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Ley 464 regula la producción y exportación del cáñamo en Panamá

Entre los fines de esta norma está impulsar el cultivo sostenible del cáñamo en Panamá.

Redacción / nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica - Actualizado:

Esta planta es una variedad del cannabis sativa. Foto: Pexels

 La Ley 464 que regula la producción, comercialización y exportación del cáñamo en Panamá fue sancionada ayer por el presidente de la República, José Raúl Mulino. 

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 Esta planta es una variedad de cannabis sativa y está compuesta por fibra, semillas y aceite, los cuales se utilizan en la elaboración de diversos productos industriales y de consumo.

Con la Ley 464 se busca regular el uso del cáñamo para fines industriales y otros usos lícitos, a través de las actividades autorizadas de siembra, cultivo, cosecha, transformación, exportación, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, importación, uso y posesión de las semillas y de la planta o de sus derivados cuyas concentraciones de tetrahidrocannabinol (THC) cumplan con los requerimientos legales. 

Dicha ley, será aplicada respectivamente por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), para expedir la autorización de cultivo de cáñamo.

Mientras que el Ministerio de Salud (Minsa) expedirá la ficha técnica de no psicoactividad y vigilará el cumplimiento de la normativa cuando sean alimentos de consumo humano.

En tanto, el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), expedirá el  aviso de operación para el procesamiento y transformación del cáñamo, así como la fabricación de sus productos terminados, la comercialización, distribución y exportación de estos.

El Ministerio de Seguridad Pública ejercerá los mecanismos de control y vigilancia sobre el uso ilícito de los permisos otorgados en coordinación con el MIDA, el Ministerio de Ambiente, en los casos que corresponda, y el Instituto de Innovación Agropecuaria de Panamá (IDIAP) respaldará a los productores en la investigación y tecnologías necesarias para obtener el mayor beneficio del cultivo y otras actividades propias de sus competencias. 

Entre los fines de esta norma está impulsar el cultivo sostenible del cáñamo en Panamá.

Además, promover iniciativas encaminadas a que la materia prima y los derivados, así como el producto terminado nacional, cumplan con las condiciones de calidad requeridas por el mercado nacional e internacional sobre regulaciones de bioseguridad, trazabilidad y supervisión.

Asimismo, fomentar el estudio, promoción e investigación del cáñamo para incrementar el conocimiento científico sobre sus derivados y usos industriales, médicos y alimenticios.

También, busca fortalecer el desarrollo económico y social del sector agropecuario a través de la producción, industrialización y comercialización del cáñamo.

También, favorecer a los productores con los beneficios de la producción.y comercialización

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