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Minsa aprueba formularios oficiales para el acceso al cannabis medicinal en Panamá

El cannabis medicinal debe ser adquirido únicamente mediante el cumplimiento de los requisitos oficiales.

Maryori Sánchez/ @nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica - Actualizado:

Pacientes podrán acceder al cannabis medicinal en Panamá.

El cannabis medicinal dejó de ser solo un tema de debate y se convirtió en una política oficial en Panamá. Con la Resolución No. 0406 del 12 de mayo de 2026, publicada en la Gaceta Oficial, el Ministerio de Salud aprobó los formularios y certificaciones médicas que permitirán a pacientes acceder a tratamientos con derivados de esta planta bajo estricta supervisión estatal.

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De tal manera, esta decisión se fundamenta en el artículo 109 de la Constitución, que obliga al Estado a velar por la salud de la población y garantizar el bienestar integral de los ciudadanos. Además, se apoya en la Ley 242 de 2021, que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis, y en el Decreto Ejecutivo No. 6 de 2025, que creó el Programa Nacional para el Estudio y Uso Medicinal del Cannabis y sus Derivados (PNEUCAM).

Asimismo, el documento recuerda que el cannabis y el tetrahidrocannabinol (THC) siguen siendo sustancias controladas, sujetas a fiscalización internacional, y que su uso recreativo continúa siendo ilegal. Sin embargo, se reconoce su utilidad médica en tratamientos específicos, alineándose con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y la Comisión de Estupefacientes de la ONU.

Por tal motivo, los pacientes que requieran este tratamiento deberán cumplir con un proceso claro y obligatorio para poder adquirirlo.

• Se deben registrar en el Sistema para la Identificación de Usuarios de Cannabis Medicinal y Acompañantes Autorizados (SIUCMAA), disponible en la página web del Minsa.

• La certificación médica será emitida únicamente por médicos idóneos reconocidos por el Consejo Técnico de Salud. El documento deberá incluir datos sobre el paciente, diagnóstico, dosis, frecuencia, duración del tratamiento, forma farmacéutica y vía de administración.

El listado oficial de diagnósticos contempla más de veinte patologías, entre ellas Alzheimer, cáncer, epilepsia, depresión, anorexia, esclerosis múltiple, Parkinson, VIH/SIDA, insomnio, dolor crónico, artritis, entre otras. Con esta medida, la calidad de vida de miles de pacientes con estas enfermedades mejorará paulatinamente, a causa de que antes no tenían acceso a este tipo de terapias.

Cabe recalcar que los productos podrán presentarse en diversas formas farmacéuticas como aceites, cápsulas de gel, parches transdérmicos, tinturas, inhaladores orales, cremas, extractos y flor procesada para inhalación. Todos estarán sujetos a control sanitario y fiscalización estricta, lo que garantiza un uso responsable.

Por otro lado, en el caso de menores de edad o adultos con discapacidad, será obligatorio contar con un acompañante autorizado, que solo podrá ser un padre con potestad o un tutor designado.

Es importante destacar que el uso del cannabis como parte de un tratamiento medicinal debe ser utilizado únicamente con fines terapéuticos, bajo estricta supervisión médica.

Para su obtención, los pacientes deberán cumplir un proceso regulado que incluye llenar el formulario de usuarios del cannabis. Las farmacias autorizadas en la venta del cannabis medicinal se mantendrán exclusivamente para uso terapéutico.

 

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