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Judicial / ¿Qué sanciones acarrea el uso indebido de una base de datos?

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Antai / Caja de Seguro Social / IDAAN / Panamá / Robar datos

Panamá

¿Qué sanciones acarrea el uso indebido de una base de datos?

Actualizado 2022/12/08 10:00:04
  • Luis Ávila
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  • lavila@epasa.com
  •   /  

Desde el año 2019, en Panamá esta vigente la Ley de Protección de Datos Personales.

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Este delito del uso indebido de datos también acarrea sanciones administrativas.Archivo.

Este delito del uso indebido de datos también acarrea sanciones administrativas.Archivo.

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El apropiarse, ingresar o utilizar una base de datos de manera indebida, se sancionará con una pena de prisión de dos a cuatro años, según el artículo 289 del Código Penal, así lo manifestó Katiusca Hull, abogada especialista en Derecho Informático.

Las declaraciones de Hull surgen luego de que, en los últimos días, se conoció que la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) realizó una inspección en unas oficinas de la Caja de Seguro Social (CSS) por el uso indebido de la base de datos de esta institución.

La jurista añadió que por este delito hay una agravante en el artículo 291, cuando esta conducta es ejecutada por personas que trabajan en una entidad pública o bajo la cual está la tutela de la base de datos, por lo que la pena se agravará entre una sexta y una tercera parte.

Agregó que esto también va de la mano con la sanción administrativa que corresponde, ya que el responsable de la base de datos en este caso es la Caja de Seguro Social o el Idaan, otra entidad que también fue inspeccionada por la Antai.

“Si se dispone que hay personas dentro de estas instituciones que cometieron este delito, obviamente cabe la conducta penal sobre estas personas, pero más allá también hay una responsabilidad extensiva a la institución porque la Ley de Protección de Datos Personales determina que quien es el responsable de la base de datos debe garantizar los criterios de seguridad de esta”, dijo.

La jurista recordó que en Panamá ha existido una práctica consuetudinaria de venta de datos personales y no solo en el sector gubernamental, que es donde más se ve esto, sino que también en el sector privado, principalmente en la banca.

Explicó que es importante que se sepa que en Panamá hay una ley que rige la protección de los datos personales y que obviamente aplica para el sector público como para el privado.

Está lo que regula es los principios generales sobre los cuales se va a regular el tratamiento de la información personal.

“La ley no dice que de ahora en adelante yo no voy a proporcionar mi información, pues existen aspectos legales, contractuales que requieren que de alguna manera yo facilité mi información para algún tipo de actividad”, señaló.

Comentó que lo que dice es que esa persona que va a ser el custodio o responsable de esa información contenida en esa base de datos, debe cumplir con varios criterios esenciales.

Por ejemplo, tener autorización de la persona para el tratamiento de esa información, eso abarca todo, desde que inicia a recolectarla, que hacen con ella, hasta que la eliminan.

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“Quien resguarde esa información deben cumplir los estándares de seguridad que dice esta ley”, concluyó.

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