Skip to main content
Trending
Jazz, rock y ritmos latinos se toman Boquete en una noche de música nacionalCciap: Trabajo conjunto, la clave para avanzar en la competitividad de PanamáBoric respalda a Bachelet tras haber renunciado a su candidatura para liderar la ONUChina endurece sus controles fronterizos con una normativa centrada en la seguridad nacionalNiños de El Tijera en Ocú viajan de madrugada y a caballo para participar de jornada recreativa en Chitré
Trending
Jazz, rock y ritmos latinos se toman Boquete en una noche de música nacionalCciap: Trabajo conjunto, la clave para avanzar en la competitividad de PanamáBoric respalda a Bachelet tras haber renunciado a su candidatura para liderar la ONUChina endurece sus controles fronterizos con una normativa centrada en la seguridad nacionalNiños de El Tijera en Ocú viajan de madrugada y a caballo para participar de jornada recreativa en Chitré
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Opinión / Competencia judicial

1
Panamá América Panamá América Domingo 20 de Septiembre de 2026
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Corte Suprema de Justicia / Sistema Penal Acusatorio / Ricardo Martinelli

Debate jurídico

Competencia judicial

Publicado 2018/11/23 00:00:00
  • Antonio Saldaña
  •   /  
  • opinion@epasa.com
  •   /  

... ninguna norma de ningún código puede contrariar las disposiciones de la Constitución y en materia de competencia el artículo 32 de la Norma Superior es categórico cuando dice: "Nadie será juzgado, sino por autoridad competente y conforme a los trámites legales…".

Una vez que el pleno de la Corte Suprema resuelva la acción interpuesta por la defensa del acusado, la competencia debe ser trasladada al Sistema Penal Acusatorio.

Una vez que el pleno de la Corte Suprema resuelva la acción interpuesta por la defensa del acusado, la competencia debe ser trasladada al Sistema Penal Acusatorio.

Con motivo del debate jurídico suscitado sobre la competencia e incompetencia judicial de la Corte Suprema de Justicia para procesar al ciudadano expresidente de la República y exdiputado del Parlamento Centroamericano Ricardo Martinelli Berrocal, en mi opinión la más alta corporación de justicia del país perdió la competencia desde el momento en que se acreditó ante este tribunal que el señor Martinelli había dejado de ser diputado del Parlacen.

Ello es así porque el acusado está sometido al proceso ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia por disposición del artículo 206 de la Constitución Política de la República que a la letra dice: "La Corte Suprema de Justicia tendrá entre sus atribuciones constitucionales y legales, investigar y procesar a los Diputados".

Encuentra más noticias de Panamá América en Google

Elígenos como fuente preferida y accede más fácilmente a nuestras noticias cuando busques información en Google.

Además en virtud de lo señalado en el artículo 39 del Código Procesal Penal: "La Corte Suprema de Justicia será competente para conocer, en Pleno, de los procesos penales y medidas cautelares contra los diputados".

VEA TAMBIÉN: El fracaso de la privatización de la seguridad social

Por otro lado, el Código Procesal Penal señala en el artículo 31 que "la competencia es improrrogable. Se fija por razón de territorio, por la pena, por factores de conexidad y por la calidad de las partes".

Lo anterior quiere decir expresa y taxativamente que la Corte Suprema de Justicia conoce de este proceso por la calidad o condición de diputado del acusado, una vez perdida esa condición ("por la calidad de las partes"), el tribunal (pleno de la CSJ) pierde la competencia, en cualquiera etapa en que se encuentre el proceso.

Así lo ha reconocido la propia Corte en un número plural de sentencias.

En otro orden de ideas, ninguna norma de ningún código puede contrariar las disposiciones de la Constitución y en materia de competencia el artículo 32 de la Norma Superior es categórico cuando dice: "Nadie será juzgado, sino por autoridad competente y conforme a los trámites legales…".

Tampoco es apropiado, porque resulta no pertinente, el argumento del juez de garantía en esta causa, derivado de una norma de carácter general o supletorio.

VEA TAMBIÉN:¿Qué hay después del 5 de Noviembre?

En este sentido, el Código Civil, en el Capítulo III, Interpretación y Aplicación de la Ley, indica que "cuando haya incompatibilidad entre una disposición constitucional y una legal se preferirá aquella". (Artículo 12).

Es decir, ante la incompatibilidad del artículo 233 del Código Judicial, esgrimido por justificar la competencia de la Corte Suprema de Justicia en el proceso que se le sigue al expresidente de la República y exdiputado del Parlacen, "se prefiere" el artículo 32 de la Carta Magna.

De igual forma el artículo 14 del Código Civil dispone en su numeral 2 que "cuando las disposiciones tengan una misma especialidad o generalidad… y si estuviere en diversos códigos o leyes, se preferirá la disposición del Código o ley especial sobre la materia de que se trate".

Debo decir en este apartado que el artículo 31 y 39 del Código Procesal Penal predominan sobre el artículo 233 y siguientes del Código Judicial, presentados por el juez de garantía como fundamento de derecho.

En conclusión, una vez el pleno de la Corte Suprema de Justicia resuelva en derecho la acción de amparo de garantías constitucionales interpuesta por la defensa del acusado, la competencia debe ser trasladada a la justicia ordinaria del proceso penal de corte acusatorio, también conocido como Sistema Penal Acusatorio. ¡Así de sencilla es la cosa!

Abogado y analista político.

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía

Contenido Patrocinado

Cuatro iconos en bucle circular: cédula, base de datos, escudo y formulario de denuncia

Cuando sus datos salen de una base ajena: qué le reconoce la ley panameña

Aimeé Sentmat de Grimaldo, presidente de Banistmo y Federico Nasser Facussé, presidente de Grupo Financiero BSC.

Banistmo renueva su identidad y reafirma su compromiso con Panamá

Logo de la marca país que fue presentado en la tarde de este miércoles, en una actividad realizada en el Panamá Convention Center de Amador.  Cortesía

Marca País que representa la identidad de la nación

Ahora que el minimalismo terminó, cuando llega la hora de salir, ya no es lo mismo.

Síndrome Post-Mundial: ¿Qué hacemos con nuestras vidas ahora? De la fiesta al silencio

 El gerente Andrés Farrugia durante la ceremonia de presentación.

Caja de Ahorros estrena una banca en línea más moderna que conecta con todos

Últimas noticias

Músicos llevaron jazz, rock y ritmos latinos a Boquete. Foto: Cortesía

Jazz, rock y ritmos latinos se toman Boquete en una noche de música nacional

XVIII Foro Nacional para la Competitividad. Foto: Cortesía

Cciap: Trabajo conjunto, la clave para avanzar en la competitividad de Panamá

La expresidenta de Chile Michelle Bachelet. Foto: EFE

Boric respalda a Bachelet tras haber renunciado a su candidatura para liderar la ONU

China endurece sus controles fronterizos con una normativa centrada en la seguridad nacional

Los pequeños, estudiantes de la Telebásica de El Tijera y otras escuelas del área, llegaron acompañados por sus padres o adultos responsables. Foto. Thays Domínguez

Niños de El Tijera en Ocú viajan de madrugada y a caballo para participar de jornada recreativa en Chitré




Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2026.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".