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Judicial / Con sospechosa y burda velocidad aplican táctica nica a Ricardo Martinelli

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Corte Suprema de Justicia / Panamá / Ricardo Martinelli / Tribunal Electoral

Panamá

Con sospechosa y burda velocidad aplican táctica nica a Ricardo Martinelli

Actualizado 2022/04/02 09:00:40
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • PanamaAmerica

El procurador encargado no demoró ni 24 horas para "preparar" una opinión de 43 páginas frente a la acción de inconstitucionalidad.

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Ricardo Martinelli es el líder indiscutible en todas las encuestas para alcanzar la Presidencia de Panamá en los comicios del 2024. Foto: Archivo

Ricardo Martinelli es el líder indiscutible en todas las encuestas para alcanzar la Presidencia de Panamá en los comicios del 2024. Foto: Archivo

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    Ricardo Martinelli mantiene fuero y especialidad, ¿qué representa la admisión de una demanda de inconstitucionalidad?

En una sorprendente y hasta sospechosa velocidad, el procurador general de la Nación, Javier Enrique Caraballo Salazar, emitió criterio ante una acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la decisión mayoritaria de los magistrados del Tribunal Electoral, que le reconoció el fuero al exmandatario y presidente del partido "Realizando Metas".

El procurador encargado no demoró ni 24 horas para "preparar" una opinión de 43 páginas frente a la acción de inconstitucionalidad promovida por sectores oficialistas, a través del abogado Héctor Herrera.

A la velocidad de la luz

La acción fue admitida el jueves a la velocidad de la luz por la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López, quien ese mismo día la remitió a Caraballo.

Nunca en la historia de la justicia panameña se había producido una situación similar en la que la opinión de un procurador se emite al día siguiente del que se le corrió traslado por parte de la Corte Suprema. Ahora, el resto de los abogados van a reclamar ese tipo de justicia express en sus demandas.

Fregar al líder de las encuestas

Ricardo Martinelli es el líder indiscutible en todas las encuestas para alcanzar la Presidencia de Panamá en los comicios del 2024.

En la reciente encuesta de Gallup Panamá -con papeleta en mano- registró 47% de los sufragios en una votación en la que vencería a otros seis candidatos aunque estos fueran juntos. Ricardo Lombana tiene 11%, Zulay Rodríguez, Rómulo Roux y Rubén Blades con 6%. José Blandón suma 5% y el candidato del gobierno: José Gabriel Carrizo 2%. En conjunto estos seis candidatos acumulan 36%, por lo que "El Loco" les saca una ventaja de 11%.

Gobierno de Cortizo copia a Nicaragua

El internacionalista Pedro Sittón advirtió lo peligroso que resulta para la democracia de un país el judicializar la política, con el fin de anular a potenciales candidatos.'

2573


artículo del Código Judicial donde se habla de las demandas de inconstitucionalidad.

Pedro Sittón dijo que lo sucedido ha sido muy "burdo" y pareciera que ahora en Panamá se quieren copiar de la fórmula aplicada en Nicaragua, donde el gobierno de Daniel Ortega encarceló a 7 candidatos presidenciales.

VEA TAMBIÉN: Mandan a la cárcel a hombre que usaba la tarjeta de crédito de su víctima

A Martinelli -en esta ocasión no lo apresaron- pero vía una demanda de inconstitucionalidad, el gobierno de Cortizo lo quiere convertir en un rehén político como sucedió con los nicaragüenses: Cristina Chamorro, Arturo Cruz, Félix Maradiaga, Juan Sebastián Chamorro, Miguel Mora, Medardo Mairena y Noel Vidaurre, expresó el internacionalista Pedro Sittón.

Chapulinada jurídica

La propia Corte Suprema de Justicia ha expresado que el fuero es un derecho legal que busca proteger a los actores políticos para que ni el móvil político, ni las motivaciones personales, ni de otra naturaleza, sirvan como criterio o justificacion para iniciar procesos judiciales y aplicar la ley penal, persiguiendo caprichosa o circunstancialmente a una persona que goza de dicho derecho como candidato o directivo de un partido.

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También hay fallos de la propia Corte, donde se advierte que la falta de motivación en una resolución -tal como ocurrió en la primera instancia electoral- deviene en violación al debido proceso y ya hay jurisprudencia del máximo tribunal en esa materia.

Sittón destaca que en una "chapulinada jurídica", el procurador Caraballo omite lo de la violación al debido proceso y se queda solo en el tema del Principio de Especialidad.

Javier Caraballo sostiene que el pleno del Tribunal Electoral abordó un tema que no era de su competencia como el Principio de Especialidad que se establece en el Tratado de Extradición con EE.UU., por lo que se violaron los artículos 4, 18, 32, 142 y 143 de la Carta Magna.

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