economia

Clientes prepagos salen del anonimato

La iniciativa surgió ante la utilización de teléfonos prepago para realizar actos ilegales como por ejemplo ofrecer promociones falsas, así como extorsiones, entre otros.

Diana Díaz V. | diana.diaz@epasa.com | @PanamaAmerica - Publicado:

La gran mayoría de los celulares activos son prepago en el país, lo que necesita de mayor vigilancia. Archivo

Desde esta semana, las empresas de telefonía móvil, así como distribuidores y comercializadores quedaron facultadas para recabar toda la información de los titulares de las líneas de telefonía prepago.

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Esta facultad se da, luego de que se sancionara la Ley 13 del 20 de febrero de 2018 que adiciona artículos a la Ley 51 de 2009 que dicta normas para la conservación, la protección y el suministro de datos de usuarios de los servicios de telecomunicaciones.

La normativa establece, además, que toda persona que cuente con una línea telefónica prepago está en la obligación de registrar sus datos personales a través de los mecanismos que faciliten las empresas concesionarias para tal fin.

Además, se da un plazo de un año para que las empresas concesionarias que brinden el servicio de telefonía prepagada registren debidamente a sus clientes activos.

Indica, además, que los operadores no serán responsables de la veracidad de la información que sus usuarios les proporcionen o que reposen en las bases de datos, pero deberán garantizar su confiabilidad, excepto cuando la autoridad competente lo solicite.

Indica que la Autoridad de los Servicios Públicos (Asep), junto con las concesionarias de la telefonía, deberán realizar una campaña dirigida a los clientes y usuarios de los servicios de telecomunicaciones para informarles de la obligación que tienen de registrar y actualizar sus datos de identificación personal.

Por su parte, el Órgano Ejecutivo tendrá un término de tres meses para reglamentar el proceso de recolección de información.

De acuerdo con datos de la Asep, en Panamá existen 5 millones 977 mil 641 abonados de teléfonos móviles celulares, de los cuales 5 millones 307 mil 813 son abonados prepagos.

La normativa establece que la Asep queda facultada para verificar que se cumpla con lo dispuesto en la ley.

Las personas naturales o jurídicas que incumplan las disposiciones de la Ley 51 de 2009 respecto a la recolección y conservación de los datos de identidad de los usuarios de telefonía prepago serán sancionados administrativamente por la Asep con multas de 50 dólares a 5,000 dólares, dependiendo de la gravedad de la falta.

La iniciativa se planteó en un principio, dado que algunas líneas prepago son utilizadas para cometer algunos delitos escudándose en el anonimato.

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