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Variedades / El promotor

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El promotor

Publicado 2002/08/10 23:00:00
  • Guaynabo, Puerto Rico

El promotor es el empresario o dueño inicial que promueve una obra. Según el licenciado Ricardo Eskildsen M., en su libro "La propiedad horizontal o condominiums": el promotor es la figura central y de mayor relevancia en los edificios que se incorporen al Régimen de Propiedad Horizontal.
De acuerdo a la Ley No. 13 es quien hace el Reglamento de Copropiedad, en el que se protege la inversión de los dueños de los apartamentos.

Como mencionamos anteriormente, es el promotor quien determina los deberes y derechos del propietario. Se encarga además de la administración inicial y el manejo del edificio.
El promotor cobra los gastos comunes a los dueños que ya han ocupado su apartamento, desde la adquisición del título de propiedad. También está facultado por la ley a exonerar a través del Reglamento de Copropiedad algunos costos y gastos comunes a los inquilinos de las planta baja o en sótano, que no se benefician directamente con parte de la infraestructura del inmueble. El promotor puede vender y traspasar parte del edificio incorporado al Régimen de P.H.
Por el contrario se le limita el otorgamiento del área de la azotea un valor por metro cuadrado de construcción inferior al valor establecido a los departamentos.
Cuando se trata de un edificio nuevo generalmente se actúa por medio de una persona jurídica o sociedad anónima, que tiene la obligación de cumplir con los plazos y condiciones óptimas de las unidades departamentales.
El promotor posee el derecho de propiedad sobre el 100% del área superficial del terreno hasta que se inscriba en la Sección de Propiedad Horizontal del Registro Público, se dé la incorporación (Resolución del MIVI), se declare las mejoras y el Reglamento de Copropiedad.

El artículo 33 de la Ley 13 del 28 de abril de 1993 obliga al promotor a iniciar el trámite administrativo a pagar al Ministerio de Vivienda el 0.10% del valor declarado de la construcción para calificar el proyecto de Reglamento de Copropiedad, de planos arquitectónicos, etc. Este dinero ingresa al fondo para la asistencia habitacional del MIVI.
El promotor para calcular las áreas de las unidades departamentales que venderá debe tomar en cuenta lo estipulado por la ley, procurando que las superficie de los departamentos deben incluir el área que ocupen las columnas del piso respectivo, y las áreas de las paredes exteriores, porque a pesar de ser áreas comunes, sirven a determinados apartamentos.
De acuerdo con la ley, el promotor es el beneficiario de los fondos que generen los proyectos de construcción; también debe responsabilizarse de indemnizar por supuestos perjuicios que provengan de terceros.
-Bueno se preguntarán ¿y qué hay del IV, V y VI grado de enseñanza primaria básica y obligatoria en nuestro país?. La respuesta es muy sencilla. Los que pueden, con mucho sacrificio asisten al centro de Arraiján y logran obtener un certificado de sexto grado.
Cabe mencionar que debido al peligro de ser golpeados por alguna vaca, muchos de los pequeños prefieren mejor quedarse en sus casas, ya que la distancia para llegar a la escuela, además de ser agotadora, es peligrosa.
La maestra del lugar, quien también está desempleada, agrega que existe un alto índice de analfabetismo producto de esta situación. Sugiere que les impartan cursos de manualidades, belleza, mecánica, electricidad, carpintería, "algo que nos sirva para desarrollarnos y crecer económicamente . La mayoría lo único que saber hacer es pescar".
Enumerar cuántos adolescentes han cursado un segundo ciclo, ni hablar...

En múltiples ocasiones los jóvenes del Movimiento Proyecto 2000 han venido denunciado el estado deplorable en que se encuentran viviendo estos seres humanos.
Tuvimos acceso a una nota fechada el 4 de enero de 2002, remitida al despacho de la ministra de la Presidencia Ivonne Young, precisamente con el ánimo de notificarle a la Presidenta; la precaria situación en que se encuentran estas humildes familias y sobre todo en busca de posibles soluciones.
"Hasta la fecha ninguna autoridad ha hecho caso a este clamor", sentenció Luis González, dirigente de la agrupación, quien en días pasados se presentó en El Panamá América con la esperanza y confianza de que por una buena vez las autoridades escuchen el sentir de niños, hombres y mujeres de la Playita de Bique.
González explica que el problema no es simplemente de pobreza, sino también de ciertos intereses que perfilan la situación en un plano más profundo.
En la misiva se enfatiza sobre el movimiento conflictivo que confronta la Playita de Bique en la tenencia de la tierra, ("la cual se dice es de propiedad de una familia de apellido GAMBOTTI") y su calvario por más de 50 años, donde familias humildes poblaron estos terrenos en busca de mejores días para los suyos, pero la realidad muestra otro rostro.
Y es que en cierta manera este litigio, según opina González, complica las posibilidades de desarrollo de la comunidad.
Durante el recorrido, las personas que allí viven, manifestaron que han hecho intentos para solicitar el sistema de acueductos, teléfonos públicos, electricidad y la construcción de una carretera, petición que ha sido negada en reiteradas ocasiones.

Amanece como de costumbre, una de las residentes de nombre Venancia, enciende el fogón, pone el café. A eso de las cinco de la tarde, cuando el hambre muerde las entrañas, no queda otra alternativa que esperar las almejas que Gerardo y Alexis, puedan traer a casa.
Era la una de la tarde y el destino no estaba sellado para muchos... "Por favor regresen".
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