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Anati / Corrupción / Fenasep / Nepostimo / Unachi

Panamá

Nepotismo, en la mira de la Antai

Actualizado 2024/12/03 22:59:34
  • Francisco Rodríguez Morán / frodriguez@epasa.com

La Antai solicitó al Tribunal Electoral información sobre el árbol genealógico de Candanedo para verificar las conexiones familiares.

Sede de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información. Foto: Archivo.

Sede de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información. Foto: Archivo.

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La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) investiga varias irregularidades por la presunta violación del artículo 41 del Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos.

El  artículo 41 del Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos, establece que los funcionarios públicos no deben nombrar a su cónyuge, pareja de unión consensual o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Entre los casos más relevantes de supuesto nepotismo investigados por la Antai se encuentran el de Indira Candanedo, directora de Recursos Humanos de la Universidad Autónoma de Chiriquí (Unachi) y el representante de Caimitillo, Rodolfo Precilla Carrión.

La Antai solicitó al Tribunal Electoral información sobre el árbol genealógico de Candanedo para verificar las conexiones familiares que podrían estar influyendo en los nombramientos dentro de la universidad.

Ante los señalamientos del diputado Jhonathan Vega, del circuito 4-5, Candanedo aceptó en octubre pasado que varios de sus familiares trabajan en la Unachi. Candanedo se defendió argumentando que la que nombra es la rectora Etelvina Medianero de Bonagas.

Mientras que Precilla la Antai corroboró tenía bajo su cargo a tres funcionarios, quienes mantenían vínculos familiares de tercer grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad.

La Antai le impuso una sanción equivalente a 50% de su salario mensual a Precilla y recomendó la destitución de los otros tres funcionarios.

Acciones

Augusto Berrocal, asesor legal de la Federación Nacional de Servidores Públicos (Fenasep), expresó a Panamá América que el “nepotismo” está descrito claramente en la ley 9 de 1994 en su texto único.

Berrocal agregó la autoridad no puede nombrar su pariente dentro de una misma institución

En caso de que se conformó una pareja o matrimonio en un mismo departamento de una entidad pública, se debe corregir cambiando de departamento a uno de los dos.

De comprobarse un caso de nepotismo la persona deberá ser despedida, aseveró Berrocal.

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De acuerdo con el abogado Alfonso Fraguela, en el caso de la Unachi es importante destacar algunos aspectos, si los nombramientos de las personas (familiares), fueron producto de un concurso

"Nada impide a un ciudadano participar en un concurso y poder ganar la cátedra, si bien es cierto cuando hay un tipo de relación entre personas administrativamente lo que suele ocurrir es que se hace el traslado de una posición a otra, eso no significa que el nombramiento fue ilegal", acotó Fraguela.
 

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