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DGI / Impuesto / Proveedor de Autorización Calificado

Economía

Publio De Gracia: Proveedor de Autorización Calificado no cobrará impuestos a los contribuyentes

Actualizado 2020/02/11 18:47:15

El Decreto Ejecutivo No.115 del 30 de enero de 2020, adiciona la figura del PAC, que son las personas jurídicas que tienen permisos de la DGI para otorgar consentimiento de uso sobre la Factura Electrónica a contribuyentes que utilicen sus servicios.

La DGI afirmó que el PAC no un servicio de intermediación en cobros de impuestos. Foto/Archivo

La DGI afirmó que el PAC no un servicio de intermediación en cobros de impuestos. Foto/Archivo

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El director General de Ingresos, Publio De Gracia aseguró que el Proveedor de Autorización Calificado (PAC) no les cobrará impuestos a los contribuyentes, solo otorgará autorización de uso (validación) sobre la Factura Electrónica a las personas que utilicen, garantizándoles la continuidad del servicio las veinticuatro horas al día, siete días a la semana, 365 días al año.

Aclaró que los PAC no un servicio de intermediación en cobros de impuestos ni tampoco se crearon para beneficiar a una empresa en especial.

"La persona natural o jurídica que desee utilizar la Factura Electrónica, como método podrá escoger el servicio de los diferentes PAC que sean autorizados por la Dirección General de Ingresos (DGI)", sostuvo De Gracia.

Explicó que los PAC deben de cumplir con una serie de requisitos para poder operar, como el otorgamiento de una fianza de cumplimiento y mantener un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información en los procesos asociados a las Autorizaciones de Uso de documentos, según los lineamientos de la norma ISO/IEC-27001, entre otros.

VEA TAMBIÉN: Panamá se promueve como destino para los negocios e inversiones

El Decreto Ejecutivo No.115 del 30 de enero de 2020, adiciona la figura del PAC, que son las personas jurídicas que tienen permisos de la DGI para otorgar consentimiento de uso sobre la Factura Electrónica a contribuyentes que utilicen sus servicios.

Este decreto Ejecutivo también estableció las normas relativas a la adopción de la Factura Electrónica para las empresas que se encuentran exceptuadas del uso de Equipos Fiscales, autorizó la apertura del plan piloto de Factura Electrónica a toda aquella persona natural o jurídica que desee ser exceptuada por la DGI del uso de Equipos Fiscales para documentar sus operaciones de transferencias, venta de bienes y prestación de servicios, mediante la expedición de factura o de documento equivalente.

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