Tribunal Electoral garantiza tres debates presidenciales antes de las elecciones de mayo de 2024
El primer debate se realizará el 14 de febrero de 2024, teniendo como anfitrión a la Universidad de Panamá y el último será organizado por la Cámara de Comercio.
El Tribunal Electoral publicó la convocatoria de elecciones generales para el próximo 5 de mayo y las reglas de estos comicios. Foto: Grupo Epasa
El Tribunal Electoral (TE) ya realizó la convocatoria a las elecciones generales del 5 de mayo de 2024 y con ello también se hizo públicas las reglas para esta contienda.
Desde ya se estableció que serán tres los debates presidenciales que se han de realizar en la próxima campaña.
El primer debate se realizará el 14 de febrero de 2024, teniendo como anfitrión a la Universidad de Panamá y como productor a Medcom.
El segundo debate se llevará a cabo el 13 de marzo de 2024, en colaboración con la Asociación Panameña de Debate (Aspade) y teniendo como productora a la estatal SERTV.
Mientras que el tercer debate será el 17 de abril de 2024, teniendo como anfitrión a la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá y como productora a Televisora Nacional (TVN).
Se deja claro que la sede y hora de cada debate será determinada por el Pleno del Tribunal Electoral, en coordinación con el respectivo anfitrión y publicadas por tres días consecutivos en el Boletín Electoral, con un mínimo de 30 días calendario previos al respectivo debate.
Según el Tribunal Electoral los debates presidenciales tienen como objetivo contribuir al desarrollo de la vida en democracia; Ofrecer a todos los candidatos presidenciales, al margen de lo que arrojen las encuestas de opinión, la oportunidad de difundir sus propuestas, ideologías, alternativas de políticas públicas y planes de gobierno; Contribuir a la promoción del voto; y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura política, particularmente la tolerancia y respeto a las ideas de los adversarios.
En los primeros 15 días de enero de 2024 el Tribunal Electoral invitará, de acuerdo con el artículo 275 del Código Electoral, a todos los candidatos presidenciales a participar en los tres debates televisados. El ejercicio de este derecho dependerá de cada candidato presidencial y la inasistencia de alguno, no será causa para la suspensión del debate.
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En las reuniones previas a cada debate participarán también el respectivo anfitrión y productor, con el fi n de evaluar a los moderadores, revisar la reglamentación y metodología del debate, al igual que los temas por abordar. A falta de acuerdo entre las partes convocadas, la decisión recaerá en el Tribunal Electoral.
Para cada debate presidencial se efectuarán tres sorteos, a fin de establecer el orden de ubicación y de participación de los candidatos. Estos sorteos se llevarán a cabo en la sede principal del Tribunal Electoral en presencia del respectivo anfitrión o colaborador, productor y de todos los candidatos presidenciales o de sus representantes.
Los debates presidenciales serán televisados y transmitidos en cadena nacional, sin costo, por parte de los medios televisivos y radiales, salvo el de la producción que será cubierto por el Tribunal Electoral, previo acuerdo con el respectivo medio televisivo a cargo de la producción del debate. Los medios radiales y televisivos se podrán incorporar a la transmisión sin costo alguno. La transmisión de los debates garantizará facilidades de accesibilidad, como el lenguaje de señas.
En los intermedios de la transmisión se pasarán pautas de docencia, promoción de valores y mensajes institucionales patrocinados por el Tribunal Electoral, las productoras televisivas y anfitriones, en proporciones iguales; cuyo contenido haya sido previamente aprobado por el Tribunal Electoral. Todo medio que transmita los debates queda obligado a cumplir con esta normativa, quedando impedidos de transmitir cuñas distintas a las aquí contempladas.
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En los espacios físicos en los que se lleven a cabo los debates, se garantizarán las condiciones de seguridad idóneas para su correcto desarrollo.
Al lugar de celebración de los debates, tendrán acceso los candidatos presidenciales con un acompañante y el personal que determine el Tribunal Electoral, en coordinación con el respectivo anfitrión o colaborador. Los acompañantes de los candidatos participantes deberán permanecer en el área que se les asigne en completo silencio y guardando el orden y respeto debidos. Las concentraciones públicas que se realicen durante las transmisiones de los debates presidenciales, incluyendo las inmediaciones donde se lleven a cabo, serán supervisadas por el Cuerpo de Delegados Electorales para prevenir enfrentamientos.
En el recinto donde se realicen los debates queda prohibido fijar propaganda electoral y cualquier manifestación de proselitismo; al igual que las conductas que afecten la seriedad, transparencia y orden de la actividad.
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