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Conozca los componentes del proyecto que establece el primer Código de Procedimiento Tributario en Panamá

De acuerdo con Javier Mitre asesor de Asuntos Tributarios del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), se restablece la opción para que los créditos líquidos y exigibles de un contribuyente o responsable por concepto de tributos puedan ser cedidos a otros contribuyentes o responsables.

Redacción/@PanamaAmerica - Actualizado:

Contempla una compensación de cuentas cuando un proveedor del Estado este pendiente de recibir un pago .

El proyecto de Ley 692 que  plantea la creación  del Código de Procedimiento Tributario establece por primera vez el  pago en especie  por impuestos nacionales, es decir  por medio de terrenos,  debidamente  refrendada por la Contraloría General.

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Además  contempla  una compensación de cuentas  cuando un proveedor del Estado este pendiente de recibir un pago  de una entidad pública y a su vez, este sea deudor del fisco.

De acuerdo con Javier Mitre asesor de Asuntos Tributarios del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF),  se restablece  la opción  para que los  créditos líquidos y exigibles de un  contribuyente o responsable  por concepto de tributos puedan  ser cedidos a otros contribuyentes o responsables.

Para el economista Juan Jované, si  esta medida no va acompañada de un mecanismo que evite la moratoria fiscal de las personas, el Estado quedará con menos recursos. "Si el Estado no recibe los recursos que ahora recibe también tendrá problema con su  gasto público", explicó.

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Indicó que la medida es buena en la medida de que además de dar facilidades a las personas que cumplen con sus tributos, también vea la parte de presionar más para que no haya moratoria y la gente no evada el fisco para poder compensar.

Según Mitre,  en atención al principio  de Seguridad Jurídica y para corregir  las distorsiones  con otras normas  del país (Códico de Comercio) y hacer al país más competitivo  se prescribirán de oficio  y de forma  automática a los 6 años  los impuestos  nacionales, de periodos de prescripción que actualmente alcanzan hasta 15 años.

También se crea el Defensor del Contribuyente adscrito a la Defensoría  del Pueblo con el  objeto de que a través de un  funcionario imparcial se vigile y se hagan  respetar los derechos y garantías de los contribuyentes frente a cualquier abuso o arbitrariedad del fisco.

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