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Judicial / Joven que tiró arma del Puente de las Américas pasa a otra esfera legal

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Armas / audiencia / puente / Sistema Penal Acusatorio

Joven que tiró arma del Puente de las Américas pasa a otra esfera legal

Publicado 2020/02/29 00:00:00
  • Luis Ávila
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  • lavila@epasa.com
  •   /  

El artículo 65 del Código Penal señala que 'el trabajo comunitario debe ser aplicado por el Juez de Conocimiento o el de Cumplimiento, a quien ha sido condenado y su pena no pase los cinco años'.

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Dagney Yineth Ryfkogel, a su llegada al Sistema Penal Acusatorio de plaza Ágora, para solicitar el cambio de pena. Edwards Santos

Dagney Yineth Ryfkogel, a su llegada al Sistema Penal Acusatorio de plaza Ágora, para solicitar el cambio de pena. Edwards Santos

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Un juez de cumplimiento y la junta técnica del Centro Femenino de Rehabilitación (Cefere) serán los encargados de evaluar si la joven Dagney Yineth Ryfkogel, condenada a 50 meses de prisión por arrojar un arma de fuego del Puente de las Américas, en Carnaval, califica para un reemplazo de pena o no.

Ayer, en audiencia celebrada para el cambio de la pena, la juez de garantías, Tulia Morelo, le negó a Ryfkogel la solicitud de trabajo comunitario en el Centro de Salud de El Chorrillo, como su defensa había solicitado.

Esto, debido a que el abogado Raymundo González, defensor de la detenida, no pudo presentar la documentación de aprobación para realizar esta labor comunitaria.

González, al ser cuestionado sobre cuáles habían sido los motivos para no presentar tal documentación, narró que se presentó al centro de salud de El Chorrillo, en donde la documentación fue aceptada, sin embargo, le comunicaron que la aprobación para realizar esta labor, debe ser aprobada por la Región Metropolitana de Salud.

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González indicó que hasta el momento de iniciar la audiencia, la Región Metropolitana de Salud no había contestado la solicitud.

Ante la inexistencia de tal documentación, la fiscal Xochilt Castillo señaló que el Ministerio Público no puede hacer ningún pronunciamiento al respecto sobre la aprobación o rechazo de la medida solicitada a favor de la joven.'

50


meses de prisión, condena que recibió Dagney Yineth Ryfkogel.

50


meses de no portar arma, se le aplicó como pena accesoria.

2


días tenía la defensa de Dagney Yineth Ryfkogel para solicitar el cambio de medida.

La funcionaria agregó que el MP debe ir más allá de solo la documentación que presentaría la defensa de la detenida, sino que también se debe evaluar el interés de esta persona en cambiar su forma de ser, así como qué representa ella para la sociedad.

Castillo añadió que la joven Dagney Ryfkogel pasa a manos de un juez de cumplimiento y también la junta técnica del Cefere debe evaluar, primero la documentación en donde se pretende que haga el trabajo comunitario, así como la conducta de la detenida hasta el momento en el cual dichos documentos lleguen al centro de rehabilitación.

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La fiscal puntualizó que la razón por la cual la joven no fue condenada por el delito de posesión de arma de fuego, es que antes de la grabación del video en que sale arrojando el arma debajo del puente, la pistola estaba en poder de uno de los hombres que la acompañaban.

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Reincidente

Este medio pudo conocer que Ryfkogel fue condenada anteriormente por el delito de fuga, toda vez que incumplió con una medida cautelar que se le había otorgado por otro caso.

Hay que indicar que la misma, también fue parte de un proceso por robo agravado del cual fue declarada absuelta.

Estas situaciones, según la fiscal Castillo, deberán ser evaluadas al momento en el cual la defensa vuelva a pedir el cambio de medida a Dagney Ryfkogel.

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Cabe resaltar que esta joven, además de la condena a 50 meses de prisión impuesta por el delito cometido, también se le aplicó como pena accesoria no poder portar arma de fuego.

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