Sanciones a conductores que manejen ebrios
Publicado 2005/11/26 00:00:00
- Argentina/
La Comisión de Comunicación y Transporte de la Asamblea Nacional inició la discusión del proyecto de ley que busca sancionar a los conductores que se nieguen a realizarse la prueba de alcoholemia, tras ser detectados en aparente estado de ebriedad.
De acuerdo con el diputado Alejandro Vanegas, presidente de esta instancia, la norma fija como límite legal para la seguridad vial, un contenido de 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre, aplicable a todo conductor de vehículo.
El límite legal es analizado por la Autoridad del Transporte y Tránsito Terrestre, y ya ha sido incluido dentro de un estudio. La iniciativa modifica el Decreto 160 de 1993, e instituye una sanción de 200 balboas para los que se rehúsen a ser sometidos a la prueba.
De acuerdo con el diputado Alejandro Vanegas, presidente de esta instancia, la norma fija como límite legal para la seguridad vial, un contenido de 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre, aplicable a todo conductor de vehículo.
El límite legal es analizado por la Autoridad del Transporte y Tránsito Terrestre, y ya ha sido incluido dentro de un estudio. La iniciativa modifica el Decreto 160 de 1993, e instituye una sanción de 200 balboas para los que se rehúsen a ser sometidos a la prueba.
Al presidente Torrijos le tocará nombrar a los reemplazos de los magistrados Arturo Hoyos, Jorge Federico Lee y Graciela Dixon.

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