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Opinión / Almuerzo con el Gafi

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Almuerzo / Colegio Nacional de Abogados / Fondo Monetario Internacional / GAFI / Leyes antilavado de dinero / Lista gris / OCDE / Servicio

Distorsiones

Almuerzo con el Gafi

Publicado 2019/12/12 00:00:00
  • Alvaro Aguilar A.
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La administración anterior presionó al legislativo para aprobar la ley de delitos fiscales por presión extranjera con la excusa de que era esencial para preservar las cuentas en bancos corresponsales y el acceso al dolar. La bofetada final fue que, para salir de una lista gris, otra entidad de la troika incluyó a Panamá en otra lista negra.

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Hace una década, ya que estando en la directiva del Colegio Nacional de Abogados  (CNA), tuve la oportunidad de ver más de cerca el proceso de listado de las organizaciones multilaterales.

En aquella ocasión, era presidente del gremio el licenciado Carlos Alberto Vásquez y la entonces directora de la Unidad de Análisis Financiero, Orcila V. de Constable, notificaba de la Evaluación In Situ que realizaría el Fondo Monetario Internacional (FMI) a nuestro país en cuanto al lavado de dinero y Financiamiento del Terorismo (ALD/CFT), a partir del 17 de mayo de 2005. 

Los evaluadores del FMI solicitaron la participación del gremio y se les sugirió brindar una presentación de su partición dentro del sistema ALD/CFT, siguiendo los criterios expuestos en la metodología de Evaluación del Grupo de Acción Financiera (Gafi) cuyos detalles desconocíamos.

VEA TAMBIÉN: Mínima inversión tecnológica en América Latina

La reunión se dio, después de almuerzo el día 25, en la sede del Colegio con los consultores del FMI, Francisco Figueroa, Ernesto Lopez y Hellen Chirino.

La reunión fue amena y varios directivos hicimos un desglose de las regulaciones al proceso de conocer al cliente, la cual ya estaba en vigencia.  

Explicamos que si bien los abogados no están obligados a ser miembros del Colegio de Abogados, tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia de 1994i, subsistía la obligación de ser miembro, de agremiarse, y el Tribunal de Honor del Colegio mantenía competencia para atender las quejas contra todos los abogados y remitir los casos que merecían sanción a la Corte Suprema de Justicia que actuaba como su ente regulador.

En cuanto a la aplicabilidad de leyes anti-lavado de dinero explicamos que ya existía el Decreto Ejecutivo 468 de 1994ii (reformado en 2006) que obligaba a Agentes Residentes a efectuar la debida diligencia de clientes (KYC) y la Ley 41 de 2000 castigaba el blanqueo de capitales bajo el Código Penal. 

Muchas de esas normas se habían inventariado al momento de examinar la regulación de la profesión ante el Tratado de Promoción Comercial.iii 

El Colegio estaba elaborando un anteproyecto de ley de abogacía que obligaba a un examen de la barra, educación continua y expandía la competencia del Tribunal de Honor a sanciones por incumplimiento de normas KYC.iv

VEA TAMBIÉN: Las reformas constitucionales contra la Caja de Seguro Social

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El FMI nunca compartió con el CNA (Colegio Nacional de Abogados) sus conclusiones y no fue sino hasta varios años después que encontré en Internet el documento Panama AMLCFT Detailed Assessment of Anti-Money Laundering and Combating the Financing of Terrorismv de septiembre, 2006. 

Fue sorprendente leer cómo todo lo que se dijo en la reunión con el gremio abogadil fue distorsionado para acomodar el “conventional wisdom” en contra del sector de servicios de Panamá.

A pesar de nuestras aclaraciones, el reporte dice que “No se requiere que abogados y contadores pertenezcan a una asociación profesional a fin de ejercer, y los códigos de ética no son legalmente obligantes.

Hay reglas de ética establecidas por ley y sujetas a investigación y sanción por la Corte Suprema, aunque han habido pocas sanciones en la práctica” (p.5). 

Una tabla de sectores incluidos en las 42 Recomendaciones del Gafi mostraba a 9,000 abogados como sujetos a “Ningún” Regulador/ Supervisor y “No” Sujetos a Ley AML/CFT (p.8). 

De manera tajante, el reporte decía que “Los servicios prestados exclusivamente por abogados para la constitución de sociedades, fundaciones de interés privado y personas jurídicas en general no están sujetas a la Ley 42-2000” de reportar el manejo de efectivo aunque en los mismos Estados Unidos no existe esa obligación gracias a la efectiva presión sobre el Congreso por la American Bar Associationvi de abogados y la asociaciones nacional de agentes residentes.vii 

Muchas de las recomendaciones Gafi son abiertamente ignoradas por sus países fundadores.

Esta breve experiencia con el proceso investigador para los reportes Gafi es reveladora del sesgo que existe en sus conclusiones.

Sucesivos gobiernos han ido incrementando las regulaciones del sector servicios a tal punto que la incorporación de sociedades va en negativo.

VEA TAMBIÉN: El calentamiento global y sus efectos en la sociedad panameña

Con la justificación de que complacer a la troika de Gafi, Ocde y Unión Europea, el gobierno anterior multiplicó las regulaciones a mucho más que “unas 4 firmas”: solo el sector de abogados tiene ahora 14,000 idóneos empleando al menos un asistente.

Esta actividad era un servicio de exportación con un efecto multiplicador en los sectores turísticos y de construcción. 

El aumento del desempleo en estos sectores ha sido directamente proporcional al aumento de restricciones a estos sectores que traían inversión extranjera atomizada con mucho más empleomanía local que una logística automatizada y una sede de multinacionales para expatriados.

La administración anterior presionó al legislativo para aprobar la ley de delitos fiscales por presión extranjera con la excusa de que era esencial para preservar las cuentas en bancos corresponsales y el acceso al dolar. 

La bofetada final fue que, para salir de una lista gris, otra entidad de la troika incluyó a Panamá en otra lista negra.

La actual administración tiene ante sí el reto de modernizar efectivamente su sector de servicios preservando el interés nacional sin dejarse intimidar por burócratas extranjeros.

Ahora que se ha abierto un período de sesiones extraordinarias para aprobar una Superintendencia de Obligados No-Financieros y un registro de beneficiarios a la misma vez que nombramientos judiciales urgentes para la Nación, haríamos bien en recordar que varios poderes de entidades similares en Estados Unidos y Francia han sido declarados inconstitucionales por sus cortes.  

Los poderes e inmunidades de la Ocde y Unión Europea están bajo desprestigio y crítica por los votantes de sus países fundadores.

La coyuntura actual debe ser aprovechada para incorporar la defensa del sector servicios a una política exterior que rebase los foros de burócratas, busque alianzas con otros sectores gubernamentales y el sector privado de nuestros socios comerciales, así como en otros centros financieros emergentes en similar situación.

Seguir implementando más normas impuestas desde el extranjero, sin continuar estas alianzas, resultarán en la imposición de aún más restricciones para la destrucción del centro de servicios panameño.

Abogado

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