¿se escogieron a las personas indicadas para asumir este cargo?

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Los mismos jueces en nuestro país están de acuerdo en cuanto a los problemas que afectan a la justicia y las soluciones que se requieren para afrontarlos.

La justicia está funcionando muy lenta para lo que se esperaba que fuera, se suponía que los jueces de paz, resolverían los problemas de los aquejantes de las comunidad en un término no mayor de treinta días, porque el sistema sería más rápido, efectivo y seguro, que llegaría para dar solución entre las partes y con un mediador que se esperaba pudiera entender a las personas y lograr el acuerdo entre las partes, en esto también influye el presupuesto con el que se están manejando las casas de paz el cual no cubre todos los gastos necesarios y el cual los jueces de paz no son bien pagados, para mi concepto, lo cual debería ser revisado por la entidad competente.

Tenemos un buen sistema judicial, muy garantista y de alta calidad, pero poco ágil y escasamente dotado.

Y la agilidad, cuyo presupuesto ineludible es una adecuada carga de trabajo en cada juzgado y casa de paz, forma parte de la calidad.

Sin embargo, ambas cuestiones tienen solución, el problema es sencillamente de voluntad política.

La justicia es la garantía última de los ciudadanos y las libertades de las personas.

Estudiante de Maestría de la Universidad Interamericana de Panamá (UIP). 

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